Proceso “Vatileaks 2”: Sentencia y nota posterior del P. Lombardi SJ.

5:00 p m| 15 jul 16 (AGENCIAS/BV).- El  director de la Oficina de Prensa de la Santa Sede, padre Federico Lombardi SJ. emitió una nota en la que explicó los motivos del proceso por divulgación de noticias reservadas, la modalidad en que se desarrolló y las conclusiones del mismo. Respecto a la sentencia del proceso “Vatileaks 2”, por el robo y la filtración de documentos reservados, el tribunal vaticano ha condenado al sacerdote español Lucio Ángel Vallejo Balda a una pena de 18 meses de prisión, de los que ya ha cumplido la mitad, mientras que para Francesca Chaouqui la condena es aún menor: 10 meses, “con pena suspendida”, con lo que finalmente no irá a prisión.

El secretario de Vallejo, Nicola Maio, ha sido declarado inocente. En cuanto a los periodistas Gianni Nuzzi y Emiliano Fittipaldi (imputados por haber publicado en sus respectivos libros “Vía Crucis” y “Avaricia”, ambos de 2015, la documentación suministrada por los condenados), el Tribunal declaró “el propio defecto de jurisdicción”, puesto que los hechos contestados sucedieron fuera de la jurisdicción del mismo y ninguno de los dos es funcionario público del Vaticano, con lo que los periodistas no pueden ser juzgados.

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Sobre los motivos, el desarrollo y la conclusión del proceso por divulgación de documentos reservados

El Director de la Oficina de Prensa de la Santa Sede explica en una nota que este proceso debía hacerse, porque hay una Ley, e incluso una Ley reciente, del año 2013, que fue promulgada para contrastar las fugas de noticias. Mientras en los últimos años se desarrolló el sistema jurídico y penal vaticano para hacerlo más completo y ponerlo a la altura de las exigencias actuales a fin de hacer frente a la ilegalidad en diversos ámbitos. De modo que, como afirma el Padre Federico Lombardi, “no se pueden declarar intenciones y establecer normas y después no ser coherentes en el hecho de ponerlas en práctica, persiguiendo a quien no observa las leyes”. Y añadió textualmente acerca de este proceso:

“Se lo debía hacer para demostrar la voluntad de combatir con decisión las manifestaciones y las consecuencias incorrectas de las tensiones y polémicas internas vaticanas, que desde hace un tiempo se reflejan muy frecuentemente también afuera a través de indiscreciones o filtraciones de documentos a los medios de comunicación, creando un círculo y un contexto ambiguo y negativo de interacciones entre discusiones internas y relanzamientos a través de las comunicaciones sociales, también con consecuencias negativas en la opinión pública, que tiene derecho a una información objetiva y serena. Ésta es una ‘enfermedad’ – como diría el Papa Francisco – que hay que combatir con determinación”.

Asimismo el Padre Lombardi afirma que para conocer y evaluar los diversos aspectos de esta situación era justo afrontar valerosamente también la dimensión del papel y de la responsabilidad efectiva de los periodistas en esta cuestión, a pesar de las polémicas previsibles a propósito de la tutela de la libertad de prensa. Y añade que la libertad de prensa ciertamente debe ser tutelada, pero recuerda que la profesión periodística puede tener límites que respetar cuando hay otros bienes importantes que tutelar. De manera que “es justo –dice– verificar si esto ha sucedido o no”. Y como tantas veces se ha afirmado, “de ninguna manera éste era un proceso contra la libertad de prensa”.

“También Benedicto XVI, si bien no existía aún la ley actual, había considerado justo que la justicia ‘humana’ hiciera su curso con respecto a su mayordomo hasta la sentencia. Ahora, análogamente – si bien la responsabilidad de la divulgación se remontaba claramente a un eclesiástico importante –no habría sido justo usar por este motivo un trato diverso”.

Por otra parte, el Director de la Oficina de Prensa de la Santa Sede afirma que “el proceso se hizo con la plena voluntad de respetar las leyes y los procedimientos previstos”, junto a las exigencias del derecho y de la defensa de los imputados:

“Con jueces y abogados competentes y con un debate público trasparente, se escucharon testimonios sumamente autorizados, como el recordado varias veces – en el debate y fuera de él – del Doctor Paolo Mieli. El tiempo global del proceso fue contenido, es más breve, si también se tienen en cuenta los casi dos meses empleados para la pericia informática que había sido solicitada por la defensa”.

