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Hace unos días pregunté a una jóven abogada que opinaba a cerca de los comentarios que habían salido en los medios sobre la educación y si ella consideraba que la educación debería estar sujeta a la supervisión del Estado. Me contestó tajantemente que opinaba en contrario. Que no. Porque la educación es un servicio que está en competencia y por ende, hay varios operadores de mercado que prestan el servicio y que por lo tanto no debería ser supervisado por el Estado.
Esa respuesta que respeto, es opinable y me llevó a una reflexión, que estuve pensando toda esta semana y que la planteo en los siguientes términos:
¿La educación es un bien que está en el comercio de los hombres? Cuando estamos contratando los servicios de un colegio, estamos frente a un acto traslativo de cosa-precio o estamos frente a un acto traslativo de servicio-precio, como por ejemplo cuando compramos pan, cuando compramos un artefacto, o cuando contratamos el servicio de un gasfitero o un electricista, que se agota en un solo acto. Se da el servicio y yo pago el precio que corresponde.
¿Estamos en materia de educación frente a un servicio de esa naturaleza o es un servicio distinto, sui generéis?
En qué se diferencia cuando yo contrato el servicio de un gasfitero o cuando compro un artefacto, respecto al servicio de la educación?
La educación es esencia un servicio público prestado por el Estado, y obviamente en el Estado peruano es deficientemente prestado, en condiciones que no son competitivas y ese es un problema de gestión y políticas públicas.
La educación no deja de ser un servicio público y como el Estado lo presta de manera deficiente, ha permitido que los privados puedan prestar el servicio, sin embargo, no es un servicio donde el Estado haya dejado en plena libertad a los operadores, como quien por ejemplo pone un restaurant, sería impensable que haya una supervisión o una entidad que supervise la prestación de servicio de los restaurantes, eso obviamente, el propio mercado lo va a corregir, porque si el restaurant atiende bien o mal, serán los propios consumidores los que sancionaran a la empresa, dejando de ir a consumir a ese mal proveedor. A lo sumo el Estado le exige licencia de funcionamiento, que tenga cierta condiciones de higiene y sanidad, para garantizar un buen servicio, pero hasta ahí nada más, el Estado no podría penetrar en la prestación misma del servicio.
En la educación es diferente, es un servicio prestado por el Estado y los privados, pero los colegios no tienen absoluta libertad, por eso existe un Ministerio de Educación, las Unidades de Gestión Educativa Locales (UGEL), que son las que supervisan que la prestación del servicio se dé en buenas condiciones, que los operadores cumplan con lo ofrecido, que el currículo, los cursos y los docentes respondan a lo que el Estado considera adecuado en materia educativa. Igual pasa con la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), la última institución pública creada para supervisar las universidades y que está muy activa, controlando que las universidades públicas y privadas presten adecuadamente el servicio. Por lo tanto ¿Frente a qué tipo de servicio público estamos cuando hablamos de educación?
La respuesta es obviamente frente a un servicio público sui generis, que tiene que ser supervisado por el Estado. Esto nos lleva a reflexión sobre el tema de los colegios, muchos de ellos vienen prestando el servicio de educación a diestra y siniestra, en condiciones que a veces no son las adecuadas para garantizar un eficiente proceso de enseñanza y aprendizaje para los menores y que tienen ser necesariamente miradas y supervisadas por el Estado, incluyendo el tema fundamental de pensiones, que es un tema que nadie quiere tocar, so pretexto que el mercado se controla solo y que no se puede controlar los precios. Evidentemente, no estoy postulando control de precios como solía hacerse épocas de gobiernos estatistas y de economía centralmente planificada el Estado como era hace varios años atrás, pero si puede observar y establecer ciertas reglas de supervisión para que esos precios no sean precios inequitativos, y estén de acuerdo con la oferta que hace el colegios los padres de familia , porque la decisión de los padres de familia de matricular a su hijo en un determinado colegio, es una decisión trascendente en la vida de una familia, sin lugar a dudas. .
Así como un proyecto importante para los padres de familia es comprar una vivienda, también la educación de un hijo y la decisión de matricularlo en un colegio, del cual se tiene ciertas expectativas, es también una decisión muy importante en el proyecto vital de una familia, porque yo matriculo a un hijo en inicial o en primaria y va a estar ahí posiblemente durante 10 años, y este colegio tiene que formarlo desde el punto de vista cognitivo y meta-cognitivo, formarlo para la vida, en el saber, saber hacer y ser , para que sea un hombre de bien, de tal manera que la decisión de los padres es una decisión trascendental y que el Estado no puede negar ni discutir, por ello al igual que se ha reclamado para la contratación inmobiliaria ciertas reglas generales para evitar engaños y abusos en materia económica, considero que del mismo modo podrían establecerse reglas tipo cláusulas generales de contratación en materia educativa, para evitar abusos , cobros excesivos, cobros no pactados, ni informados, retenciones y penalidades indebidas, entre otras situaciones que atacan el derecho a la protección de los intereses económicos que tiene todo consumidor y que están garantizados por mandato constitucional .
Hay que reflexionar sobre este tema, porque un colegio no puede establecer sus propias reglas para prestar el servicio educativo, dejando de lado disposiciones de orden público en materia educativa. Creo que la famosa frase que el “mercado se regula solo” no es tan cierta, porque el Estado tiene que encargarse de observar al mercado, de supervisarlo eficientemente y corregir aquello que no funciona bien y que no garantiza un mercado transparente, creciente y competitivo, caso contrario las propias fuerzas del mercado terminarán acabando con el propio mercado.
El servicio educativo tiene que ser puesto bajo la lupa y la atención del Estado, no solo en cuanto al tema de currículo, plan de estudios, profesores, infraestructura, sino de la prestación misma del servicio y de las condiciones económicas en las que se vienen prestando actualmente. El consumidor, en una relación de consumo, tiene el derecho a la protección de sus intereses económicos. La educación de hoy, ya está inmersa en el mundo de la contratación masiva.