CONVIVIENTES TIENEN DERECHO A HEREDAR

Las personas que se encuentren en condición de convivientes de ahora en adelante  tienen derecho a heredar los bienes de su pareja en caso esta falleciera, tal como dispone la Ley 30007, por la cual se modifica algunos artículos del Código Civil.

Dicha norma pone el mismo nivel de protección tanto los cónyuges (unidos por el matrimonio) como a los convivientes. Antes de la aprobación de la norma solo los padres, hijos  o cónyuges podían heredar los bienes patrimoniales.

REQUISITOS QUE LOS CONVIVIENTES DEBEN CUMPLIR PARA LOS EFECTOS LEGALES:

1) LA PAREJA DEBE SER VARÓN Y MUJER. Según la Constitución peruana, no se admiten personas del mismo sexo.

 2) NINGUNO DE LOS DOS DEBE TENER IMPEDIMENTO MATRIMONIAL, es decir, no debe estar casado con otra persona.

 3) QUE FORMEN UN HOGAR DE HECHO, es decir, que se comporten en forma similar a un matrimonio, con un domicilio común.

4) EL TIEMPO DE CONVIVENCIA DEBE SUPERAR LOS DOS AÑOS.

QUÉ DEBE HACER LA PAREJA PARA  CERTIFICAR LA CONVIVENCIA?

Deberán realizarlo notarialmente, como exige la nueva norma que los convivientes deben presentarse ante un notario, luego deben registrar su situación ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP) y así ASEGURAN SU DERECHO A LA HERENCIA.

Aquellos que no puedan realizar dicho trámite tienen la opción de iniciar un juicio para que el Poder Judicial les reconozca como convivientes y, así, convertirse en beneficiarios.

DEBE PROBAR LOS AÑOS DE UNIÓN

El derecho para heredar los bienes patrimoniales va más allá de si la pareja continúa unida o no. Puedes haber tenido una relación de hecho con una persona que  falleció o con la que ya no convives, pero debes demostrar que has tenido una relación.

DIFERENTES MODOS DE DEMOSTRARSE LOS AÑOS DE CONVIVENCIA

  • La existencia de  hijos de por medio,
  • La  adquisición de  bienes en común,
  • El uso de testigos que  declaran afirmando la existencia de la relación.

NO ES NECESARIO TENER HIJOS

El procedimiento para ser reconocido como conviviente es independiente de tener hijos o no.

En caso de que alguno de los convivientes falleció antes de la  publicación de la norma (17-04-13) NO PUEDEN ACCEDER A LOS BENEFICIOS DE LA LEY. “Las normas no se aplican de manera retroactiva, una vez aprobada se aplica en el futuro”.

La pareja debe probar años de unión para heredar bienes. En el Perú existen más de 5 millones 124 mil personas en condición de convivientes frente a los casi 6 millones de casados.■

FUENTE: Texto del artículo «Pasos para ser reconocido como conviviente y así tener derecho a heredar los bienes de su pareja en caso falleciera (Ley 30007)», publicado en el portal web ©NOTICIAS DE DERECHO el 02/01/2015.

EDICIÓN: Francisco Córdova Sánchez

Puntuación: 3.23 / Votos: 9

Comentarios

  1. Soy conviviente ,de convivencia 2 años 3 meses.mi pareja esta .en juicio en el divorcio .. No tengo hijos quisiera saber…si puedo registrarme en la sunarp..o tengo q esperar que salga el divorcio.ese es mi duda…por favor necesito respuesta….

    Publicado por marianela dextre catpo el:
  2. Mis abuelos fallecieron hace algunos años, dejaron una casa en la cual domicilian los hijos y nietos de uno de los hijos fallecidos, son 8 hijos, 2 fallecidos que dejaron hijos y a su convivientes, en este caso ha quienes se consideran como herederos..?.

    Publicado por JHON CASTRO el:
    1. Estimado Jhon:
      Los herederos forzosos son, en este caso, los ocho hijos. Si cuando fallecieron los hijos, los hijos de éstos ya habían nacido, tendrán derecho a la porción de la herencia correspondiente a su padre. Un proceso de Declaratoria de Herederos pondrá las cosas en orden. Suerte.

      Publicado por Francisco Córdova Sánchez el:
  3. BUENAS TARDES QUISIERA Q POR FAVOR ME ORIENTE!!A CERCA CONVIVENCIA
    CONVIVO CON MI PAREJA MAS DE 15 AÑOS PERO EL ES CASADO TIENE DOS HIJOS 32 Y 25 YO NO TENGO HIJOS CON EL HAY UN JUICIO DE POR MEDIO PERO ESTA COMO SE DICE DORMIDO NO LE QUISO DAR EL DIVORCIO INCLUSO HAY UNA CUENTA PENDIENTE!!PERO YO COMO QUEDO !!EL ME DICE Q PUEDE PONERME EN LA AFP COMO HEREDERA UNIVERSAL OSEA UNICA !!SE PUEDE HACER ESO?Q SE PUEDE HACER POR FAVOR AYUDEME!!

