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Noticias y comentarios

ROL DE LA JURISPRUDENCIA EN EL PERÚ

Es innegable que en el sistema jurídico peruano la jurisprudencia ha adquirido un rol de suma importancia. Hoy el éxito de un caso no depende, como antes, de la mejor cita doctrinal, sino de la existencia de jurisprudencia en el sentido de la posición jurídica que se sostiene; el juez cree más en un “semejante” que en Jakobs o Roxin, lo que puede ser identificado como un “adorno” que no tiene porqué “colocarse” en la sentencia.

En ese sentido, en el sistema jurídico nacional, junto a la ley, la jurisprudencia se ha convertido no solo en fuente de conocimiento, sino en fuente de producción, incluso en el Derecho Penal y Procesal Penal, generando problemas de colisión con garantías fundamentales; o con el principio de legalidad en el caso de la aplicación de los delitos de lesa humanidad; o con el principio de culpabilidad y el derecho a la defensa eficaz por el poco interés y ciencia para determinar la imputabilidad y la capacidad procesal para intervenir en juicio en el caso de enfermos mentales.

Sin embargo, y pese al nuevo rol de la jurisprudencia, hay jueces que no terminan de comprender cómo funciona un sistema de justicia jurisprudencial (de casos o precedentes), llegándolo a confundir con el sistema legal, tal cual se demuestra en el caso que a continuación comento en este breve estudio, en el que una juez penal consideró que tiene la potestad de desvincularse de un precedente vinculante de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, utilizando las reglas del conflicto de leyes: “la ley posterior deroga a la ley anterior”.

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Cuestión de Confianza…???

Si aceptamos que los principales problemas del país son la inseguridad ciudadana, la corrupción, el desempleo y la paralización de la economía, podemos concordar en que el Congreso no ha tenido una significativa injerencia en ellos, ni para bien ni para mal. Solo en el Perú se ha avanzado significativamente con las investigaciones sobre la gran corrupción de las constructoras brasileñas, con graves consecuencias para los anteriores gobiernos mientras se espera nueva información que sigue llegando del Brasil.

Lejos de explorar consensos para seguir implementando soluciones a estos problemas, la mayor parte del país debate la cuestión de confianza en torno a proyectos de reforma constitucional que en muy poco se relacionan con las verdaderas necesidades de la sociedad; peor aún, el pequeño grupo que dirige el Gobierno está concentrando peligrosamente el poder, asumiendo el control de la administración de justicia y tratando de provocar la disolución del Congreso, habiendo logrado controlar a importantes medios de comunicación con la arbitraria distribución de la publicidad del Estado, aún sin reglamentar como lo ordenó el Tribunal Constitucional, cuyas sentencias lamentablemente se cumplen en la medida que beneficie a los que realmente ejercen el poder.

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«Teoría de los Contratos» gana Premio Nobel

Suele ocurrir que al público no le impresionen las explicaciones sobre por qué los Premios Nobel de Economía son merecidos. La obra del galardonado en 1985, Franco Modigliani, incluía un influyente modelo de ahorro en el ciclo vital, y recuerdo haber oído que el profesor Modigliani ganó el premio por señalar que las personas necesitan ahorrar para la vejez.

Este año tenemos dos ganadores: Oliver Hart, economista británico de la Universidad de Harvard, y Bengt Holmström, economista finlandés del Instituto de Tecnología de Massachusetts, que son teóricos de la economía y cuyos trabajos son difíciles de leer, incluso para muchos economistas profesionales. Sin embargo, su labor ha profundizado significativamente nuestro conocimiento de los contratos y las corporaciones. Elaboraron un marco de referencia técnica que sirve de base para el trabajo de otros economistas, lo cual es mucho más difícil de hacer que arrojar ideas útiles. Por lo tanto, no se sientan poco impresionados si parte de la obra de los galardonados, cuando se transmite fragmentariamente, suena como algo que ustedes escucharon la semana pasada en los pasillos del trabajo.

Hart, en una serie de papers con coautores, procuró determinar cuándo una empresa debe comprar los activos de otra empresa. Las fusiones y adquisiciones son habituales, pero ¿cuándo maximizan el valor del negocio? Hart pudo descifrar cómo las transferencias de propiedad influyen sobre decisiones previas de invertir en el valor de los activos de una compañía. Por ejemplo, si Bayer adquiere Monsanto, para los gerentes de Bayer los incentivos para agregar valor pueden aumentar, y para los gerentes de Monsanto los incentivos pueden disminuir. El éxito de una fusión puede depender de si la ganancia aquí supera la pérdida. En un trabajo relacionado, Hart ayudó a formalizar un lenguaje técnico para analizar cuándo demasiados puntos de veto posibles en un acuerdo empresario pueden frenar su avance.

