Proyecto de Ley del Poder Judicical: Precisan labor jurisdiccional de los auxiliares de justicia

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Para precisar la naturaleza jurisdiccional de las labores que realizan los auxiliares de la administración de justicia y oficializar la incorporación de los cargos de especialista, asistente y técnico dentro de la carrera auxiliar jurisdiccional, el Poder Judicial presentó una propuesta legislativa que modifica su ley orgánica.

El objeto de la iniciativa, presentado al Congreso, es aclarar ante los usuarios de la administración de justicia y demás operadores jurídicos que los cargos de secretario, relator, oficial auxiliar de justicia, individualmente, ostentan carácter jurisdiccional.

De ahí que se reconocen tres cargos: el especialista, el asistente y el técnico jurisdiccional, que en la práctica están ejerciendo funciones y que, en consecuencia, deberían ser incorporados dentro del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Por tanto, de aprobarse la propuesta, la carrera auxiliar jurisdiccional comprendería los grados de secretarios y relatores jurisdiccionales de salas supremas y superiores, y secretarios de juzgados especializados o mixtos y de paz letrados. También los grados de especialistas jurisdiccionales y de oficiales auxiliares de justicia, tanto asistentes como técnicos jurisdiccionales.

Requisitos

De acuerdo con la iniciativa, para acceder al cargo de relator o secretario jurisdiccional de sala de la Corte Suprema se requerirá ser abogado y ser mayor de 25 años. Haber servido también en forma ininterrumpida durante más de dos años, como relator o secretario jurisdiccional de sala de una corte superior, o haber ejercido la abogacía o docencia universitaria en disciplina jurídica por tres años.

Los secretarios y relatores jurisdiccionales de sala serían abogados nombrados, previo concurso, por el consejo ejecutivo distrital correspondiente.

Los primeros se encargarían de refrendar las resoluciones en el día que se expidan y autorizarían las actas de comparendos. Los segundos tendrían como una de sus funciones escribir las resoluciones que expida la sala pertinente.

Para ser especialista jurisdiccional de juzgado especializado o mixto o de paz letrado se requeriría ser mayor de 24 años; además de abogado con dos años de experiencia. Su función sería coordinar con el juez los casos en que se soliciten entrevistas y programar su agenda.

Estudios de derecho

Para acceder al cargo de asistente jurisdiccional se exigirá estudios universitarios mínimos en octavo ciclo o cuarto año de derecho. Entre sus atribuciones, igualmente, figuraría apoyar al secretario judicial en la confección de cédulas de notificaciones.

El acceso al cargo de técnico jurisdiccional demandará estudios secundarios completos, con conocimientos en archivo y bibliotecología.

Sus funciones serían formar los cuadernos de incidentes, elaborar oficios y exhortos por indicación del especialista jurisdiccional y facilitar los expedientes a los litigantes y abogados en la sala de lectura.

Peritos

En el proyecto de ley se precisa que los peritos jurisdiccionales deben reunir los requisitos que exigen las leyes procesales. Además, demostrar conducta intachable y figurar en la nómina de personas idóneas para ejercer el cargo que deben remitir los colegios profesionales o las instituciones representativas de cada profesión anualmente a la corte superior del distrito judicial correspondiente.

Directrices

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial regularía la organización de las secretarías jurisdiccionales de juzgado, fijaría el número, obligaciones especiales y reglamentaría su funcionamiento.

os secretarios jurisdiccionales de juzgado serían nombrados por concurso por el consejo ejecutivo distrital correspondiente.

No podrían ser secretarios ni especialistas jurisdiccionales de juzgado quienes tengan parentesco con el juez, con otro secretario y/o especialista jurisdiccional, o con oficiales auxiliares de justicia, refiere el proyecto de ley.

En: elperuano