SINEP Argentina

EMPLEADOS PÚBLICOS

El artículo 26 del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 determina, que el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa vigente, podrá ser revisado, adecuado y modificado de resultar procedente, (en) el ámbito de la negociación colectiva, con excepción de las materias reservadas a la potestad reglamentaria del Estado por la Ley N° 24.185. Concordante con ello, en el Convenio Colectivo homologado por el Decreto N° 2098/08, el Estado empleador manifestó que mediante dicho acuerdo se daba cumplimiento a lo establecido por el citado artículo 26, y que, en consecuencia, proponía que el referido régimen pasara a denominarse Sistema Nacional de Empleo Público, como indicador de una nueva etapa de la historia administrativa nacional. Así, el tercer párrafo del artículo 1° del mencionado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, señala que, se conviene que el citado Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, cuya revisión, adecuación y modificación se opera en cumplimiento de lo establecido en el artículo 26 del Anexo a la Ley N° 25.164, se denominará Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), a partir de la entrada en vigencia del Convenio.

EMPLEADOS PÚBLICOS. Reencasillamiento. Sistema Nacional de Empleo Público.

El SINEP no es un ordenamiento escalafonario sustancialmente diferente al SINAPA, sino que a ese se le han efectuado modificaciones –entre ellas, la incorporación del nuevo Agrupamiento Profesional- y se ha convenido el cambio de denominación, por acuerdo colectivo. De ello se deriva que, tanto al momento del ejercicio de las invocadas funciones profesionales, como al del reencasillamiento atacado, el acceso a los Niveles superiores en la promoción vertical de la carrera, requería la previa sustanciación de los procesos de selección correspondientes.

Un poco de historia previa al SINEP: La firma del SINAPA por Carlos Saúl Menem.

En: ptn.gov.ar

Ver:
Ley Nº 25.164
Decreto Nº 2098/2008

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Modelos para la organización profesional del servicio civil

Hay muchas opciones para la organización profesional del servicio civil. Por ejemplo, existe el modelo de Cuerpos Profesionales para la inducción de empleados profesionales que se usa en Francia. En este modelo elitista los empleados de carrera entran solo desde algunas escuelas preparatorias especiales, y son miembros de su cuerpo para su vida profesional incorporando siempre elementos de la política. De hecho, después de su servicio público muchos de ellos entran a la política y llegan a puestos elegidos por su influencia.

También hay el modelo de la Gran Bretaña, del burócrata sin carrera. Este modelo es medio elitista. La gran parte de ellos entran al servicio desde las universidades más prestigiadas del país, pero trabajan sin reconocimiento público y sin un papel directo político –solo avisan técnicamente los ministros de cualquier partido–, no hay puestos de confianza en sí. Después de su periodo de servicio nunca entran a la política.

El tercer modelo es lo que evolucionó y que se emplea en EEUU. Esto es el “modelo representativo” en el cual los servidores públicos reciben su formación académica en cualquiera universidad del país. Entran por examen y siguen recibiendo su capacitación profesional por dos vías: tanto internamente en la agencia gubernamental, como por programas universitarios en los que reciben diplomas y/o títulos profesionales. Aproximadamente 3% de estos puestos son puestos de confianza y ellos son actores políticos; los demás son integrantes del sistema de méritos.

Ese sistema no es elitista porque los empleados vienen de todas partes del país, y de todas las universidades. Sin embargo, para poner este modelo en efecto es necesario tener un sistema de universidades descentralizadas y de calidad académica, tal y como se hace en EEUU a través de un sistemas de acreditación nacional de universidades y de programas académicos.

El segundo problema –el tamaño de la burocracia–, no es fácil superar. La cantidad numerosa de empleados organizados jerárquicamente presenta oportunidades perversas para esconder información sobre su rendimiento, y recibir en efecto indemnización de su mala conducta. Este hecho es ayudado por la tendencia de burocracias largas a absorber información pasada a cada nivel. Lo que pueda resultar es la desmotivación de buenos empleados cuando saben que los malos son protegidos por las circunstancias.

La manera en la cual se evita este problema, en el sistema norteamericano, es a través de la evaluación de desempeño, tanto de individuos como de órganos o grupos. El primero es la medición del rendimiento del empleado y el segundo la productividad de la unidad. Pero para tener la evaluación de desempeño en buen funcionamiento hay que asegurar dos asuntos claves. Primero, que la información llegue a las manos de los empleados en si, y también a aquellos que toman las decisiones, a través de información específica, sobre conducta. Segundo, que los resultados de la evaluación estén vinculados al pago -la idea clave es tener un sistema que tenga semejanza al mercado, a más rendimiento, más pago.

