Sacando tu IR de quinta

Para el caso de un trabajador dependiente que percibe S/. 4,000.00 nuevos soles mensuales:

1. REMUNERACIÓN BRUTA:

a. Para comenzar, el trabajador está obligado a pagar IR de quinta categoría si percibe ingresos anuales mayores a 7 UIT. La Unidad Impositiva Tributaria para el año 2013 asciende a S/. 3,700.00 nuevos soles (Decreto Supremo Nº 264-2012-EF)

Por lo tanto: S/. 3,700.00 nuevos soles x 7 = S/. 25,900.00 nuevos soles } monto referencial

b. Esos S/. 25,900.00 nuevos soles se dividen entre 14 sueldos que percibe el trabajador al año (remuneraciones y gratificaciones).

S/. 25,900.00 /14 = S/. 1,850.00 nuevos soles } quienes ganan hasta esta cantidad no están obligados a pagar IR de quinta categoría.

2. REMUNERACIÓN NETA:

Remuneración bruta anual – 7 UIT
S/. 4,000.00 nuevos soles x 14 sueldos 7 x S/. 3,700.00 nuevos soles
S/. 56,000.00 nuevos soles S/. 25,900.00 nuevos soles = S/. 30,100.00 nuevos soles } remuneración neta.

3. CÁLCULO DEL IMPUESTO:

a. Aplicación progresiva de tasas sobre la remuneración neta anual = S/. 30,100.00 nuevos soles.

Suma de la Renta Neta del Trabajo                         Tasa
y renta de fuente extranjera

1er tramo : Hasta 27 UIT                                                             15%
2do tramo: Por el exceso de 27 UIT y hasta 54 UIT                21%
3er tramo: Por el exceso de 54 UIT                                           30%

27 UIT = S/. 99,900.00 nuevos soles.
54 UIT = S/. 199,800.00 nuevos soles.

b. Los S/. 30,100.00 nuevos soles se encuentran dentro del primer tramo, entonces se le aplica la tasa del 15%.

S/. 30,100.00 nuevos soles x 15% = S/. 4,515.00 nuevos soles } impuesto a la renta de quinta categoría a pagar en el año.

Actualización: Procedimiento IR con nuevos tramos

Se alista nuevo seguro en AFP

Cobro será el mismo para todos los afiliados. Licitación se realizará el 13 de setiembre. Esperemos que este nuevo concepto se detraiga del porcentaje correspondiente al seguro de vida o, en todo caso, sobre la remuneración luego de habérsele detraido el 10% correspondiente al aporte a AFP.

El 13 de setiembre se realizará la licitación de la prima de seguro colectiva para todos los afiliados a las cinco AFP del mercado, informó la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

Desde octubre regirá esta única comisión por seguro (invalidez, sobrevivencia y sepelio) para los usuarios, explicó el intendente de la SBS, Héctor Cúsman.

“Actualmente, la comisión por el seguro es de 1.29% en promedio sobre el sueldo mensual, pero luego del concurso esperamos que la tasa baje inclusive más del 15%”, apuntó el funcionario.

GRAN EXPECTATIVA
Ya hay ocho compañías interesadas en el proceso y competirán ofreciendo la menor comisión.

Serán entre cuatro y siete las ganadoras, pues se estableció que toda la cartera de afiliados a las AFP se dividirá en siete tramos, y una aseguradora solo podrá acceder a dos tramos como máximo.

En: Peru21

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Procedimiento para emitir recibo por honorarios consignando aportes a AFP en el caso de trabajadores independientes

Ahora que los trabajadores independientes necesitan realizar a última hora su emisión de recibos por honorarios consignando los aportes a la AFP (3 porcentajes por aporte fijo, comisión y seguro), es bueno que sepan lo siguiente:

Actualización:

Descuentos por aporte a AFP (2014-2017)

Trabajadores independientes deben aportar desde agosto próximo para jubilarse

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1. Los trabajadores independientes emiten recibos por honorarios, ellos a partir del 1 de agosto deben pagar un porcentaje fijo de 10% de su remuneración bruta por concepto de aporte a las Administradoras de Fondos de Pensiones – AFP.