Teniendo en cuenta que la sentencia fue formulada por el Colegio de jueces con plena autonomía, el Padre Lombardi explica que se la llevó a cabo “con actitud de justicia y de clemencia al mismo tiempo”, según el espíritu de renovación de la legislación penal querido por Pablo VI en 1969.

“Como todos aquellos que han seguido el proceso han comprendido fácilmente, el debate tuvo un papel fundamental en la formación del juicio del Colegio, que no se movió en base a posiciones de prejuicio, llegando, en fin, a sentencias de absolución de las cuales sólo es posible alegrarse”.

Cabe destacar, como afirma el Padre Federico Lombardi que las motivaciones de la sentencia serán depositadas en las próximas semanas, con lo que podrán ser conocidas; mientras ahora quedan tres días para que los imputados puedan apelar contra la sentencia. Y concluye manifestando su deseo de que – a pesar de la tristeza que cada delito y su consecuente vicisitud procesual causan necesariamente – se obtengan conclusiones y reflexiones útiles para prevenir en el futuro la repetición de situaciones semejantes.


Vatileaks 2: Sentencia
(texto de Jesús Bastante publicado en Religión Digital)

Y, al final, la montaña parió un ratón. Como sucediera con el caso “Vatileaks”, el escándalo de filtración de documentos secretos de la Santa Sede, conocido como “Vatileaks II”, también se ha cerrado en falso. En una esperadísima sentencia, el tribunal vaticano ha condenado al sacerdote español Lucio Ángel Vallejo Balda a una pena de 18 meses de prisión, de los que ya ha cumplido la mitad, mientras que para Francesca Chaouqui la condena es aún menor: 10 meses, “con pena suspendida”, con lo que finalmente no irá a prisión.

El secretario de Vallejo, Nicola Maio, ha sido declarado inocente. En cuanto a los periodistas Gianni Nuzzi y Emiliano Fittipaldi, los jueces vaticanos confiesan “defecto de jurisdicción”, con lo que los periodistas no pueden ser juzgados. En este punto, al menos, venció la libertad de prensa.

El fallo del tribunal supone, a grandes rasgos, que ninguno de los juzgados volverá a pisar la cárcel, puesto que Vallejo Balda ya ha cumplido la mitad de su condena, y se encontraba en situación de “semilibertad”. A la espera del más que previsible indulto del Papa Francisco, el caso “Vatileaks II” quedará envuelto en las mismas dudas que se generaron hace ahora casi un año. ¿Quién filtró los documentos? ¿Por qué? ¿Fue una ataque o un intento fallido de ayudar al Papa en las reformas en la Iglesia?

El “defecto de jurisdicción” del tribunal vaticano para juzgar a los dos periodistas evita, además, un conflicto diplomático entre la Santa Sede y el Estado italiano, toda vez que éste último consagra la libertad de prensa como un derecho fundamental, y hubiera sido imposible que Nuzzi o Fittipaldi cumpliesen condena en cárceles del país transalpino. Cuestión similar ha sucedido en el caso de Francesa Chaouqui, quien no obstante sí ha sido declarada culpable de la filtración. La suspensión de la pena se debe más a criterios estrictamente personales, fundamentalmente el hecho de haber sido madre recientemente, y la presión mediática.

En cuanto a Vallejo Balda, el único de los acusados que reconoció haber filtrado documentación, y el único eclesiástico -y no italiano- de los cinco, se espera que esta misma tarde pueda ser puesto en libertad, y espere al indulto del Papa Francisco para regresar a su vida. Lo que sí parece claro, según han comentado a este diario fuentes vaticanas, es que Balda no permanecerá en Roma y, más que probablemente, tampoco a España. Dado que el religioso ha declarado su intención de seguir siendo sacerdote, es más que probable que sea enviado al extranjero -en Roma se habla de un país latinoamericano-.

Los momentos anteriores a la sentencia fueron un resumen de lo sucedido en los últimos meses: un Vallejo Balda sereno, dicharachero, que no quiso aportar un alegato final pero que sí quiso agasajar a los periodistas con una estampa de san Juan Pablo II y trozos de una camisa del papa polaco, a modo de reliquia; una Francesca Chaouqui desafiante e histriónica, que entre lágrimas, y con su hijo en brazos, anunció que, en caso de ser condenada, llevaría a su pequeño consigo a prisión; y los dos periodistas, Nuzzi y Fittipaldi, rehusando hablar al término del juicio pero reivindicando que la libertad de prensa no puede ser maniatada por tribunal alguno, incluidos los vaticanos. Gianni Nuzzi se ha presentado esta mañana ante los jueces con un ejemplar de su libro “Via Crucis” (el de Fittipaldi se titula “Avarizia”) en una mano, y el texto de la Constitución italiana, en la otra.