También, es necesario tener un sistema de disciplina progresiva, capacitación y desarrollo de empleados, apuntado a resolver sus deficiencias, a través de la evaluación: lo que se persigue es tener éxito. La idea es un sistema en el que los empleados sean premiados y tengan incentivos para el desarrollo de sus capacidades.

Además hay otro elemento clave en el sistema norteamericana que es la transparencia en la información sobre el servicio publico. Es importante para crear una imagen buena, pues sin ella no se pueden atraer a los mejores recursos humanos al servicio civil. Esto implica que toda la información sobre el rendimiento y productividad de las agencias públicas debe llegar, o por lo menos, estar disponible al público.

Con todo, la reestructuración del servicio público no es suficiente para convertirse en un servicio civil de carrera, que persiga una estrategia de políticas eficientes para el Estado.

En: Una revisión inicial a la nueva ley del servicio profesional de carrera en la administración pública federal de México : oportunidades y desafíos en la medición de resultados

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Tres principios básicos en los cuales esta fundamentado el servicio civil norteamericano

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En ciencia política, la expresión inglesa spoil system describe una práctica por la cual los partidos políticos del gobierno distribuyen a sus propios miembros y simpatizantes cargos institucionales y posiciones de poder. En Estados Unidos el spoil system, deja de existir con la Acta Pendleton de 1883(en honor a su principal promotor el senador George Pendleton), lo que supone desde esa fecha, la utilización de un sistema neutral basado en criterios de igualdad y de mérito para acceder a un cargo público.

Los tres principios y la ley pertinente en orden de su importancia son:

1. Selección y ascenso por mérito –encapsulada en el Acta Pendelton de 1883.

El Acta Pendelton estableció el proceso de tener exámenes, prueba de experiencia, y credenciales, todos relacionados a los requisitos de desempeño del puesto. Casi todos los puestos del servicio civil fueron sometidos a este régimen. Este nuevo sistema fue denominado el sistema de méritos, y la ley también estableció la Comisión de Servicio Civil, que tuvo para su función principal la vigilancia de este sistema. Así quedo hasta 1976, cuando el acta de la Reforma del Servicio Civil estableció la Oficina de Gestión de Personal bajo del Presidente de la Republica, y pasó la administración del sistema de méritos a su Oficina de Protección del Sistema de Méritos.

2. Retención de los empleados a través de una permanencia –hecho por el Acta Lloyd/La Follete de 1913.

La ley Lloyd/La Follete dio permanencia a los empleados públicos después que pasaran su periodo de inducción, normalmente entre 3 o 6 meses dependiendo del tipo de puesto. El fuerzo de esta acta fue proteger a los empleados de carrera de acciones tomadas por actores políticos. La ley dio una protección contra intervención política contra de alguien por usar su juicio técnico y fortaleció el sistema de méritos.

3. Ascenso por clasificación de puestos – establecido por El Acta de Clasificación de Puestos de 1923.

La clasificación de puestos es importante porque viene a ser la base de una carrera. Así se establecen cuáles puestos tienen más valor en términos de requisitos, y después pago, por el sistema de méritos, y todos los puestos están valorados lógicamente. Esta ley ha estado sobre la base de las grandes innovaciones técnicas hechas en el EEUU.

Este esquema tiene tres elementos claves para cualquier sistema de personal público:

1) La protección de empleados de influencia política;
2) Pago con base en el rendimiento y capacidad;
3) Profesionalización del Servicio Civil de Carrera.

Siguiendo los tres principios y con base en estos tres elementos, fue posible llegar a un servicio civil de carrera eficiente, eficaz, y instrumental. Pero estos cambios no garantizan la calidad y funcionalidad del servicio público; más bien den una base para construirlo. En otras palabras, las leyes quedaron por reglamentarse. Quedaron dos problemas para resolver. El primero fue la manera de organizar el servicio civil para la profesionalización. El segundo fue el problema del tamaño del servicio civil.

En: Una revisión inicial a la nueva ley del servicio profesional de carrera en la administración pública federal de México : oportunidades y desafíos en la medición de resultados

Ver: The Spoils System versus the Merit System

Civil Service USA

 

Conversatorio EGPP PUCP: Nueva Ley del Servicio Civil -. Jueves 11 de Junio 4:00 p.m.

