Archivo por meses: mayo 2009

ALGUNAS REFLEXIONES EN TORNO AL CONSUMIDOR

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 Consumo es la dimensión más importante del hombre.

 Hoy somos mas consumidores que ciudadanos

 El hombre es en esencia un sujeto de necesidades

 El hombre acude al mercado no a comprar sino a satisfacer necesidades

 Todas las actividades económicas en una u otra medida están destinadas a satisfacer necesidades, comodidades, gustos y hasta vanidades.

 El consumidor es el protagonista del mercado

 No todos los operadores del mercado están formalizados

 El hombre acude al mercado no a comprar sino a satisfacer necesidades

durand.jb@pucp.edu.pe
jdurand@usmp.edu.pe Sigue leyendo

PREOCUPACION POR EL USO DE FIGURAS PROCESALES EN PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL INDECOPI

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De manera sorprendente últimamente se aprecia que en algunas resoluciones de la Comisión de Protección del Consumidor del INDECOPI se ha hecho una elucubración teórica y un razonamiento evidentemente falaz para tratar incorporar instituciones y figuras del Derecho Procesal en la resolución conflictos en materia de protección del consumidor, causando obviamente un desamparo legal a los ciudadanos al interpretar erróneamente la ley y aplicar normas procesales descontextualizadas de la temática del consumo, que es un tema especial y autónomo en la hora actual.

La Comisión pretende dejar de lado el principio hermenéutico del indubio pro consumidor para exigir por ejemplo niveles de prueba exagerados y en algunos casos teorizando demasiado algunos razonamientos que lejos de fundamentar una resolución paradójicamente la descontextualizan de la realidad jurídica y socioeconómica en la que debe fundamentarse un fallo sobre protección del consumidor

La Comisión ha desbordado y desnaturalizado obviamente el contenido de la figura procesal de legitimidad para obrar como institución del Derecho Procesal, cayendo en razonamientos teóricos absurdos para tratar de encajar los hechos en una figura que no corresponde, sin considerara que lo que tiene que hacer es proteger a los consumidores de las malas practicas comerciales de los proveedores de bienes y servicios, eso es todo y es simple, no se puede tratar de hacer extensivos los alcances de una figura formal y rigorista del Derecho Procesal para un procedimiento administrativo, donde priman otros principios como la eficiencia, eficacia, celeridad, verdad material , entre otros .

La Comisión desconoce toda la doctrina principista del Derecho Administrativo y su razonamiento falaz tiene como derrotero el Derecho Procesal donde la formalidad es un icono, sin tener en cuenta que se trata de DERECHO DEL CONSUMIDOR, amparado constitucionalmente donde se debe razonar con reglas simples : SUFICIENCIA , PRECISION Y COHERENCIA.

Esperamos que esta situación sea corregida en el futuro para mejorar el sistema de protección del consumidor a través de la correcta aplicación de la legislación del consumidor.

durand.jb@pucp.edu.pe Sigue leyendo