Ley del Servicio Civil: “Solo cuando las entidades públicas pasen al régimen de Servir ya no contratarán vía CAS”

Ninguna entidad pública tiene implementado el sistema para contratar bajo el nuevo régimen laboral del Estado, ya que falta aprobar su reglamento, explicó Juan Carlos Cortés, presidente de la Autoridad Nacional del Servicio Civil.

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La Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) dio a conocer dos proyectos de reglamento (uno general y otro aplicado a gobiernos locales), que recibieron 414 aportes y que están siendo consolidados para tener un texto final que será presentado al Consejo de Ministros para su revisión y aprobación final.

Una vez aprobados estos reglamentos, el siguiente paso será la aprobación de un reglamento de compensaciones. Por lo que, a la fecha, ninguna entidad pública no puede aún contratar bajo las reglas de este nuevo régimen laboral, Gestión conversó con su presidente sobre el estado de implementación progresiva, que tiene como fecha límite julio del 2019.

¿Qué opina sobre la posibilidad de negociación colectiva respecto a las remuneraciones en la Ley Servir?
Como presidente de Servir considero que la discusión está en los reglamentos que desarrollan la ley. Si bien la ley ha sido cuestionada, en la parte de la negociación colectiva, por un grupo de congresistas y los trabajadores de centrales sindicales, es un tema que se va a decidir en el Tribunal Constitucional, y esperaremos pacientemente la resolución final.

¿El periodo de prueba de la ley se aplica solo para el personal nuevo o para aquellos que tienen una relación laboral anterior con el Estado?
El periodo de prueba es solo para aquellas personas que ingresan al Estado, ya sea porque están al inicio de la carrera o aquellos que estando fuera ingresan a un concurso abierto, es decir, cuando el Estado no tiene referencias del trabajador.

¿Cómo se tratará al personal de confianza en la regulación de Servir en cuanto a remuneración?
La ley establece que cada puesto tiene una valorización definida por la “familia de puesto”, por el cargo que está ostentando. Si un trabajador de carrera pasa a un cargo de confianza y luego pierde esa confianza regresa al puesto donde estaba, el cual tiene un valor determinado.

Servir viene ayudando en la implementación de la ley a diversas entidades. ¿Cuál es su estado?
Hay más de 53 entidades, principalmente las del gobierno central y nacional, que ya han hecho su trabajo para incorporarse dentro de la Ley del Servicio Civil (Ministerio de Economía, Indecopi, Ministerio de Salud, entre otros).

¿Las entidades públicas dejarán de contratar vía Contratos Administrativos de Servicios (CAS)?
Aquella entidad que ingresa a la ley ya no puede contratar vía CAS; mientras todavía no haya ingresado lo seguirá haciendo (contratando).

¿Cuándo ocurrirá ese corte en la forma de contratar?
No inmediatamente, las entidades tienen que terminar el mapeo de riesgos, perfiles, cuadro de personal, valorizaciones y luego de ese momento harían el concurso (público de ingreso). La bandera se levanta cuando se llega al concurso, ahí ya no se contratará más vía CAS.

Fuente: Gestión
Imagen: larepublica

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Trabajadores independientes deben aportar desde agosto próximo para jubilarse

Los jóvenes menores de 40 años deberán cotizar 2,5% de sus ingresos para lograr una pensión en el futuro. Desde agosto del 2013 se inició la afiliación obligatoria en AFP Hábitat o en la ONP, y en tres meses empezarán los descuentos.

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Por Rumi Cevallos Flórez

Agosto es un mes clave para los trabajadores independientes menores de 40 años, porque quienes perciben rentas de cuarta categoría deberán obligatoriamente empezar a realizar sus aportes a la AFP Hábitat o a la Oficina de Normalización Previsional para que tengan una pensión cuando se jubilen.

Michel Canta, superintendente adjunto de AFP de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), afirmó que el reto de este año es ampliar la cobertura previsional en el país, y para ello es importante la participación de los trabajadores independientes.

“En agosto del 2013, la SBS logró el reto de que los independientes empiecen a afiliarse al sistema privado de pensiones o al sistema público, dependiendo de lo que elijan, sin embargo, algunos aspectos políticos retrasaron la ampliación de cobertura”, señaló a La República.

La Ley 29903, que reforma el Sistema Privado de Pensiones, determina el ingreso obligatorio de los nuevos trabajadores independientes menores de 40 años al sistema previsional peruano. La afiliación obligatoria empezó en agosto del 2013, pero la retención de los aportes previsionales quedó suspendida por un año, tras una norma dada por el Congreso, la cual vence en agosto.

“Son 700 mil los trabajadores independientes, de los cuales la mitad tendría menos de 40 años, por lo que deberían afiliarse a un sistema previsional (ONP o AFP Hábitat)”, dijo Canta, tras su exposición en el XII Seminario de la Federación Internacional de Administradoras de Fondos de Pensiones (FIAP) y I Congreso Internacional de la Asociación Peruana de AFP (AAFP), que se realiza hasta hoy en Cusco.

Se debe indicar que Hábitat es la única AFP autorizada para afiliar a los nuevos trabajadores que ingresen al sistema privado de pensiones. Ese monopolio lo tiene por dos años hasta que haya otra licitación, en la que gane la AFP que ofrezca el menor cobro por la administración del fondo de los afiliados.

La República conversó con Rafael Picasso Salinas, presidente del directorio de AFP Hábitat, quien afirmó que cada mes se afilian entre 500 y mil trabajadores independientes. En el caso de los nuevos trabajadores dependientes, en el que también tienen el “monopolio”, la entidad ya afilió a 200 mil, a un ritmo de 20 mil y 25 mil mensuales.

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Se debe resaltar que el aporte previsional de los trabajadores independientes será gradual para no afectar su flujo de caja. Picasso recordó que este año (desde agosto) deberán cotizar 2,5%, luego 5%, después 7,5%, hasta que en cuatro años la tasa sea de 10%, como en la actualidad ocurre con los trabajadores dependientes.

De acuerdo a la norma, la empresa que remunera al independiente, quien emite recibos por honorarios profesionales, debe actuar como agente de retención. Por ejemplo, si un abogado presta sus servicios a una empresa, quien lo contrató deberá hacer la retención del aporte previsional.

SBS flexibilizará inversiones de las AFP

Un importante reto de la SBS para este año es flexibilizar sus acciones respecto a la toma de decisiones de inversión de las AFP. El objetivo es que el SPP decida con celeridad sus inversiones en sectores que permitan lograr mayor rentabilidad en favor de los afiliados.

Michel Canta recordó que ello es parte de una nueva reglamentación para las inversiones que está en etapa de consulta desde fines de abril, y que tras la revisión de los comentarios, puede estar lista para fines de mayo o junio.

“El reto es mejorar toda la gama de inversiones tratando de reducir la presencia del Estado, del regulador, en la toma de decisiones de inversión de las AFP. Con esto se da mayor flexibilidad a las AFP para que diversifiquen mejor sus portafolios y aprovechen oportunidades de inversión, sin que el Estado participe y limite estos eventos”, señaló.

En: larepublica

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