Reforma del Servicio Civil en USA

20140624-spoil-system-.jpg


“Another major issue of the post Civil War era was reforming the Civil Service system. The term “Civil Service” was coined in 1872. It refers to any government position (in all three branches of government) that is an appointed position rather than an elected one. The system was often referred to as the “spoils system” because the winning candidate would use these positions as rewards for those who were loyal to him and helped him win the election. These people were rarely the most qualified, which resulted in massive incompetence.

Civil Service reformers wanted a merit system, whereby test scores determine a person’s qualifications for government positions. This would ensure that many of the employees working for the government would be good at their jobs. Grant applied his hands-off approach to this issue as well, allowing each cabinet member to set his own rules. Some experimented with examinations, while others kept traditional spoils system. The lack of a single policy set by the party leader (the president) strained the Republican party and caused a split between more traditional Republican regulars and more liberal reform-minded Republicans.”

“Otro tema importante en la post-guerra civil norteamericana fue la reforma del sistema de Servicio Civil. El término ‘Servicio Civil’ fue acuñado en 1872. Este se refiere a que cualquier cargo en el gobierno (en los tres poderes del Estado) ostenta una posición nombrada en vez de una elegida o designada. El sistema antes se entendía con frecuencia como el “sistema de botín” (spoils systems) porque el candidato ganador utilizaba estas posiciones como recompensas para aquellos que fueron leales a él y le ayudaron a ganar las elecciones. Estas personas rara vez eran los más calificados, lo que resultó en incompetencia masiva.

Los reformadores del Servicio Civil querían un sistema de méritos por el que los puntajes de las pruebas o evaluaciones determinen las calificaciones de una persona para ocupar puestos gubernamentales. Esto garantizaría que muchos de los empleados que trabajan para el gobierno serían buenos en su trabajo. Grant aplicó su enfoque de no intervención a este tema, así, permitió que cada miembro del gabinete estableciera sus propias reglas. Algunos de ellos experimentaron con las evaluaciones, mientras que otros mantuvieron el tradicional “spoil system” (tráfico de influencias). La falta de una política única establecida por el líder del partido (el presidente) tensó al Partido Republicano y causó una división entre los habituales republicanos más tradicionales y los republicanos reformistas más liberales”.

20140624-civilservice_pix2.jpg

En: The Ulysses S. Grant Administration: 1869-1877

Al respecto también puede revisar: La administración en los EE.UUU.: un breve recorrido entre sus reformas hasta la crisis actual

Leer más

Evaluación de empleados públicos en Ley Servir no será con examen escrito sino por cumplimiento de metas

La Autoridad Nacional del Servicio Civil informó que los directivos, jefes o responsables de cada área definirán en el primer trimestre de cada año las metas individuales que serán objeto de evaluación.

20140410-metas.jpg

La Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir)descartó la toma de exámenes de conocimiento como parte de las evaluaciones a los que estarán sujetos los servidores del servicio civil, ya que será a través del cumplimiento de metas individuales.

La gerente de Políticas de Gestión de Servir, Cynthia Sú, explicó que el reglamento de la Ley del Servicio Civil descarta los exámenes escritos y serán los directivos, jefes o responsables de cada área definirán en el primer trimestre de cada año las metas individuales que serán objeto de evaluación.

“Estas metas deben guardar relación con los objetivos de la institución y estarán relacionadas con la función que desempeña el servidor”, precisó Sú.

La funcionaria señaló que las evaluaciones se aplicarán tanto a los directivos públicos (de confianza o no), como a los servidores de carrera y de actividades complementarias.

También serán evaluados los servidores civiles en los regímenes de los Decretos Legislativos N° 276, 728 y CAS, en aplicación de la Novena Disposición Complementaria Final de la Ley del Servicio Civil.

De acuerdo al proyecto de reglamento, la responsabilidad de la evaluación recaerá en los directivos, jefes, responsables de cada área y, en general, en quien tenga asignado servidores a su cargo, siempre bajo la supervisión de Servir.

En: Gestion

Leer más

La pregunta del millón: ¿Qué me va a suceder al ser evaluado dentro del régimen de la Ley Servir?