    Publicado por BETTY QUIROZ el:
    1. Su pareja puede solicitar el divorcio por la causal de separación de hecho ante un juzgado, una notaría o la municipalidad. Usted solicite ante un juzgado civil el reconocimiento de su Unión de Hecho para que le alcance los derechos patrimoniales, similares a la sociedad de gananciales del matrimonio. Suerte….!!!!

      Publicado por Francisco Córdova Sánchez el:
  4. Hola buenos dias desearia saber si a mi abuela que judicialmente la declararon conviviente desde el 85 los bienes que hereda de mi abuelo es desde el 85 hasta la fecha que fallecio pero como se contabiliza los bienes desde la fecha de compra venta o adquisición o desde el momento de escritura publica ante registros.

    Publicado por rosa corcuera el:
    1. Estimada Rosa: La herencia corre desde la fecha del inicio de la convivencia y que debe estar reconocida en la resolución judicial. Los bienes se contabilizan desde su inscripción en Registros Públicos. Suerte.

      Publicado por Francisco Córdova Sánchez el:
  5. Una persona me vendio una pequeña propiedad firmando él solo el contrato de compra-venta el año 2008 en la notaria puesto que él era el socio titular, luego el falleció en junio del 2013. La conviviente se ha presentado a reclamar la propiedad recién este año, argumentando falsamente que no sabía de la venta. Tiene alguna base su reclamo?

    Publicado por Jonny Chaca Muñoz el:
    1. Si el vendedor era el único socio y no era casado, la venta está bien realizada. Si van a un proceso de mejor derecho de propiedad, con seguridad usted saldrá airoso. Suerte.

      Publicado por Francisco Córdova Sánchez el:
  6. Mi tio ha fallecido el 2011, no tiene hijos no tiene padres, tiene 8 hermanos y una señora ya se ha declarado como conviviente judicialmente, los bienes que tenia mi tio la hereda solo la señora o también sus hermanos vivos heredan?

    Publicado por Rony el:
    1. Estimado Rony:
      La única heredera es su conviviente. Los hermanos no son herederos forzosos. Podrían tratar de hacer un pacto para compartir parte de la herencia, pero depende de su voluntad. Suerte.

      Publicado por Francisco Córdova Sánchez el:
  7. Hola estoy conviviendo hace 3 años y mi novio se separó hace 20 y todavía no hizo el divorcio, la ex vive en EEUU. La casa donde vivimos es herencia de el porte de padre. estamos por hace un certificado de convivencia así le doy obra social. sirve legalmente para algo el certificado?

    Publicado por Micaela el:
  8. Tengo 10años viviendo con mi pareja perdí dos bebes de el, en ese lapso compramos tres casas yo como dueña y el de beneficiario, tengo una única hija solo mía. Se que por lógica yo moriré primero. Mi pregunta ❓ ¿que puedo hacer para proteger a mi hija y no quede desamparada? Pues es menor de edad.

    Publicado por Judith el:
    1. Si los bienes están a su nombre, haga un testamento y declare como heredera a su hija. La herencia de los convivientes está condicionada al reconocimiento de la Unión de Hecho. Saludos

      Publicado por Francisco Córdova Sánchez el:
  9. Hola mi mama no es conviviente, ya que tienen otro domicilio legal pero esta en casa de su pareja casi todos los dias.
    Incluso lo cuida en efermedades y demas temas de salud.
    Tienen relacion hace mas de 15 años pero nada legal que lo compruebe.
    Le corresponde algo en caso de separacion o viudez?

    Publicado por Paola el:
    1. La señora corre el riesgo que no le corresponda nada. Debería hacer un Reconocimiento de la Unión de Hecho con su pareja. Este procedimiento puede ser judicial o notarial, siendo éste último más rápido aunque más costoso. Saludos

      Publicado por Francisco Córdova Sánchez el:
  10. Buenos días
    Llevo 27 años de convivencia y mi conviviente falleció hace dos meses de covid19 yo también fuí infectada ya que yo lo atendia recién puedo salir pues ya m siento mejor, los hermanos de mi pareja dicen que son los únicos herederos y que a mi no me corresponde nada, osea el departamento donde vivo y el carro y otro inmueble. Quiero saber que me corresponde por favor.
    Gracias

    Responder

    Publicado por Angela Caballero el:
    1. Realice un reconocimiento de la Unión de Hecho que tuvo con su fallecido cónyuge. Como él ya falleció, el procedimiento debe peticionarlo ante el Poder Judicial. Así, entrará usted a la sucesión en salvaguarda de sus intereses.

