¿Tienen derecho los medios de burlarse de una religión?

El historiador Tom Holland es uno de los que tuiteó la caricatura del profeta Mahoma de Charlie Hebdo tras el mortal ataque en las oficinas de la revista. Holland reflexiona para la BBC sobre si debe tener límites la libertad de expresión, mientras busca las raíces históricas de este derecho.

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Las religiones no son las únicas en tener mártires. El 1º de julio de 1766 en Abbeville, norte de Francia, un joven noble llamado Lefebvre de la Barre fue condenado por blasfemia. Los cargos en su contra eran numerosos: que había defecado en un crucifijo, escupido imágenes religiosas y que se había rehusado a quitarse el sombrero cuando pasó una procesión de la Iglesia.

Esos crímenes, junto con la destrucción de una cruz de madera en el puente principal de la localidad, fueron suficientes para que lo sentenciaran a muerte. Tras cortarle la lengua y la cabeza, sus restos mortales fueron quemados y tirados al río Somme.

Entre sus cenizas estaban las de un libro que habían encontrado en el estudio de La Barre y consignado a las llamas junto con su cuerpo: el Diccionario Filosófico del notable filósofo Voltaire.

Voltaire mismo, al enterarse del destino de su lector, se horrorizó. “La superstición”, declaró desde su refugio en Suiza, “hace que el mundo estalle en llamas”.

Dos siglos y medio más tarde, lo que le parece blasfemia a la mayoría de la gente en Occidente es la noción de que maten a alguien por criticar a un dogma religioso. Los valores de la libertad de expresión y tolerancia por los que hizo campaña Voltaire toda su vida se han consagrado como la encarnación misma de lo que los europeos, en general, valoran más de su propia civilización.

Voltaire, con su sonrisa burlona, todavía es su santo patrón. En Francia, donde los ideales laicos son atesorados con más tesón, regularmente se le invoca cuando se percibe que el legado de la Ilustración está siendo amenazado.

Cuando Philippe Val, el editor de Charlie Hebdo, publicó un libro en 2008 que defendía el derecho de los caricaturistas a burlarse de los tabúes religiosos, el título era elocuente: “Vuelve Voltaire, se están volviendo locos”. No era a los cristianos principalmente a los que Val estaba llamando locos.

Distintos

Entre el siglo XVIII y el XXI, la configuración religiosa francesa ha cambiado radicalmente.

No sólo porque el poder de la Iglesia católica disminuído precipitadamente, sino porque llegaron al país unos seis millones de inmigrantes con una fe muy distinta.

Islam, a diferencia del catolicismo, desaprueba profundamente del arte figurativo. Además conmemora a Mahoma -el profeta que sus seguidores creen que recibió la revelación divina por excelencia, el Corán- como el modelo de la conducta humana.

Los juristas musulmanes tradicionalmente consideraban los insultos en su contra como el equivalente a la incredulidad, y la infidelidad era un crimen que merecía el infierno.

Nada en el Corán mismo lo calificaba como una ofensa capital. “La verdad viene de nuestro Señor así que quien lo desee, déjenlo creer, y quien lo desee, déjenlo descreer”.

No obstante, una historia preservada en la biografía más antigua de las que sobreviven de Mahoma sugiere una visión más punitiva. Tan punitiva, de hecho, que algunos estudiosos musulmanes -quienes generalmente se resisten más a aceptar que la versión antigua de la biografía de su profeta pueda ser poco fiable- han llegado hasta a cuestionar su veracidad.

La historia habla sobre el destino de Asma bint Marwan, una poetisa de la Meca. Después de que se burló de Mahoma en sus versos, él gritó: “¿Quién se deshará por mí de la hija de Marwan?”. Dicho y hecho: esa misma noche, uno de los seguidores de Mahoma la mató en su propia cama.

Cuando el asesino reportó su acto, el profeta se lo agradeció personalmente diciendo: “Le has ayudado tanto a Dios como a su mensajero”.

Infamia

“Aplasta lo infame”, urgía Voltaire a sus admiradores. El islam demanda lo mismo. La diferencia está, claro, en la definición de “lo infame”.

Para los caricaturistas de Charlie Hebdo -quienes en 2011 publicaron una edición con un Mahoma de ojos desbordados, así como antes habían retratado a Jesús como un concursante en el reality “La isla” y al papa Benedicto sosteniendo un condón en misa-, lo infame es las pretensiones de las autoridades en cualquier lugar, desde en la política hasta en la religión.

Para quienes mataron a los periodistas en la oficina de Charlie Hebdo esta semana, lo infame es burlarse de un profeta que para ellos debe existir libre de siquiera una insinuación de crítica.

