1896 Plessy vs. Ferguson
Corría noviembre de 2003, en Sevilla, la inauguración del VII Congreso Iberoamericano de Derecho Constitucional en Sevilla, con la inusual concurrencia de una nutrida delegación de constitucionalistas peruanos. El evento era presidido por don Felipe de Borbón, Príncipe de Asturias y heredero de la corona española. Al finalizar, se ofrecería un cóctel.
“El debido proceso es una garantía destinada a todos aquellos que, para la determinación de sus derechos y bienes, de su familia y su honra, para la protección de sus DDFF, para la defensa de su vida, su integridad física o de su libertad como dones más preciados universal e indiscutiblemente reconocidos al ser humano; aquellos que deben pasar por el drama del proceso. A quienes se acercan a un Tribunal de Justicia con temor, con reverencia, con esperanza, con fe, con suspicacia, con pesimismo, con desesperanza. A los que deben transitar los estrechos pasillos del proceso, muchas veces estrechados por normas antiguas que deben aplicar seres antiguos, por normas nuevas que deben aplicar seres antiguos, por normas nuevas aplicadas por seres nuevos; normas que se tergiversan por el interés político, económico, social o venal de siempre. A todos los forzados actores del drama del proceso que con sus vidas y sus posesiones, sus ilusiones y esperanzas, sus desilusiones, angustias y frustraciones, le dan vida y contenido cotidianamente. A los esperanzados en la justicia y en el cumplimiento de la ley; y también para los agnósticos de la equidad en el proceso y la eficacia del derecho. Por sobre todo, a los desesperanzados que desesperadamente rebuscan un resquicio de fe en la justicia y en el derecho, en la reparación de la honra o la recuperación de la libertad, en la defensa de sus derechos e ilusiones que la sociedad de hoy, y sus prójimos, les escatimamos diariamente”.
Antes de pasar al ágape, personal de la Casa Real y de la Cancillería española explicó con paciencia el protocolo frente al Príncipe. Dijeron que no había que abordarlo, que él se acercaría a todos, que no se le tomara del brazo y, sobre todo, que no se le pidieran fotos. Finalizaron señalando que el trato hacia él debía ser “Su Alteza Real” (SAR).
En efecto, SAR fue ruleteando entre todos los grupos formados, normalmente por nacionalidades y afinidades. Lo hacía con verdadera maestría y sencillez sin dejar a nadie de lado. Y así, llegó el turno en que se acercó a los constitucionalistas peruanos hablando con naturalidad de cuestiones jurídicas, de la situación del Perú y de su recuerdo de Lima cuando vino como Guardiamarina del Buque Escuela Juan Sebastián Elcano. SAR no solo fue formado en las tres escuelas militares, sino que estudió derecho e hizo una maestría en los EEUU.
Y así como vino se estaba yendo, cuando no faltó un profesor peruano, provinciano él, que tomándole del brazo y le espetó: ¡Señor Príncipe!, ante lo cual don Felipe le sonrió amablemente; ¡una foto!, insistió, ante lo cual SAR le respondió suavemente “después….”, y siguió su paseo hacia otras delegaciones.
Ciertamente le reclamamos al impertinente con vergüenza ajena, y en vano fue recordarle el protocolo que se nos había adelantado. Él sólo lamentaba no haber logrado la ansiada foto. Pero cuando SAR terminó su recorrido y estaba por irse, desde la puerta buscó con la mirada al impertinente peruano llamándole con delicadeza. Y, tras la puerta, se tomó la foto con quien se lo había requerido con tanta ilusión como ausencia de formas.
En pocos días don Felipe de Borbón y Grecia será coronado Rey de España ante la abdicación de su padre, don Juan Carlos de Borbón. Ciertamente para quien vive en una democracia constitucional republicana las formas reales no suelen ser bien comprendidas y la corona en un régimen de moderna monarquía constitucional parlamentaria tampoco es de fácil entender.
La Segunda República española (1931-1936) dio paso a una cruenta Guerra Civil que desangró y dividió España por 3 años, dejando una secuela de 40 años de dictadura con Franco. Sólo se pudo regresar a la democracia con la transición política y la Constitución de 1978 que reinstauró la monarquía en la cabeza de Juan Carlos I, hijo de don Juan, Conde de Barcelona, y quien nunca llegó a reinar al ceder sus derechos dinásticos a su hijo Juan Carlos de Borbón. A don Juan se le define como hijo de Rey y padre de Rey que nunca llegó a ser rey. La conjunción entre el sino franquista que le preparara para reinar y la transición política le entronizó, alzando la corona del Reino de España a la testa de don Juan Carlos I.
Es difícil imaginar una España moderna sin su actual monarquía constitucional. La república no le trajo ni la modernidad, ni el desarrollo, ni la estabilidad política como las actualmente alcanzadas. La corona ha sido un factor de estabilidad y de aglutinamiento histórico-político que adquirió su plena legitimidad el 23F (1981) cuando añorantes militares franquistas (incluyendo al instructor del Rey) le sirvieron en bandeja un Golpe de Estado para actualizar una suerte de franquismo con corona. Don Juan Carlos I no sólo lo rechazó, sino que tomó abierto partido por la democracia constitucional y, haciendo uso de su investidura como Jefe de Estado y Capitán General de sus FFAA, legitimó al poder civil en el Congreso propiciando el procesamiento judicial de todos los complotados, quienes sufrieron el ostracismo público y severas condenas judiciales.
Es verdad que el poder desgasta y que hay que saber abandonar con grandeza los aires de la juventud. En los últimos tiempos la corona española estaba en entredicho ante su opinión pública, además de los achaques de don Juan Carlos I, por lo que su renuncia abre la sucesión hacia don Felipe VI (la denominación que asumirá el hasta hoy Príncipe de Asturias), refrescará la monarquía constitucional española y permitirá un nuevo liderazgo carismático y remozado. De paso abre una nueva sucesión real, en su primogénita, la Infanta Leonor, que en adelante será la nueva heredera del trono español con el título de Princesa de Asturias. A menos que Felipe VI y doña Letizia decidan darle un hermanito, y cuyo caso la sucesión pasaría inmediatamente al hijo varón sobre sus hermanas mayores. Cosas de la Constitución española.