La Escuela de Gobierno organiza el conversatorio titulado “Nueva Ley del Servicio Civil” con la exposición de Juan José Martinez y los comentarios de Edmunto Beteta, Eduardo Dargent y Carlos Alza. La cita es mañana jueves 11 a las 4:00 p.m en el aula H 302. También podrá seguir la transmisión en VIVO y hacer sus preguntas vía nuestro facebook y twitter @edegobiernoPUCP

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Vea el conversatorio aquí:

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Unos 400 mil trabajadores solicitarían su ingreso al Servicio Civil

Unos 400 mil trabajadores estatales podrían solicitar su ingreso al Servicio Civil, que hoy fue promulgada, atraídos por los mayores beneficios que este nuevo régimen les daría, estima el Poder Ejecutivo.

De acuerdo con la ministra de Trabajo, Nancy Laos, los más interesados serían los 218 mil contratados bajo el régimen del Contrato Administrativo de Servicios(CAS), que actualmente representan el 40% de la planilla estatal, pues bajo su actual estatus laboral no acceden a las dos gratificaciones anuales ni tienen CTS.

“Pensamos que sí optarían por el cambio, por ejemplo, un trabajador CAS, que tiene beneficios recortados, que es el 40% en el Estado, optaría por esta nueva carrera. Solo con este 40% que opte por pasar al servicio civil sería muy importante”, indicó.

Asimismo, según Juan Carlos Cortés, presidente de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, los ingresos de los trabajadores que pertenecen al Decreto Legislativo N° 276 aumentarán un 20% si deciden trasladarse al Servicio Civil.

Son 198,273 los empleados públicos contratados bajo este decreto, los cuales actualmente reciben aguinaldos de S/.300, cada uno, y su CTS es menor a un sueldo.

AUMENTOS SEGÚN MÉRITOS
Eso sí, Cortés precisó que, para migrar al nuevo régimen, los trabajadores tanto del CAS como de los decretos N° 276 y N° 728 tendrán que postular. “Hay grupos importantes de algunas instituciones que están diciendo que van a pasar”, aseguró el funcionario.

Por su parte, Jorge Danós, experto en derecho administrativo y exsecretario de Gestión Pública, sostuvo que esta reforma era necesaria pues actualmente hay en el Estado 100 escalas remunerativas y 400 conceptos de pago.

“Hay un desorden absoluto que no incentiva a que se trabaje bien. Con el Servicio Civil, las mejoras salariales se darán por meritocracia y capacitación, no por sentencias judiciales ni huelgas”, anotó.

DATOS

– Reglamentación. Tras la aprobación del Congreso, el presidente Ollanta Humala tiene un plazo de 30 días para promulgar la norma. Luego, el Ejecutivo tiene 180 días, como máximo, para reglamentar.

– Se opone. La excandidata presidencial Keiko Fujimori le pidió a Humala que no promulgue la ley. “Su partido les ha dado la espalda a los servidores públicos”, dijo en su cuenta de Twitter.

En: Peru21 

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El Poder Ejecutivo promulgó la Ley del Servicio Civil

La norma, que reordenará el sistema público, será implementada en seis años. Su aprobación ha generado marchas y protestas en Lima y ciudades del interior del país

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El Ejecutivo promulgó este jueves 4 de julio la Ley del Servicio Civil, que fue aprobada el martes en el pleno del Congreso en medio de protestas en Lima y ciudades del interior del país.

La ministra de Trabajo, Nancy Laos, sostuvo que la norma otorga beneficios tangibles a los trabajadores públicos y negó que esta tenga como finalidad generar una ola de despidos.

En esa línea, explicó que los trabajadores del régimen CAS (Contrato Administrativo por Servicios) podrán acceder a dos gratificaciones por año en función a su sueldo y la posibilidad de contar con la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).

Dijo que si bien la incorporación de las entidades a la carrera de servicio civil es voluntaria, señaló estar convencida que ningún trabajador desaprovechará las oportunidades que ofrece la nueva norma.

Además, explicó que la ley será implementada en las instituciones del Estado en un plazo de seis meses.

Tras su promulgación, el Gobierno tiene un plazo de 180 días para elaborar el reglamento de la Ley del Servicio Civil.

La norma lleva la rúbrica del presidente Ollanta Humala y del primer ministro, Juan Jiménez Mayor.

