Servir: Conozca las 141 entidades del Estado que ingresan a la Ley del Servicio Civil

De acuerdo con Servir, la mayor cantidad de entidades que están iniciando en este nuevo régimen son del gobierno nacional con 104 instituciones.

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La Ley del Servicio Civil está en pleno proceso de implementación y ala fecha son 141 entidades públicas las que la vienen implementando, informó la Autoridad del Servicio Civil (Servir).

Del total de entidades que están en este tránsito al Servicio Civil, 104 pertenecen al gobierno nacional, 7 al gobierno regional y 30 a bobiernos locales.

Estas cifras representan que, a la fecha, el 72.7% de las entidades de gobierno nacional y el 30% de los gobiernos regionales han iniciado su proceso de implementación.

De acuerdo con Servir, la última entidad pública en solicitar el inicio de su proceso al tránsito a la Ley del Servicio Civil fue el Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado – Hideyo Noguchi”.

Servir destacó que hay tres entidades que se encuentran en la tercera etapa de la Hoja de Ruta de Tránsito (etapa de mejoras), 61 en la segunda etapa (análisis situacional) y 77 en la primera etapa (preparación).

VEA AQUÍ LAS 141 ENTIDADES QUE ESTÁN EN TRÁNSITO A LA LEY DEL SERVICIO CIVIL

En: gestion.pe

Si se le cayó el vínculo del diario gestión, vea: 141 entidades del Estado que ingresan a la Ley del Servicio Civil

Lineamientos para el tránsito de una entidad pública al régimen del servicio civil – Etapa 3: Aplicación de la mejora interna

Etapa 3: Aplicación de la mejora interna

La entidad promueve una mejora integral en sus procesos y puestos a través de la mejora de sus instrumentos de gestión:

1. De ser el caso, actualiza o reestructura el Reglamento de Organización y Funciones (ROF).

2. De ser el caso, actualiza o reestructura el Manual de Procesos.

3. Establece los puestos necesarios y los perfiles de dichos puestos, acorde con las funciones que deban desempeñar. A partir de ello, se elabora el Manual de Perfi les de Puestos – MPP, de conformidad con la metodología aprobada por SERVIR.

4. Una vez actualizados los instrumentos de gestión señalados en los puntos anteriores, valoriza los puestos, de acuerdo con el Reglamento de Compensaciones dispuesto por la Décima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil.

5. Elabora el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE). Este instrumento de gestión reemplaza al Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y al Presupuesto Analítico de Personal (PAP) de conformidad con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil.

Fuente: RPE N° 160-2013-SERVIR/PE

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Lineamientos para el tránsito de una entidad pública al régimen del servicio civil – Etapa 1: Preparación de la Entidad

1. Preparación de la entidad: Esta es la primera etapa para el tránsito de las entidades al nuevo régimen del servicio civil.

Durante esta etapa:

a. Se conformará una Comisión de Tránsito al Régimen del Servicio Civil que estará encargada de impulsar el proceso de tránsito al nuevo régimen y la difusión y supervisión de cada una de sus etapas y, en representación de la entidad, coordinará con SERVIR el desarrollo de las
etapas de dicho proceso.

b. Se buscará garantizar que todos los servidores públicos de la entidad conozcan los objetivos que se persiguen en el proceso de tránsito, así como las características y la importancia de cada una de sus etapas.

c. Se pondrán a disposición de las entidades las metodologías y herramientas para ser utilizadas en las etapas del proceso de tránsito al nuevo régimen. SERVIR pondrá a disposición las metodologías y herramientas necesarias para dicho tránsito. La Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros será la encargada de proveer las metodologías y herramientas necesarias en lo referido a procesos.

d. La Comisión de Tránsito al Régimen del Servicio Civil, se conformará mediante Resolución Administrativa del titular de la entidad y estará compuesta al menos por:

• Un representante del titular de la entidad, de preferencia será un servidor que ejerza funciones atribuidas a la entidad.
• El Secretario General o Gerente General o quien haga sus veces.
• El jefe del área de Recursos Humanos, o el que haga sus veces.
• El jefe del área de Planifi cación y Presupuesto, o Racionalización, u Organización y Métodos, o la que haga sus veces.
• Un representante del área de Administración, o la que haga sus veces.

Fuente: RPE N° 160-2013-SERVIR/PE

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