La Chaoqui fue más allá y, en sus palabras ante el tribunal, reconoció ser “una persona que no logra callarse cuando debería, tengo un carácter que me lleva a cometer errores”, y justificó sus apariciones televisivas y su campaña a través de las redes sociales porque era preciso “contar la verdad”.

“Pidieron para mí la pena mayor como si hubiese construido todo sola”, lamentó la ex publicista, quien volvió a negar que amenazara a Balda o pasara información a los periodistas. Eso sí, advirtió que tiene en su poder numerosos documentos confidenciales, fruto de su trabajo en la extinta COSEA: “Si quisiera, al salir de aquí podría dárselos a los periodistas, pero no lo haría jamás”, apuntó.

Sea como fuere, los tribunales vaticanos no han querido involucrar al Papa en un proceso que arranó el pasado 24 de noviembre con la detención de Lucio Vallejo Balda y Francesca Chaouqui, y que juzga la filtración de documentos secretos de la comisión creada por el Papa Francisco para revisar y reordenar las cuentas de la Santa Sede (COSEA), así como una grabación al mismísimo pontífice.

Además de Chaouqui y Vallejo Balda, en el juicio están imputados los periodistas Gianluigi Nuzzi y Emiliano Fittipaldi y el consejero económico Nicola Maio, quienes enfrentaban cargos por divulgación de documentos reservados “contra la seguridad del Estado”, un delito que, según la ley de la Santa Sede, podía haber sido penado con hasta ocho años de prisión.

La divulgación de documentos reservados “contra la seguridad del Estado”, es “un delito en virtud de la Ley no. IX del Estado de la Ciudad del Vaticano (13 de julio de 2013) artículo. 10 (art. 116 bis C. P.)”, con una pena de 4 a 8 años de cárcel”. No habrá cárcel para ninguno y, una vez más, los secretos continuarán entre los muros del Vaticano.


Declaraciones de los periodistas Gianni Nuzzi y Emiliano Fittipaldi

“Hoy es un día histórico —insistió Nuzzi después de la lectura de la sentencia del proceso—, no solo para nosotros los periodistas sino también para este pequeño Estado que está a mis espaldas, porque fuimos absueltos, porque hicimos nuestro trabajo de periodistas y entonces no es solo un defecto de jurisdicción expresado por la corte, sino la corte misma ha reconocido que nosotros hemos desempeñado bien nuestro oficio, tal y como dijimos al inicio. No somos ni mártires ni héroes; hemos hecho nuestro deber”.

“Creo que el Vaticano fue valiente —añadió Fittipaldi—, este fue un proceso kafkiano en relación con la acusación, pero su conclusión, según mi opinión, fue positiva. El Vaticano dio un paso adelante: si el periodismo se hace respetando todas las reglas deontológicas y, obviamente, las noticias son verdaderas”, no puede haber otro resultado. Pero “la sentencia no era descontada; es un día importante para toda la comunidad de periodistas”.


El Vaticano, un estado de derecho

La sentencia del proceso “Vatileaks 2” emitida por el tribunal vaticano deja claro que, a pesar de las leyendas negras sobre el oscurantismo vaticano, hay vigente un estado de derecho y un código penal garantista. Los periodistas Emiliano Fittipaldi y Gianluigi Nuzzi, autores de dos libros que contienen los mismos documentos sobre el estado de la administración vaticana cuando comenzó el proceso de reforma, fueron absueltos por defecto de jurisdicción.

Y en la misma sentencia se recuerda que la “libertad de manifestar el pensamiento y la libertad de prensa en el orden jurídico vaticano” es garantizada “por el derecho divino”. En estos meses se han planteado muchas dudas sobre la oportunidad de llevar al banquillo a dos periodistas. Y muchos comentadores, con mayor o menor autoridad, clamaron que se estaba violando la libertad de prensa y trazaron escenarios tétricos del tipo Santa Inquisición. A la luz de la sentencia, estos últimos habrían podido ser más prudentes.

Click aquí para leer comentario completo de Andrea Tornielli.


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Fuentes:

Radio Vaticano / Religión Digital / Vatican Insider / Oficina de Prensa de la Santa Sede

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