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I. OBJETO.-
- El objeto de la presente colaboración versa sobre la posibilidad constitucional y legal de procesal y acusar (encartar) ([1]) judicialmente de modo válido al Presidente de la República (en adelante el “Presidente”) en un procedimiento ante el Órgano Jurisdiccional (OJ), en las investigaciones e indagaciones ante las autoridades del Ministerio Público (MP), en las investigaciones e indagaciones de los efectivos de la Policía Nacional del Perú (PNP), y en las investigaciones e indagaciones de las Comisiones Investigadoras (CI) del Congreso de la República (CR), iniciadas y tramitadas en el curso temporal de su mandato constitucional. (EXTRACTO)
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AQL-ARTICULO LA NO PROCESABILIDAD JUDICIAL DEL PRESIDENTE ACTUALIZADO EDIT 10102020