“Concursos para ingresar a régimen Servir iniciarán antes de finalizar el Gobierno”

La Ley del Servicio Civil es una de las políticas públicas mas importantes para el país.

La Ley del Servicio Civil es una de las políticas públicas mas importantes para el país.

ENTREVISTA Juan Carlos Cortés, presidente ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil. A la fecha ya hay más de 160 entidades públicas que están adecuando sus procesos al nuevo régimen Servir, y ya hay 14 instituciones que podrían empezar a contratar.

Por: Omar Mariluz Laguna
omariluz@diariogestion.com.pe

Juan Carlos Cortés es un funcionario paciente. Sabe que el proceso de adecuación de las entidades para pasar al nuevo régimen del Servicio Civil es lento, pero confía en que será la base para formar servidores públicos e instituciones más eficientes y operativas.

Hay cierto consenso de que se requiere un mejor servicio de las instituciones públicas, ¿qué ha cambiado desde que se creó Servir en el 2008 ?

Hoy diríamos que muchas instituciones tiene ese nuevo chip, tratan de mejorar su atención al ciudadano, de mejorar las cosas, tratan de tener menos trámites, de simplificar el tema; todo esto ha ido en una evolución favorable, y eso significa también una preocupación por parte de los servidores.

Pero imagino que hay una fuerte resistencia.

Lo favorable en este caso es que dijimos no hay despidos y no ha habido ningún despido. Ya la ley está vigente hace un año y la idea no es despedir sino cómo comenzamos a sacarle lo mejor que tienen las personas. Adicionalmente, la idea de Estado no es considerarlo chico o grande, eso no interesa, lo que interesa es cómo damos mejor servicio al ciudadano.

No digo que solo vayan a haber despidos con el rediseño de todo el sistema, probablemente haya contrataciones, pero también va a tener que haber despidos y eso genera las resistencias…

Todo cambio va a tener mayores o menores resistencias, pero hay una reingeniería que se está haciendo en este momento en el 90% del Ejecutivo, en donde cada institución está tomando una fotografía de sus procesos, de las personas, se están sincerando las cosas para luego comenzar a ver mejoras.

¿Es un proceso complejo?

Es complejo y demora. Nos están criticando mucho en el sentido que demora, sí pues, demora qué empresa privada grande puede hacer una reingeniería en poquísimo tiempo, es imposible.

Entiendo que en todo este tiempo todavía no hay ninguna empresa que contrate bajo el nuevo régimen Servir…

Ninguna entidad, digamos no, porque hay un proceso que es largo, hay varios ministerios, todos los ministerios están dentro de este proceso que llamamos hoja de tránsito.

¿Y cuántas entidades ya están en el proceso?

Hoy día son más de 160 entidades públicas.

¿Y en qué etapa del proceso?

Es que son diferentes etapas. Y cada una lo está haciendo en función a varios aspectos como cuán grande es, cuántas funciones tiene, qué roles tiene, y cuán atrasada puede estar; porque hay entidades que son pequeñas o ya han venido avanzando, por ejemplo, las reguladoras.

Pero entiendo que en el 2018 ya comenzaría a eliminarse el régimen CAS…

Lo que tiene que suceder con el CAS (contratos administrativos de servicios) es que conforme vayan pasando van a comenzar efectivamente a concursar. Ahora, el 2018 fue una fecha que se colocó en un proyecto de norma, pero la idea es que los CAS comiencen a pasar y van a pasar porque es un régimen ya con estabilidad.

¿Cuándo se esperaría que ya se comience a contratar bajo el nuevo régimen Servir?

Son 14 instituciones del poder Ejecutivo que están sumamente avanzadas, como el Ministerio de Economía, Justicia, Defensa, Servir, Ceplan, Concytec, la agencia de compras de las Fuerzas Armadas y algunas reguladoras.

¿Y cuándo ya podrían comenzar a contratar?