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Pleno del Congreso aprobó la Ley del Servicio Civil

Considero que el Estado en su rol como empleador tiene una naturaleza distinta a la de un empleador privado, pues este último: Es más flexible, se puede negociar con él sobre cualquier materia, tiene recursos propios, esta dirigido a fines de lucro y, por tanto, prima el interés privado mas allá que el público, común o general. Esta serie de factores, frente a la naturaleza del Estado-empleador, configuran un límite razonable (ponderable) de algunos derechos de los trabajadores públicos. Asimismo, se requiere que existan trabajadores públicos capacitados por el propio Estado, que exista una evaluación sobre la función del puesto, con la finalidad que se brinde un servicio de calidad al ciudadano. 

Pleno del Congreso aprobó la Ley del Servicio Civil en medio de protestas

Desde las filas del oficialismo han señalado que la norma garantiza los derechos de los servidores públicos. Sin embargo, los empleados estatales se oponen al dictamen

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Luego de casi dos sesiones, el pleno del Congreso de la República aprobó hoy la Ley del Servicio Civil, que tiene como finalidad ordenar el aparato estatal en un solo sistema. Con 58 votos a favor, 45 en contra y tres abstenciones, la iniciativa del Ejecutivo que pasó por la Comisión de Presupuesto logró obtener luz verde.

Además, a pedido de la presidente de la Comisión de Presupuesto, Josué Gutiérrez (Gana Perú), la representación nacional también exoneró a la norma de una segunda votación.

Gutiérrez sostuvo que el dictamen de la norma garantiza los derechos de los trabajadores públicos a la estabilidad laboral y la sindicalización.

La propuesta contempla, entre otros puntos, mantener el cálculo de la CTS sobre el 100 por ciento “de la valorización principal y ajustada que le fueron pagadas al servidor civil en cada mes durante los últimos 36 meses de trabajo, por cada año de servicios efectivamente prestados”.

También se ha dispuesto que el periodo de prueba para quienes se pasen al régimen laboral del Servicio Civil se aplique solo a los nuevos trabajadores y no a quienes formen parte de los regímenes de los decretos 276 y 728 y del CAS.

En su exposición Gutiérrez enfatizó que el derecho a sindicalizarse se respeta en el nuevo texto y que se retirará el término “sindicalización por entidades”.

En cuanto a los ceses de trabajadores, estos se darán “de manera excepcional”.

Por su parte, el congresista acciopopulista Yonhy Lescano sostuvo que Gutiérrez solamente “ha maquillado” la iniciativa, que consideró “retrógrada, porque maltrata a los trabajadores, desconoce sus derechos constitucionales y prácticamente no va a permitir una mejor gestión en la administración pública”.

Los trabajadores públicos han rechazado esta norma al aducir que implementa mecanismos para el cese colectivo e impide la negociación colectiva. Por ello, han salido a las calles de Lima y ciudades del interior del país a protestar.

En: Elcomercio

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Ley del Servicio Civil no busca despidos, reitera ministra de Trabajo

Es necesario un reordenamiento o reforma de las reglas de empleo público peruano, pues el país ha crecido a pesar de no tener las mejores instituciones ni un personal verdaderamente calificado para afrontar ese crecimiento económico.

Ello con la finalidad de hacerlo más eficiente tanto en capacidad para atraer inversiones, de gasto y fiscalización en los distintos ámbitos, entre los que se encuentra primordialmente la ciudadanía, que demandan un bien o servicio de calidad por parte del Estado.

No se puede duplicar o triplicar la riqueza y el bienestar del país si no se asume el desafío de elevar la calidad de las instituciones públicas y su personal, que son las que permiten que las inversiones operen con calidad, eficiencia y transparencia. Es necesaria una urgente reforma del Estado, este es un asunto neurálgico que ha tenido varios intentos de reforma sin éxito desde hace 20 años. Esta es la oportunidad para el país.

Sin las personas correctas no se podrá avanzar, así tengamos las mejores leyes, por eso debe exigirse la Meritocrácia en el ingreso, la evaluación de desempeño y la capacitación permanente del trabajador, el incremento de sus salarios, remuneraciones que sean traducidas en jubilaciones justas y rentables al momento de su retiro, etc.

Se debe garantizar la coexistencia de los derechos y deberes del trabajador público en un sistema ordenado que genere un buen servicio al ciudadano, con un personal que tenga una verdadera vocación de servicio y demuestre capacidad e institucionalidad acorde con el contexto económico que estamos viviendo.

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“Se apunta a un reordenamiento y buscar eficiencia en el servicio”, subrayó Nancy Laos

La ministra de Trabajo, Nancy Laos, reiteró que el proyecto de Ley del Servicio Civil no busca reducir personal, ni despidos, sino reordenar los diferentes regímenes laborales en la administración estatal para mejorar los beneficios para quienes no lo tienen.