Hart, también en esto con coautores, escribió un artículo seminal sobre cuándo debemos preferir la propiedad estatal antes que la del sector privado.

British-born economics professor Oliver Hart, a professor at Harvard University and winner of the 2016 Nobel Prize for Economics, speaks to the media in Cambridge, Massachusetts, U.S., October 10, 2016. REUTERS/Mary Schwalm

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Hacia el Bicentenario de la Independencia

FRANCISCO SAGASTI señala que es “la oportunidad para reflexionar sobre la forma de iniciar bien nuestro tercer siglo de vida republicana independiente”

Los desafíos inmediatos del nuevo gobierno –inseguridad, corrupción, desaceleración económica, gobernabilidad con Congreso opositor, entre otros– acaparan la atención en este momento. No obstante, recordemos que en un lustro celebraremos el Bicentenario de la Independencia, oportunidad para reflexionar sobre la forma de iniciar bien nuestro tercer siglo de vida republicana independiente.

La búsqueda de nuevas opciones de desarrollo tendrá lugar en un orden global fracturado y turbulento, con desplazamientos geopolíticos y crecientes desigualdades, desequilibrios demográficos y migraciones masivas, eventos climáticos extremos cada vez más frecuentes, conflictos violentos y crisis de gobernabilidad, comunicación instantánea y desencuentros culturales, transición hacia la sociedad del conocimiento y avances tecnológicos vertiginosos con consecuencias imprevisibles.

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Lilian Tintori, símbolo de la oposición venezolana

Lilian Tintori, con permiso del presidente de la república, Nicolás Maduro, y de su esposo, el preso político Leopoldo López, es el rostro venezolano más conocido a nivel internacional. Su figura se ha ido fraguando desde el encarcelamiento, hace ya casi dos años, del líder de Voluntad Popular y exalcalde del municipio de Chacao. Desde entonces, Tintori inició una campaña  internacional, muchas veces en compañía de los padres y la hermana de López, una rica familia de Caracas, para denunciar la persecución contra los líderes opositores venezolanos.

Su gran logro quizás no se deba leer tanto en clave interna. De hecho, aunque participó de forma activa en la campaña, ella no era candidata a la Asamblea Nacional. Lo que sí ha logrado Tintori por encima de cualquier cosa es atraer la atención internacional sobre la situación que vive Venezuela.

LILIAN--TINTORI

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¿Y si el Estado Islámico gana?

POR STEPHEN M. WALT

Publicado en Foreign Policy el 10 de junio 2015

Es el momento de reflexionar sobre la posibilidad inquietante: ¿Qué debemos hacer si el Estado Islámico gana? No me refiero a que se extienda como un reguero de pólvora por todo el mundo musulmán, con el tiempo establecer un califato de Bagdad a Rabat y más allá. Eso es lo que sus líderes dicen que van a hacer, pero las ambiciones revolucionarias no son la realidad y esa posibilidad es particularmente inverosímil. Pero, la posibilidad de que el Estado islámico se convierta en un verdadero estado parece más probable en estos días, dada la incapacidad de Bagdad para montar una contraofensiva exitosa.

Si la opinión de Barry Posen del MIT es correcta (y que por lo general lo es), el ejército iraquí ya no existe como fuerza de combate significativo. También significa que sólo la intervención extranjera a gran escala tiene probabilidades de revertir y finalmente eliminar el Estado islámico.

Entonces, ¿qué hacemos si el Estado Islámico logra aferrarse a su territorio y convertirse en un estado real? Posen dice que los Estados Unidos (así como otros) deben lidiar con el Estado Islámico de la misma manera que se ha ocupado de otros movimientos de construcción del Estado revolucionario: con una política de contención

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La FIFA y el abuso laboral

Por: Lucy P. Marcus / Publicado en Project Syndicate – Mayo 2015

La detención de los ejecutivos de la FIFA en medio de una serie de cargos de fraude y corrupción, ha sido noticia de primera plana en los últimos días. Pero los cargos presentados por las autoridades suizas y estadounidenses se centran en el soborno y la malversación de fondos, y no se ocupan de otra injusticia atroz: el tratamiento de los trabajadores migrantes en Qatar que están construyendo los estadios para la Copa Mundial de Fútbol de la FIFA 2022.