Lo que estamos pensando es que comiencen los concursos de un grupo importante de entidades antes de finalizar este Gobierno para las que están más avanzadas y generar un efecto contagio. Pero también tenemos que medir las cosas porque hay que ser muy responsables en esto, porque hay que ver el impacto económico.

¿En qué sentido?

Porque, por ejemplo, los trabajadores que están en el régimen 276 el solo hecho de pasar a este nuevo régimen representa un incremento de sus remuneración anual de 18%, porque en vez de pagarle una gratificación de S/. 300 se les va a pagar un sueldo.

Y además CTS…

Claro, y la CTS ya no es el monto pequeño que tiene sino un monto de acuerdo a las remuneraciones que tendrán y en el caso de los trabajadores CAS hay mayores derechos que tendrán, eso significa un monto mayor independientemente de la plaza.

Usted dice que el tema del tamaño del Estado no es un problema, ¿eso arrojó el diagnóstico que hicieron?

No, lo que digo es que puede ser un problema si no crecemos planificadamente. Digo que la discusión no es el tamaño del Estado sino el servicio que le damos al ciudadano, entonces la mirada es distinta.

¿En qué sentido distinta?

Como en el tema de los presupuestos, la mirada de Servir no es cuánto presupuesto tienes y cuánto dejas de ejecutar sino la calidad del gasto en el presupuesto. Tienes que mirar lo otro, pero lo principal es la calidad porque si no se gasta en cosas que digamos no tiene ninguna importancia y ya cumplí con el 100%.

¿Cuántos trabajadores CAS hay en este momento en el Estado? El último estimado hablaba de unos 400,000.

No lo sé en este momento porque esto va variando. Porque a veces lo que tenemos es el número de contratos CAS y no el número de personas ocupando esos puestos, y la diferencia es grande porque hay algunos CAS que se van renovando cada mes y hay unos que se van renovando cada tres meses.

Lo ideal sería saber cuántos trabajadores tiene el Estado.

No, se sabe aproximadamente pero el tema es que esto varía mes a mes porque hay trabajadores CAS que ya no están laborando o trabajadores CAS que se están incrementando. Pero sí ha crecido sin lugar a dudas el número de CAS y es parte del sinceramiento que tenemos que hacer.

El Tribunal Constitucional va a fallar en estos días sobre las negociaciones colectivas en la ley Servir…

La negociación colectiva en la ley de presupuesto que es al parecer lo que viene primero, pero hay un camino en el que estamos andando que no creo que vaya a ser afectado que es el tema de la meritocracia y los propios miembros del TC en la ley del magisterio han demostrado que están a favor de la meritocracia.

Evaluación de desempeño comenzará este año en cuatro instituciones
El presidente ejecutivo de Servir, Juan Carlos Cortés, adelantó que como parte del proceso de adecuación que llevan a cabo las instituciones, este año iniciarán un programa piloto de evaluación por desempeño del personal en cuatro instituciones, mecanismo que será obligatorio para todas las entidades del Estado cuando se haya implementado el régimen.

“Ahorita son cuatro: Serfor, INPE, Sucamec y nosotros, el próximo año serán 16 y luego así sucesivamente. Pero no vamos a hacer en este momento la evaluación en la cual tiene una calificación negativa para el trabajador”, sostuvo.

Cortés refirió que esto ayudará a observar cómo funcionaría el proceso de evaluación por desempeño y para elaborar las estrategias de cómo comenzar a calificar y capacitar a los jefes, que son finalmente los que deciden las metas.

“Porque es importantísimo cómo decides las metas porque al final el evaluado va a ser el jefe”, anotó.

para recordar

¿Qué es Servir? Es la Autoridad Nacional del Servicio Civil o la gerencia de recursos humanos de la administración pública encargada de supervisar el nuevo régimen laboral que crea la ley Servir.

Mejoras del nuevo régimen. Los trabajadores que ingresen al nuevo régimen Servir percibirán mayores ingresos vía prestaciones (gratificaciones) y CTS. Además de mayor pensión.

