QUE SE HIZO, QUE NO SE HIZO Y CUAL ES LA TAREA PENDIENTE PARA REPRIMIR EFECTIVAMENTE LAS PRÁCTICAS ANTICOMPETITIVAS EN EL MERCADO PERUANO

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La Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI, ha comunicado que durante el año 2017 ha tenido 43 investigaciones sobre conductas anticompetitivas en el mercado peruano. Asimismo, se conoce que la Comisión ha recibido 7 denuncias sobre libre competencia a diferencia de las 2 denuncias que recibió en el año 2016. Este incremento en las investigaciones y denuncias nos lleva a reflexionar sobre el tema.

En primer lugar lo que debemos conocer es que el aumento de las denuncias y las investigaciones no necesariamente tiene que colegirse con un aumento en las prácticas anticompetitivas, que siempre han existido en nuestro mercado, y que otrora, no eran descubiertas principalmente por una falta de voluntad política y de gestión administrativa, que no propiciaba una protección al mercado y real dimensión para el derecho de la competencia en el Perú, asimismo, la  falta de recursos, capacitación u otros factores, tuvieron un papel determinante.

Prácticas anticompetitivas o monopólicas, siempre van a existir en un libre mercado, porque mientras más crezcan las empresas, más sectores quieren acaparar o consolidar, lo cual a la postre le traerá beneficios y ganancias exorbitantes, a costa de lesionar o dañar el mercado.

Sin embargo, lo verdaderamente importante, es la labor de fiscalización de la agencia de competencia, en este caso el INDECOPI, para descubrir, sancionar y reprimir estas conductas, no solo de manera disuasiva sino aleccionadora de las malas prácticas en el mercado. En este sentido, el despliegue de recursos económicos y humanos, se tiene que realizar y enfatizar en el monitoreo constante de los mercados por sectores, visitas inopinadas, investigaciones progresivas, recopilación de documentos y pruebas, e incluso una correcta y eficiente utilización del programa de clemencia. La labor de la Comisión más que en la oficina, debe realizarse en el campo, ahí reside el éxito de su gestión y del cumplimiento de su mandato.

En segundo lugar, estamos seguros que la estadística seguirá incrementándose este y los próximos años, toda vez que, la carencia de una Ley de control de fusiones, permite que estemos constantemente al borde de prácticas monopólicas que afectan el mercado, pero más aún, a los propios consumidores. En el mismo, sentido, la Comisión debe agotar sus máximos esfuerzos en fiscalizar y vigilar las conductas en los sectores con mayor concentración empresarial y denunciar y reprimir cualquier indicio de conducta que atente contra la libre competencia.

En correlato con ello, el Decreto Legislativo 1034 – Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas, no es una Ley completa sobre defensa de la competencia, dejando muchos vacíos normativos y normas de interpretaciones difusas y descontextualizadas de la realidad y del mercado peruano, basadas en razonamientos puramente teóricos o peor aún, propias de otra realidad que no es la peruana, como por ejemplo, el derecho anglosajón o las variables del análisis económico del derecho mal empleadas en estudios sobre nuestro mercado. Toda la imperfección, incoherencia e inexactitud normativa ha servido a la postre, para que la misma norma, en muchas ocasiones, pueda ser utilizada para cometer conductas atentatorias contra el mercado, en el marco de una presunta “legalidad”.

En tercer lugar, la interposición de las multas, deben estar acorde con el daño que se ha causado en el mercado, no es posible que la colusión de empresas o el monopolio entre ellas, genere ganancias a los empresarios por millones de soles, perjuicios a los consumidores quienes no pueden acceder muchas veces a productos o servicios; y que a pesar de todo ello, se ponga una multa baja, que representa un porcentaje extremadamente reducido de las ganancias empresariales, así no se podrá desincentivar estas prácticas, por el contrario, el sector empresarial podrá observar al INDECOPI como una agencia que intentando reprimir las malas prácticas, deja “jugar”, de tal manera que la multa no genera una lección verdadera para quien comete la práctica anticompetitiva. La multa no cumple con su rol de disuadir, se convierte simplemente en un mecanismo de la formalidad en las resoluciones administrativas.

Este es un llamada a los ciudadanos, porque somos nosotros los consumidores lo que le damos vida al mercado con nuestras decisiones de consumo; además, no olvidemos que el consumidor es en esencia persona humana, que acude a un mercado a satisfacer sus necesidades, y no se puede admitir la posibilidad que quienes satisfacen nuestras necesidades se valgan de prácticas anticompetitivas; en este sentido, todos nosotros, consumidores individuales o colectivos, debemos tomar partida de las malas prácticas en el mercado, recordemos que somos soberanos del mercado, con nuestras decisiones podemos cambiar el rumbo de las empresas, nuestra preferencia en productos o servicios determina el éxito o fracaso empresarial. Tenemos el poder ciudadano, el poder de nuestra determinación dentro del mercado y tenemos que hacer sentir ese poder en la defensa y promoción de nuestros derechos.

Recordemos que la Constitución reconoce a la persona humana como el fin supremo de la sociedad y el Estado, asimismo, este último protege y defiende el interés de los consumidores, entendidos como seres humanos que buscan la satisfacción de sus necesidades, intereses, oportunidades y expectativas. Detrás de cada relación de consumo, existe un drama personal y humano, por esta razón, es inaudito y reprochable violentar nuestros derechos como consumidores en el mercado, porque el único lugar donde se viabilizan y materializan los derechos humanos de las personas es en el mercado, se materializan nuestros derechos a la salud, a la educación, al trato justo y no discriminación, a la protección de nuestros intereses económicos, entre otros. Es por ello que necesitamos un Estado fuerte, capaz de promover una legislación coherente con un discurso político en contra de las malas prácticas que atentan y lesionan el mercado, y por ende, los consumidores.

Finalmente, comencemos por dar una lección, nuestra autoridad hace lo que está en sus manos, nosotros hagamos lo que está en las nuestras, si las empresas son descubiertas con prácticas que afectan los precios, los productos que nos venden a nosotros son más caros, nos perjudican, en muchas ocasiones juegan con nuestros principales derechos, ¿ qué podemos hacer? Simplemente no consumirlos, optar por marcas que coadyuven a un mercado competitivo, cumpliendo las reglas de responsabilidad social empresarial, buenas prácticas y cuidado del medio ambiente. Excluyamos de nuestro consumo a esas empresas, que juegan con nosotros a través de los precios y que terminan beneficiándose con ganancias extraordinarias. Tomemos partida, como consumidores, como seres humanos. Parafraseando al jurista y filósofo de todos los tiempos Rudolf von Ihering quien decía que si alguien arremete contra nuestros derechos, entonces debo tener plena convicción en reclamar y luchar por la reivindicación de los mismos, no porque estos derechos nos los conceda el Estado o la norma, sino porque son parte de nuestra dignidad como personas humanas. Por lo tanto, cuando defiendo mis derechos, defiendo mi dignidad como persona. En este sentido, tomemos partida.

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