20140405-check_evaluacion_de_desempeno_arturodiazf.jpeg

Un factor de vital importancia tanto para el empleador como el trabajador de una organización es la evaluación del desempeño. Es necesario que se conozca cómo se ejecutan los recursos sea de una empresa, entidad pública e inclusive una ONG a través del personal contratado para que estas puedan cumplir con sus fines.

En el caso de la empresa privada, será claro que los propietarios e inversionistas cuenten con un reporte del desempeño de los trabajadores respecto de la producción de la empresa, sean bienes o servicios; lo mismo en el ámbito de la administración pública con el objetivo de conocer en qué medida la planilla pública estaría ejecutando el presupuesto que todos los ciudadanos sustentamos. Inclusive las organizaciones sin fines de lucro (ONGs, Fundaciones) deben contar con este tipo de indicadores sobre el desempeño para que los benefactores conozcan el destino de sus donaciones o aportes.

Así, las evaluaciones son necesarias para conocer la real situación del personal respecto de su desempeño y las posibilidades de capacitación por parte de la organización en favor del trabajador y la organización, un constante feedback.

Actualmente existe una percepción muy negativa cuando se pronuncia la palabra: “Evaluación” en el ámbito de la Administración Pública, muchos piensan en “Examen” y no uno como el propuesto en la Ley del Servicio Civil, sino uno de conocimientos generales al mismo estilo de examen de admisión de universidad como fue en la década de los años 90. Los masivos despidos durante esa época han quedado aún en el inconsciente de los servidores públicos. Lo cierto es que se evalúa el desempeño y el cumplimiento de las metas por parte del trabajador.

De acuerdo con la Ley del Servicio Civil las evaluaciones de desempeño son anuales y obligatorias, y están relacionadas únicamente con las funciones del puesto desempeñado. Además, el trabajador conoce por anticipado los procedimientos, factores o metas con los que será evaluado antes de la evaluación.

Es importante considerar que en la comunicación está la clave del éxito o el fracaso de un proceso de evaluación de desempeño. La comunicación, tanto escrita como verbal, es el elemento diferenciador de una gestión del rendimiento eficaz.

Respecto a los servidores que obtengan una calificación de personal de rendimiento sujeto a observación, estos tienen derecho y prioridad a la capacitación para la formación laboral en los temas considerados en su respectivo plan de mejora.

Así se garantiza a los servidores que cuentan con esta calificación a recibir capacitación previamente al siguiente proceso de evaluación, a fin de fortalecer sus capacidades yo obtener mejores resultados.

Con relación al personal con calificación de desaprobado, se precisa que esta calificación se produce en forma automática en los siguientes supuestos:

– Haber obtenido una calificación de rendimiento sujeto a observación por segunda vez consecutiva.

– Haber obtenido una calificación de rendimiento sujeto a observación en dos oportunidades dentro de un período de cinco (05) años calendario en el mismo puesto.

De esta manera se precisa que no es posible que los servidores reciban la calificación de desaprobado en el primer proceso de evaluación, sino solo cuando el servidor tenga la calificación de rendimiento sujeto a observación por segunda vez consecutiva (pese a haber recibido la capacitación correspondiente) o en dos oportunidades dentro de un periodo de cinco años.

Al respecto ver: Evaluación de empleados públicos en Ley Servir no será con examen escrito sino por cumplimiento de metas

¿Por qué es tan importante hoy la evaluación del desempeño del personal?

Leer más

Modernización y desarrollo: Servir pre publicó reglamento general de la Ley del Servicio Civil y para gobiernos locales

La Autoridad Nacional del Servicio Civil-SERVIR puso a disposición y conocimiento de la ciudadanía el proyecto de reglamento general de la Ley del Servicio Civil, Ley N° 30057, y reglamento del régimen especial para gobiernos locales con el objetivo de recibir comentarios y sugerencias de las personas interesadas para, de esta manera, contar con una propuesta de reforma del servicio civil validada por diversos sectores del Estado y de la sociedad civil.