Línea de carrera. El régimen ofrece un mayor horizonte de carrera (permanencia en el puesto) y capacidad de progresión en la institución y movilidad entre las diversas entidades del Estado.

Capacitación. La evaluación de desempeño permitirá capacitar a los que salgan mal y premiar a los mejores. Habrá mayor equidad remunerativa, claridad en régimen sancionador, entre otros.

Hoja de vida
Trabajó: Socio del Estudio Gonzales & Asociados, docente de la Academia de la Magistratura y árbitro de la Cámara de Conciliación y Arbitraje de la SEPS.
Estudios: PUCP.

En: gestion

Estructura de la Nueva Ley del Funcionario Público de la Administración Central – Ley 19.121 – Uruguay

24/07/2013

La Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay dio fuerza de Ley al nuevo Estatuto del funcionario público y Ley de Faltas, ambas iniciativas provenientes del Poder Ejecutivo.

Con esta Ley será obligatorio que los nuevos funcionarios públicos trabajen ocho horas semanales. Asimismo, se incluye una cláusula que permite a los jefes directos modificar esa disposición de acuerdo a las necesidades de la tarea.

También se recortan los feriados no laborables pagos a cinco, como sucede en el caso de la actividad privada: el 1º de enero, el 1º de mayo, 18 de julio, 25 de agosto y 25 de diciembre.

La carrera administrativa estará dividida en seis etapas, y los cargos gerenciales estarán sujetos a lo que dispongan las jerarquías (jefes de entidad). Por otro lado se establece que podrá haber sanciones que implique suspender a un funcionarios por hasta 10 días sin la necesidad de un sumario.

Con este Estatuto los sistemas no se focalizan en la antigüedad ni en el transcurso del tiempo como derecho al avance en la carrera, sino en los talentos y virtudes de cada uno.

22/08/2013

El Poder Ejecutivo promulgó la Ley Nº 19.121, que organiza la relación laboral que mantendrá con sus funcionarios públicos. Esta norma regula desde la incorporación, el ascenso, las licencias, el régimen disciplinario, la desvinculación del cargo público, los derechos y obligaciones de los funcionarios. Establece una jornada de 8 horas y limita las horas compensadas a 10 días anuales, que deberán usarse en el año generado.

La estructura de la norma aprobada es:

La Cámara de Representantes
de la República Oriental del
Uruguay , en sesión de hoy ,
ha sancionado el siguiente
Proyecto de Ley
ESTATUTO DEL FUNCIONARIO PÚBLICO DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
TÍTULO I
DE LOS FUNCIONARIOS PRESUPUESTADOS Y
CONTRATADOS DEL PODER EJECUTIVO

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO II
CONDICIONES DE TRABAJO, DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES,
PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES

CAPÍTULO III
EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO

TITULO II
DE LOS FUNCIONARIOS DE CARRERA

CAPÍTULO I
INCORPORACIÓN A UN CARGO PRESUPUESTAL

CAPÍTULO II
CONFORMACIÓN DE LA REMUNERACIÓN

CAPITULO III
SISTEMA ESCALAFONARIO

CAPITULO IV
EL ASCENSO

CAPÍTULO V
SISTEMA DE ROTACIÓN

CAPÍTULO VI
FUNCIONES DE ADMINISTRACIÓN SUPERIOR

CAPÍTULO VII
SUBROGACIÓN

CAPÍTULO VIII
RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA

CAPÍTULO X
DESVINCULACIÓN DEL FUNCIONARIO PÚBLICO

TITULO III
DE LOS FUNCIONARIOS CONTRATADOS

TITULO IV
DESAPLICACIONES

TÍTULO V
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y ESPECIALES

 

Ver en: IMPO Centro de Información Oficial

Poder Ejecutivo promulgó la Ley de Funcionarios Públicos

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