“Lo importante es que se entienda que con esta reforma del Estado no se apunta a que haya despidos, la norma no contiene ninguna posibilidad de salida, ni incentivos de renuncias, nada. Se apunta a un reordenamiento y buscar eficiencia en el servicio”, subrayó.

Refirió que en la administración pública coexisten tres regímenes laborales, los decretos legislativos 276, 728 y el Contrato Administrativo de Servicios (CAS), con remuneraciones diferentes, situación que no genera el mejor clima para trabajar, porque genera enfrentamiento y desigualdades.

AVAL DEL MEF
Asimismo, la titular de Trabajo señaló que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) avala la reforma del Estado y le da la sostenibilidad a través de un equilibrio presupuestario, con una etapa progresiva en un plazo de siete años.

“Se prevé que por lo menos debe requerirse unos tres mil millones (de soles), es un tema con una progresividad que es la que necesitamos, para darle la sostenibilidad” declaró en Canal N.

Indicó que la escala salarial todavía no está definida, y que esta va a ser aprobada técnicamente por Servir, se busca que las remuneraciones estén acorde con el talento y que el personal no se vaya a la actividad privada.

“No podemos desperdiciar esta oportunidad de tener finalmente una carrera civil ordenada, que la ciudadanía además reclama para tener una calidad de servicio en el Estado” subrayó. En ese sentido, señaló que el 84 por ciento de la población apoya el proyecto de la Ley del Servicio Civil, según encuestas realizadas.

Además, indicó que se trata de un proyecto sumamente técnico, elaborado durante un año por una comisión multisectorial con expertos de las Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), de Servir, y aportes de académicos nacionales e internacionales.

En: Elcomercio

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Un 84% aprueba que la meritocracia se aplique a trabajadores del Estado

Encuesta de Ipsos Perú reveló que el 62% considera que la ley de servicio civil debe defender a los trabajadores

Poco más de la tercera parte de la población en el Perú (36%) conoce o ha oído hablar sobre la reforma del servicio civil. Es decir, de la ley que reordenará la situación laboral de los trabajadores del sector público. Según una encuesta de Ipsos Perú, la mayoría de este grupo aprueba la reforma.

Cabe precisar que esa aprobación crece entre el total de encuestados –*llega al 84%*– luego de ser informados sobre la reforma.

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Si bien uno de los aspectos de la ley busca que mejore la atención a los ciudadanos, esto no sería una prioridad, ya que la mayoría del total de entrevistados (62%) respondió que el objetivo principal de la reforma del servicio civil debe ser defender los derechos de los trabajadores. Mejorar la atención a los ciudadanos fue la respuesta del 32% de encuestados.

“Los ciudadanos se identifican más con los trabajadores del sector público sector público –en el que muchos no tienen sus derechos laborales completos– antes que con su propia condición de usuarios del sector público. Es decir, que *la población no tiene suficiente conciencia de sus derechos como ciudadanos*”, opinó Alfredo Torres, presidente ejecutivo de Ipsos Perú.

Pese a esa cifra, el 79% del total sí considera que la reforma tendrá un impacto positivo en los servicios que brinda el Estado.

PUNTOS A FAVOR
Según los resultados, la meritocracia [que las remuneraciones y los ascensos estén en función del desempeño de los trabajadores peruanos* es ampliamente aceptada como base de la reforma del servicio civil*. “La encuesta refleja la necesidad de incorporar la meritocracia. Hace treinta años el Estado no cambia su régimen laboral y esta reforma sí permite introducir reales modificaciones”, opinó el abogado laboralista Jorge Toyama, del estudio Miranda & Amado.

Otras de las razones de desaprobación de la reforma son que se afectarían las condiciones laborales de los trabajadores y la posibilidad de que ocurran despidos.

En:
Elcomercioperu

Diario gestión

Encuesta de ipsos Perú muestra importante respaldo a Ley del Servicio Civil

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Trabajadores CAS pasan al Servicio Civil

El Contrato Administrativo de Servicios – CAS es una modalidad contractual de la Administración Pública, privativa del Estado, que vincula a una entidad pública con una persona natural que presta servicios de manera no autónoma.