Puede acceder a los reglamentos a través del siguiente enlace:

http://inst.servir.gob.pe/index.php/es/servicio-civil/prepublicacion-de-reglamentos.html

Leer más

SINEP Argentina

EMPLEADOS PÚBLICOS

El artículo 26 del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 determina, que el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa vigente, podrá ser revisado, adecuado y modificado de resultar procedente, (en) el ámbito de la negociación colectiva, con excepción de las materias reservadas a la potestad reglamentaria del Estado por la Ley N° 24.185. Concordante con ello, en el Convenio Colectivo homologado por el Decreto N° 2098/08, el Estado empleador manifestó que mediante dicho acuerdo se daba cumplimiento a lo establecido por el citado artículo 26, y que, en consecuencia, proponía que el referido régimen pasara a denominarse Sistema Nacional de Empleo Público, como indicador de una nueva etapa de la historia administrativa nacional. Así, el tercer párrafo del artículo 1° del mencionado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, señala que, se conviene que el citado Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, cuya revisión, adecuación y modificación se opera en cumplimiento de lo establecido en el artículo 26 del Anexo a la Ley N° 25.164, se denominará Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), a partir de la entrada en vigencia del Convenio.

EMPLEADOS PÚBLICOS. Reencasillamiento. Sistema Nacional de Empleo Público.

El SINEP no es un ordenamiento escalafonario sustancialmente diferente al SINAPA, sino que a ese se le han efectuado modificaciones –entre ellas, la incorporación del nuevo Agrupamiento Profesional- y se ha convenido el cambio de denominación, por acuerdo colectivo. De ello se deriva que, tanto al momento del ejercicio de las invocadas funciones profesionales, como al del reencasillamiento atacado, el acceso a los Niveles superiores en la promoción vertical de la carrera, requería la previa sustanciación de los procesos de selección correspondientes.

Un poco de historia previa al SINEP: La firma del SINAPA por Carlos Saúl Menem.

En: ptn.gov.ar

Ver:
Ley Nº 25.164
Decreto Nº 2098/2008

Leer más

¿Dudas acerca de la Ley del Servicio Civil?

20130710-ley_del_servicio_civil_dudas.jpg

 

1. ¿Quiénes están comprendidos en la Ley N° 30057 – Ley del Servicio Civil?

2. ¿Habrá despidos masivos, me van a despedir?

3. ¿Es voluntario u obligatorio?

4. ¿Soy CAS y con el nuevo régimen del Servicio Civil voy a tener 30 días de vacaciones?

5. ¿En qué me beneficia económicamente el nuevo régimen del Servicio Civil?

6. ¿Tengo que renunciar a mi puesto para poder concursar al nuevo régimen?

7:  ¿Qué pasa conmigo si soy 276, 728 o CAS; y no la hago, es decir, si no ingreso al puesto en el nuevo régimen del Servicio Civil?

 

En definitiva……….¿Cuáles son las reglas de juego para la nueva Ley del Servicio Civil?

 

Esta y muchas dudas más serán absueltas haciendo click en: Servir: Nuevo servicio civil

o puede hacer llegar su duda al siguiente email:

nuevoserviciocivil@servir.gob.pe

Además, puede comentar sus dudas en este blog.

Leer más

El Poder Ejecutivo promulgó la Ley del Servicio Civil

La norma, que reordenará el sistema público, será implementada en seis años. Su aprobación ha generado marchas y protestas en Lima y ciudades del interior del país

20130705-reforma_del_servicio_civil.jpg

El Ejecutivo promulgó este jueves 4 de julio la Ley del Servicio Civil, que fue aprobada el martes en el pleno del Congreso en medio de protestas en Lima y ciudades del interior del país.

La ministra de Trabajo, Nancy Laos, sostuvo que la norma otorga beneficios tangibles a los trabajadores públicos y negó que esta tenga como finalidad generar una ola de despidos.

En esa línea, explicó que los trabajadores del régimen CAS (Contrato Administrativo por Servicios) podrán acceder a dos gratificaciones por año en función a su sueldo y la posibilidad de contar con la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).

Dijo que si bien la incorporación de las entidades a la carrera de servicio civil es voluntaria, señaló estar convencida que ningún trabajador desaprovechará las oportunidades que ofrece la nueva norma.

Además, explicó que la ley será implementada en las instituciones del Estado en un plazo de seis meses.

Tras su promulgación, el Gobierno tiene un plazo de 180 días para elaborar el reglamento de la Ley del Servicio Civil.

La norma lleva la rúbrica del presidente Ollanta Humala y del primer ministro, Juan Jiménez Mayor.