Amnistía Internacional publicó recientemente un informe sobre las pésimas condiciones en Qatar. Los trabajadores están sujetos a sitios inseguros de construcción, existen firmas de reclutamiento explotador, y pocos recursos asignados a la justicia formal. Recientemente, el ministro de Trabajo de Nepal habló públicamente sobre el gobierno de Qatar por no permitir que los trabajadores migrantes de su país puedan volver a casa a llorar a sus parientes que murieron en el terremoto de abril del 2015.

Como señala Amnistía Internacional, la responsabilidad recae principalmente en las autoridades de Qatar. Pero la FIFA tenía -y todavía tiene- la responsabilidad de actuar. También ha habido llamadas para los patrocinadores, incluyendo a McDonalds, Visa, Coca Cola, Adidas, Budweiser, Gazprom, KIA y Hyundai, para presionar a la FIFA y Qatar para mejorar las condiciones de trabajo.

FIFA

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QUÉ SIGUE EN LA DESTITUCIÓN DE RAMOS HEREDIA

Además del pedido de reconsideración, Carlos Ramos Heredia podría interponer una demanda de amparo contra la resolución del Consejo Nacional de la Magistratura que dispuso su destitución del cargo de Fiscal de la Nación. De obtener una respuesta favorable en sede constitucional, la decisión del CNM sería dejada sin efecto.

Las decisiones del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) en materia de destitución de jueces y fiscales pueden ser cuestionadas en la justicia constitucional cuando  presentan defectos en su fundamentación. Así lo ha establecido el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia, admitiendo la procedencia de demandas de amparo contra resoluciones del CNM.

El artículo 142 de la Constitución establece que no son revisables por el Poder Judicial las resoluciones del Consejo Nacional de la Magistratura en materia de evaluación y ratificación de jueces. Ahora bien, el artículo 154, inciso 3, precisa esta prohibición señalando que solo la resolución final en materia de destitución de magistrados que sea motivada y con previa audiencia del interesado, es inimpugnable.

CNM

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Régimen Laboral Juvenil no se justifica: NEVES MUJICA

ENTREVISTA. Javier Neves Mujica fue Ministro de Trabajo entre el 2004 y el 2005. Abogado laboralista y docente de la Pontificia Universidad Católica del Perú, es uno de los especialistas mejor reconocidos en el campo.

–¿Cuál es su opinión sobre la nueva ley de promoción del empleo juvenil?

–No es convincente. Según el INEI, del 2008 al 2013 el empleo adecuado (jornada completa que alcanza para cubrir la canasta mínima familiar) de los jóvenes de entre 18 y 24 años se incrementó de 25% a 63%, el subempleo se redujo de 65% a 28% y el desempleo de 10% a 9%. ¿Hay un drama como para justificar una ley que promueva contratación con degradación de derechos? No.

–¿La ley de promoción es innecesaria?

–No hay crisis en el empleo juvenil. Bastaba con reformar la ley de modalidades formativas e introducirle los beneficios tributarios por capacitación. Salvo que la intención sea distinta a la que se dice.

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Unión Civil… Las minorías existen

Don Luis Cipriani ha indicado, según un diario de tiraje nacional, que el pueblo no ha de estar de acuerdo con que se institucionalice la unión de homosexuales “porque no representa a una mayoría”. Si de estadísticas se trata, conforme al censo de año 2007 verificadas las variables conviviente-casado/a, se tiene que la primera representa el 24,6% y la segunda el 28,6%. (Los porcentajes restantes se reparte entre solteros 39% y el 7.8% restantes corresponde a viudos, separados y divorciados) de un total de casi veintiún millones de personas que tienen 12 o más años de edad. Si sólo comparamos las cantidades de casados y de convivientes, podremos advertir que, las personas en calidad de convivientes representan el 46,2% y los casados el 53.7%. De ello resulta que los convivientes son minoría, (aunque relativa).

Desde la premisa de que los convivientes no son mayoría ¿conviene que se desconozca que éstos tienen derechos de similar factura que los casados fundados en la convivencia, el tiempo de ésta y los frutos de la misma? ¿Está demás que el art. 4 de la Constitución Política cuando expone que la unión de hecho da lugar a una comunidad de bienes equiparable a una sociedad de gananciales? Aunque no es de mi interés hacerlo aquí, el asunto debe debatirse más allá de los números y los porcentajes: ¿Es el matrimonio una institución natural? ¿Se requiere de un varón y una mujer sólo para atender al matrimonio o es que ésta le es también consubstancial a la definición de familia? ¿Sólo puede llamarse “familia” aquellas personas unidas por la consanguineidad? Y es que la discusión queda abierta con el sólo hecho de reconocer que existen minorías que lo ponen en tela de juicio.

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