2. Aunadas a ese monto fijo de 10% encontramos los porcentajes correspondientes a:

2.1 Comisión por o sobre el flujo – % Remuneración (conocida como variable) para quienes decidieron mantenerse en dicho régimen. O Comisión Mixta, para quienes decidieron su cambio a la comisión por saldo.- Que viene a ser el cobro de la AFP por administrar nuestro fondo de pensiones cuyo porcentaje es de, por ejemplo, 1.6% para aquellos que están afiliados a la AFP Prima. Este porcentaje se realiza sobre la remuneración bruta.

2.2 Prima de seguros.- Pago por cobertura de seguro de vida cuyo porcentaje es de 1,3% sobre la remuneración bruta. Este es el monto que generalmente varía más.

Ver: Comisiones AFP

3. Tiene dos opciones para emitir recibo por honorarios:

a. Recibo físico.- El que mandó hacer a la imprenta y que ya no le servirá de nada al momento de la emisión de recibo por honorarios de setiembre, pues ahora deberán constar en él, aparte del monto por Impuesto a la Renta, los montos correspondientes a: pago de aporte de 10% a la AFP, 1,6% de comisión a la AFP por la administración del fondo de pensiones y 1,3% por seguro de vida (Nota: estos dos porcentajes son referenciales para el caso de la AFP Prima).

b. Recibo por honorarios virtual.- Disponible en la página web de SUNAT (comprobantes electrónicos) ingresando a través su RUC y su clave SOL. Con la emisión de este recibo electrónico ya no necesita emitir más recibos físicos para su empleador porque estos quedan directamente registrados en la base de datos de SUNAT. Basta con la impresión del recibo electrónico y la verificación de su constancia de afiliado a la AFP. Esta verificación de constancia de afiliado la puede obtener a través de la pagina web de la AFP en la que usted se encuentre afiliado accediendo a su cuenta personal con la clave que para tal efecto le proporcione su AFP por email (coordínelo con anticipación) o también a través del portal de la Superintendencia de Banca y Seguros – SBS.

 

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4. Si se equivocó en algún dato durante la emisión de su recibo electrónico vaya a la opción “Emisión de nota de crédito electrónica”, coloca en la opción “número de documento” el número 1 (si es su primer recibo, si fuera el segundo coloca el número 2, y así sucesivamente) y realice los cambios para emitir correctamente su recibo electrónico.

5. Para el caso de recibos físicos deberá consignar manualmente con letra legible disgregadamente los campos que faltan respecto de la aportación (10%), la Comisión (1,6%) y seguro de AFP (1,3%).

Cabe señalar que el calculo de los montos a partir de los porcentajes sobre su remuneración bruta son de su exclusiva responsabilidad, usted los calcula, no la entidad o empresa, si quiere su contador (exagerando el hecho de que usted sea un corcho en matemáticas y no sepa ni sacar un porcentaje), pero es indispensable que sea cuidadoso al realizar dichos cálculos para ser colocados en su recibo.

El mismo proceso se realiza para la emisión del recibo electrónico. Dado que no existe una normativa sobre la manera cómo consignar esta cantidad en los recibos por honorarios, la consignación manual es excepcional, es decir, sólo por este mes de agosto. Entonces, tendrá que enviar a hacer su recibo a la imprenta nuevamente consignando los porcentajes establecidos.

6. Recuerde que quienes nunca estuvieron afiliados a una AFP en lo que va de su vida, pasan a ser afiliados por default a la AFP Habitat (así lo dipone la Ley).

Una vez realizado todo esto, deseamos que pueda disfrutar de su cada vez más magro sueldo y que pase un feliz mes, si puede. Como diría JC Hurtado Miller: “Que Dios nos ayude”. (Ok, ok..soy un exagerado).

Para mayor información: Aportes AFP independientes: Lo que necesariamente debes saber

¿Qué es el Recibo por Honorario Electrónico?

¿Cómo emito el Recibo por Honorarios Electrónico?

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