Entre esas dos posiciones, cuando son defendidas con la misma pasión y convicción por ambas partes, no hay posibilidad de reconciliación.

El caso de Salman Rushdie fue el primer síntoma de esa situación. Desde entonces, como un dolor de muelas permanente que a veces te hace brincar, el problema nunca se ha ido.

Yo experimenté directamente cuán espinoso puede ser en 2012, cuando hice un documental llamado “Islam: la historia no contada”, en el que exploré el creciente consenso entre historiadores de que mucho de lo que los musulmanes han creído tradicionalmente sobre la vida de Mahoma probablemente no está basado en hechos históricos, lo que causó una tormenta de amenazas de muerte.

A diferencia de Charlie Hebdo, yo no tenía la intención de ofender. Yo no soy un satírico, y usualmente no disfruto hiriendo los sentimientos de otros. Sin embargo, yo también pienso que algunos derechos merecen ser defendidos, y entre ellos está el de la libertad de los historiadores de cuestionar los mitos originales de las religiones.

Es por ello que cuando me enteré de las noticias de lo que ocurrió en París, decidí hacer algo que de otra manera no habría hecho nunca: tuiteé una caricatura de Charlie Hebdo de Mahoma.

La BBC, en contraste, decidió no reproducir esa caricatura en este artículo. Muchas otras organizaciones de medios -aunque no todas- hicieron lo mismo.

Yo me rehúso a estar atado por un tabú de blasfemia de facto.

Aunque en circunstancias normales no siento ninguna necesidad de burlarme de las creencias que otras personas aprecian, esto está muy lejos de ser una circunstancia normal. Como tuiteé, el derecho a dibujar a Mahoma sin que a uno lo maten es tan preciado para muchos de nosotros en Occidente como el islam presuntamente lo es para los asesinos de Charlie Hebdo.

Nosotros también tenemos nuestros valores, y si no estamos dispuestos a defenderlos, nos arriesgamos a perderlos.

Cuando se trata de definir “lo infame”, yo no tengo ninguna duda respecto a lo que defiendo.

Tom Holland
Historiador. Especial para la BBC

En: BBC

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Ley del Servicio Civil – Procedimiento disciplinario instaurado por infracciones cometidas con anterioridad al 14 de setiembre de 2014

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La Undécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil (publicado el 13 de junio de 2014 en el Diario Oficial “El Peruano”) señaló que el título correspondiente al régimen disciplinario y procedimiento sancionador debía entrar en vigencia a los tres (3) meses de publicado el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM con el fin que las entidades adecuen internamente a dicho procedimiento.

El régimen disciplinario y procedimiento sancionador de la Ley N° 30057 entró en vigencia el 14 de setiembre de 2014. En consecuencia, los procedimientos que se instauren hasta el 13 de setiembre de 2014 se rigen por las normas con las que se les imputó responsabilidad administrativa a los servidores civiles, las cuales se aplicarán hasta la terminación del procedimiento disciplinario en segunda instancia.

Respecto a las normas aplicables en los procedimientos disciplinarios en trámite, como los literales g) y h) de la única disposición complementaria derogatoria del Reglamento derogan los artículos 4º, los Títulos I, II, III y IV del Reglamento del Código de Ética de la Función Pública; así como los Capítulos XII y XIII del Reglamento de la Carrera .Administrativa, parecería que las entidades públicas carecerían de marco normativo para procesar a los servidores denunciados bajo dichos regímenes.

Esta interpretación no sería acorde con la potestad sancionadora del Estado y con el principio de seguridad jurídica, debido a que las entidades públicas deben contar con mecanismos para actuar frente a actos que generen una afectación a los intereses generales; contra el adecuado funcionamiento de la entidad y de toda la Administración Pública.

De una interpretación sistemática de la Ley y su Reglamento en materia del régimen disciplinario de la 30057, es posible inferir que el plazo de tres meses para su entrada en vigencia tiene por finalidad que las entidades públicas adecuen sus procedimientos internos a las nuevas disposiciones aplicables a sus servidores civiles en materia disciplinaria; y que los servidores conozcan las reglas bajo las cuales serán procesados. En este contexto, la disposición complementaria derogatoria antes aludida no puede ser entendida como un vacío normativo, sino que esta debe ser leída en el sentido del periodo de adecuación dispuesto por la Ley y el Reglamento.

Los procedimientos disciplinarios que se instauren a partir del 14 de setiembre de 2014 sobre faltas cometidas en fechas anteriores (hasta el 13 de setiembre de 2014) se rigen bajo las reglas procedimentales del régimen de la 30057.  Las faltas atribuidas a los servidores civiles serán las que correspondan en el momento en que ocurrieron los hechos.

Fuente: Informe Técnico N° 424-2014-SERVIR/GPGSC

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