Se rige por normas del derecho público y confiere a las partes únicamente los beneficios y las obligaciones que establece el Decreto Legislativo Nº 1057 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM. A partir de la publicación de la Ley Nº 29849 que dispone la eliminación progresiva del CAS se reconocen una serie de derechos señalando que esta es una modalidad especial de contratación de carácter transitorio con derechos reconocidos tales como vacaciones, aguinaldos, licencias y libertad sindical.

No está sujeto a las disposiciones del Decreto Legislativo Nº 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público—, ni al régimen laboral de la actividad privada, ni a ningún otro régimen de carrera especial.

 

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Una prestación de servicios de carácter no autónomo es la prestación de servicios que realiza una persona a favor de una Entidad Pública de manera dependiente, sin que ello implique un vínculo laboral con la Entidad. ¿O sea?
Trabajadores CAS pasan al Servicio Civil

Esta semana deben conocerse aspectos técnicos referidos a la iniciativa que permitirá que los trabajadores CAS pasen al nuevo régimen laboral del Estado.

Esta semana, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) debe estar recibiendo de la comisión multisectorial –conformada por la PCM, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) y el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF)– el proyecto de ley que contenga los aspectos técnicos de la reforma del Servicio Civil, que debe ser debatido a profundidad.

Luego de su revisión, este proyecto debe ser enviado al Parlamento donde se debatirá la iniciativa que permitirá el pase progresivo de los trabajadores con Contrato de Administración de Servicios (CAS) al nuevo régimen laboral en el Estado.

Se sabe que para la implementación del nuevo régimen del Estado se destinará S/. 500 millones adicionales a los previstos en la Ley de Presupuesto. “Esto, el traslado al Servicio Civil, será un proceso gradual y progresivo de ordenamiento en la planilla, de mejores salarios, pero también en el marco de la mejora de la calidad de los servicios que se prestan. Esta es la principal reforma del capital humano, es la reforma de fondo”, dijo hace unos días el titular del MEF, Luis Miguel Castilla.
El funcionario además precisó que “si bien no se van a ver resultados de la noche a la mañana, si no nos ponemos las ‘pilas’ en este aspecto no seguiremos creciendo a las tasas que tenemos que crecer para generar empleo y reducir la pobreza”.

Burneo opina
Al respecto, el representante del Perú ante el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Kurt Burneo, afirmó que el pase progresivo de los trabajadores CAS al Servicio Civil es un primer paso, en un contexto donde se tienen diversos regímenes laborales. “El Estado cuenta hoy con mucha más cantidad de recursos; entonces, de lo que se trata no es solo mirar financieramente las cosas, es decir, cuánto se gasta, sino dar una mirada económica a estos asuntos, para eso una variable crítica es la capacidad de gestión que debe tener el sector público y es allí donde se apuntala esta idea”, explicó.

Agregó que enfocarse en principio en los CAS forma parte de un entendimiento mayor de la necesidad de empoderar las capacidades de gestión del sector público. En opinión de Burneo, es fundamental que el Gobierno tome medidas que impulsen la inversión en capital humano considerando que el Perú es todavía un país de ingresos medios. “Si queremos que el crecimiento del Producto Bruto Interno esté más sustentado en la productividad de los factores, es fundamental la inversión en capital humano”, añadió.

Otros regímenes
El ministro de Trabajo, José Villena, informó que antes de fin de año se presentará la reforma para ser debatida en el Congreso. Explicó que se incluirán a trabajadores de las leyes 276 y 728, y adelantó que no debería haber despidos ni más contrataciones. “La nueva carrera de Servicio Civil crearía un solo régimen laboral en el sector público y no solo será para los trabajadores con Contrato Administrativo de Servicios (CAS)”, indicó.

Sin despidos ni más contrataciones
El ministro Villena adelantó que no debería haber ni despidos ni más contrataciones, pero sí una mejora del nivel salarial con la reforma del Servicio Civil.

Esta norma definiría cuál sería la remuneración y las funciones del trabajador. Además de que el servidor público estará sujeto a una evaluación. “Esto por ejemplo no sucede en la Ley 276. Hoy con la nueva Carrera de Servicio Civil queremos que estén sujetos a una evaluación”, apuntó.

Villena informó que antes de fin de año se presentará el proyecto de la reforma de la carrera civil al Congreso y se implementaría de manera gradual en las diferentes instituciones el próximo año.

El dato
En el presupuesto para el año 2013 se estableció, en la Reserva de Contingencia, unos S/. 500 millones para la Reforma del Servicio Civil, monto que fue anunciado la semana pasada por el ministro de Economía y Finanzas, Luis Miguel Castilla.

En: Expreso Leer más

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