Leer más

Interesante punto de vista sobre las últimas huelgas contra la Ley del Servicio Civil

Si bien las últimas encuestas muestran un apoyo ciudadano a la reforma del empleo público a través de la aprobación de una norma tan trascendental como la Ley del Servicio Civil, los sindicatos de trabajadores han salido a protestar por su causa, cuando posiblemente esta ni haya sido cuestionada a nivel de una Asamblea General de manera objetiva y desapasionada. A continuación se reproduce un interesante artículo sobre el tema de las huelgas en contra de la Ley del Servicio Civil, una norma que ha sido catalogada como negativa y para botar a los empleados públicos de sus puestos de trabajo, sin embargo, un análisis básico de la misma, nos señalará que esta mas bien los favorece, les ofrece y garantiza mayores derechos y, en suma, los dignifica.

20130615-huelga_contra_los_pobres.jpg

“La CGTP, experta en bloqueos y marchas, ha lanzado una huelga contra el proyecto de ley de servicio civil, una reforma cuyos beneficiarios más importantes serán no solo los trabajadores estatales, sino los ciudadanos y, entre ellos, sobre todo los más pobres.”

 

Huelga contra los pobres

Si hay un consenso que recorre el país es el de que tenemos que modernizar y profesionalizar el Estado para que sea eficiente, obtenga resultados y mejore sustancialmente los servicios básicos públicos para reducir la desigualdad y nivelar las oportunidades en nuestro país.

Pero hay un grupo que se opone: la CGTP. Experta en bloqueos y marchas, ha lanzado una huelga contra el proyecto de ley de servicio civil, una reforma cuyos beneficiarios más importantes serán no solo los trabajadores estatales, sino los ciudadanos y, entre ellos, sobre todo los más pobres. Pero claro, estos últimos no están organizados ni tienen idea de cómo esa ley podría beneficiarlos. Quienes sí están organizados son los que ven en la introducción de la meritocracia en el Estado una amenaza. La sola resistencia al proyecto de ley es una autoinculpación: el reconocimiento público de que en realidad no están trabajando eficientemente y por lo tanto no quieren una línea de carrera basada en la evaluación del rendimiento.

Pero ese no puede ser el caso de la mayor parte de los empleados públicos. No podemos creer que todos tengan la estructura moral del comechado. Esa es una minoría cínica que sigue viendo al Estado como una mamadera patronal a la que hay que succionar como se pueda. Es indignante.

El país y sobre todo las clases populares necesitan un Estado que funcione, que brinde servicios eficientes, que sea capaz de ejecutar obras y resolver problemas. Y para eso se necesita empleados productivos, verdaderos servidores del ciudadano, que puedan ascender en la carrera pública y ganar bastante más de lo que perciben ahora en la medida en que trabajen bien y produzcan resultados. Esa es la idea. En la actualidad, según una investigación de Miguel Jaramillo de Grade, el personal con educación universitaria completa gana apenas entre 15% y 20% más que aquel con solo educación primaria. Así, los trabajadores poco calificados –choferes, porteros, auxiliares– ganan bastante más que sus pares del sector privado, mientras que los empleados más calificados ganan bastante menos que sus homólogos de las empresas privadas. El resultado es la desmotivación y el drenaje de talento y, por lo tanto, el debilitamiento del Estado.

Se trata de corregir esa situación restableciendo una carrera que permita pagar bien a los niveles medios y superiores, siempre y cuando rindan. ¿Prefieren acaso seguir ganando una miseria a cambio de trabajar al mínimo? No es digno. Y se trata también de terminar con la informalidad que hay en el propio sector público, donde, en promedio, el 57% de la remuneración del empleado público no es pensionable ni otorga beneficios sociales. Se trata de regularizar esto, para beneficio de los propios trabajadores, y con un costo muy alto para el erario público. ¿A eso también se oponen?

El Perú crece, pero no tiene institucionalidad. La aprobación de este proyecto de ley sería un paso trascendental en la institucionalización de un Estado moderno y profesional capaz de igualar las oportunidades con servicios eficientes para los más pobres. Es lo que nos falta. ¿Cómo puede alguien con la mirada limpia oponerse a eso?

En: jaimedealthaus.com/articulos

Leer más