      Publicado por Francisco Córdova Sánchez el:
  11. Tengo 10 años d convivir con mi pareja el tiene vienes materiales al fallecer quienes serian sus herederos tiene tres hijos mayores d edad y no a hecho testamwnto

    Publicado por Jessenia rivas el:
    1. Los herederos son todos los hijos. Si no hay matrimonio, usted debería hacer un Reconocimiento de la Unión de Hecho con su pareja. Este procedimiento puede ser judicial o notarial, siendo éste último más rápido aunque más costoso. Saludos

      Publicado por Francisco Córdova Sánchez el:
  12. Hola mi suegro falleció asé tres meses y estaba en un convenio civil ase cuatro años y el tiene una casa k es erencia de sus padre y keda solo una ermana viva más sus dos hijos y su cnnviviente ella resibe parte de esa erencia o solo los hijos

    Publicado por María jose cepeda serrano el:
    1. La casa es herencia de él y su hermana. De la parte que le corresponde a él, si no hay matrimonio o Unión de Hecho, heredarán sus hijos. Saludos

      Publicado por Francisco Córdova Sánchez el:
  13. Buenas tardes, mi pareja tiene un terreno que adquirió cuándo tenía 18años, ahora él tiene 33, nosotros convivimos desde hace 6años y tenemos una hija en común q tiene 4, él tiene a sus padres y tres hermanos, quiénes serían sus herederos en éste caso, gracias ..

    Publicado por Carmen Navarro el:
    1. Su hija es la heredera, en primer lugar de prelación. Si no hay matrimonio, debería usted procurar el Reconocimiento de la Unión de Hecho con su pareja. Este procedimiento puede ser judicial o notarial, siendo éste último más rápido aunque más costoso. Saludos

      Publicado por Francisco Córdova Sánchez el:
  14. hola quisiera saber que porcentaje me corresponde de herencia sabiendo que mi fallecido padre tuvo un compromiso y un hijo pero este compromiso no tiene ningún documento que acredite la convivencia , aun no estando mi papa puede generar un documento de convivencia.

    Publicado por virginia Montenegro Huancaruna el:
    1. Todos los hijos heredan en igualdad de condiciones, como hijos naturales del causante. Si la cónyuge supérstite demuestra el reconocimiento de la Unión de Hecho, cambiarían los porcentajes de distribución de la masa hereditaria. Saludos

      Publicado por Francisco Córdova Sánchez el:
  15. Buenas noches! Soy casada por lo civil hace 11 años, sin embargo mi cónyuge me abandono iniciando otra relación a quien declara como su conviviente desde el año 2013. Cuáles son mis derechos legales teniendo en cuenta que Reniec y EsSalud me han reconocido como su esposa legal? Que pasos debo seguir? Le corresponde pasarme por Ley algún % de su sueldo de jubilado como pensión, mas aun si hizo abandono de hogar?

    Publicado por Angie el:
    1. Puede usted demandar el divorcio por causal, y requerir una indemnización por el daño moral causado. Saludos

      Publicado por Francisco Córdova Sánchez el:
  16. Hola buenas tardes , yo convivo con mi esposo ya 20 años , y el tiene empresas en sociedad con su hermano , y dos inmuebles , pero cuando enpesamos a vonvivir ellos vivián en local alquilado y también nosotros como pareja , y luego mi esposo pidio prestamo bancario y compro la casa donde vivimos , su familia de mi cuñado y bueno nosotros y ahora mi cuñado maneja casi todo , la empresa , alquiler de uno de los inmuebles y quisiera saber si eso podria trser alguna complicación en algún momento , mi duda es que a todos les dice que es su empresa y su casa , aunque la casa todavia está a nombre de mi esposo , pero mi cuñado no permite que nadie de una opinión alguna o que estemos en la empresa , por que mi esposo le permite todo eso y con migo no casi conversa de nada , y cuando le pregunto se molesta y terminamos discutiendo , que debo hacer

    Publicado por Maria salas el:
    1. Si no hay matrimonio, en resguardo de los intereses económicos de su familia, debería hacer un Reconocimiento de la Unión de Hecho con su pareja. Este procedimiento puede ser judicial o notarial, siendo éste último más rápido aunque más costoso. Saludos

      Publicado por Francisco Córdova Sánchez el:

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