Nulidad matrimonial: “Es triste que se desconozca la reforma”

8:00 p.m. | 27 mar 25 (OM/RVN).- Hace 10 años, la Iglesia implementó una reforma para simplificar y hacer más accesible el proceso de nulidad matrimonial. En un discurso a inicios de año, Francisco destacó la importancia de que los fieles conozcan estas opciones, como la gratuidad y resolución en única instancia, y de que las diócesis cuenten con tribunales propios, integrados por clérigos y laicos bien formados. La reforma no busca la nulidad de los matrimonios, sino simplificar procesos. Además, la Iglesia española compartió avances y desafíos en este ámbito.

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En la tradicional audiencia al Tribunal de la Rota Romana, con motivo de la inauguración del Año Judicial, el papa Francisco ha señalado que, con ocasión de la última reforma, ha instado a los obispos a que los fieles conozcan el proceso abreviado de nulidad matrimonial. Antes del discurso del Papa, pronunció unas palabras de saludo Monseñor Arellano, en las que recordó que “nos sentimos directamente interpelados por los desafíos del presente y del futuro, conscientes de que la Rota Romana, como Tribunal de la familia cristiana, es sólo una ‘solapa del manto’ de la Iglesia; sin embargo, nos parece que no es ajena a nuestra esperanza de que, por el toque de ese manto, a través de la administración de justicia, las personas heridas puedan encontrar la paz”.

En esta línea, el decano manifestó, entre otras cosas, que “éste es nuestro deseo: ser sembradores de esperanza para todas las familias heridas, alejadas de la Iglesia o en dificultad, que han perdido la esperanza en la justicia, en la misericordia, en el amor de Dios que resucita al hombre y le devuelve su dignidad”.


Esclarecer la situación matrimonial

La inauguración del Año Judicial del Tribunal de la Rota Romana “me brinda la oportunidad de renovar la expresión de mi aprecio y gratitud por el trabajo de ustedes. Saludo cordialmente al Decano y a todos los que sirven en este Tribunal”, comenzó manifestando el Papa. “Este año se cumple el décimo aniversario de los dos Motu Proprio Mitis Iudex Dominus Iesus y Mitis et Misericors Iesus, con los que reformé el proceso para la declaración de nulidad del matrimonio. Me parece oportuno aprovechar esta tradicional ocasión de encontrarme con ustedes para recordar el espíritu que impregnó aquella reforma, que viene aplicando con competencia y diligencia en beneficio de todos los fieles”.

El objetivo de la reforma era que se “respondiera de la mejor manera posible a quienes se dirigen a la Iglesia para esclarecer su situación matrimonial (cf. Discurso al Tribunal de la Rota Romana, 23 de enero de 2015).


Que los fieles conozcan el proceso y la gratuidad

“Quería que el obispo diocesano estuviera en el centro de la reforma. En efecto, es a él a quien corresponde administrar justicia en la diócesis, tanto como garante de la proximidad de los tribunales y de la vigilancia sobre ellos, como en cuanto juez que debe decidir personalmente en los casos en que la nulidad es manifiesta, es decir, a través del processus brevior como expresión de la solicitud de la salus animarum“, prosiguió el Pontífice.

“Por ello, he instado a incorporar la actividad de los tribunales a la pastoral diocesana, encargando a los obispos que procuren que los fieles conozcan la existencia del processus brevior como posible remedio a la situación de necesidad en la que se encuentran”, señaló el Papa. “A veces es triste constatar que los fieles desconocen la existencia de esta vía. Además, es importante ‘que se asegure la gratuidad de los procedimientos, para que la Iglesia […] manifieste el amor gratuito de Cristo por el que todos hemos sido salvados’ (Proemio, VI)”.


Tribunal: personas bien formadas e idóneas

En particular, concreta Francisco, “la solicitud del obispo se concreta en garantizar por ley la constitución en su diócesis del tribunal, dotado de personas -clérigos y laicos- bien formadas e idóneas para esta función; y en asegurar que realicen su trabajo con justicia y diligencia. La inversión en la formación de estos trabajadores -formación científica, humana y espiritual- beneficia siempre a los fieles, que tienen derecho a que sus peticiones sean consideradas con atención, incluso cuando reciben una respuesta negativa”.

“Ha guiado la reforma -y debe guiar su aplicación- la preocupación por la salvación de las almas (cf. Mitis Iudex, Proemio). Nos sentimos interpelados por el dolor y la esperanza de tantos fieles que buscan claridad sobre la verdad de su condición personal y, en consecuencia, sobre la posibilidad de participar plenamente en la vida sacramental. Para tantos que ‘han vivido una experiencia matrimonial infeliz, la verificación de la validez o no del matrimonio representa una posibilidad importante; y a estas personas hay que ayudarlas a recorrer este camino de la manera más suave posible’ (Discurso a los participantes en el Curso promovido por la Rota Romana, 12 de marzo de 2016)”.


“Favorecer no la nulidad de los matrimonios, sino la celeridad de los procesos”

La reciente reforma, fue concluyendo el Santo Padre, “también ha querido favorecer ‘no la nulidad de los matrimonios, sino la celeridad de los procesos, no menos que una justa simplicidad, para que, a causa del retraso en la definición de la sentencia, los corazones de los fieles que esperan la aclaración de su estado no se vean oprimidos durante mucho tiempo por la oscuridad de la duda’ (Mitis Iudex, Proemio)”.

En efecto, “para evitar que se produzca el dicho summum ius summa iniuria (Excesivo derecho, excesiva injusticia) (Cicerón, De Officiis I,10,33) como consecuencia de procedimientos demasiado complejos, he suprimido la necesidad del juicio de doble conformación y he animado a decidir más rápidamente los casos en los que la nulidad es manifiesta, buscando el bien de los fieles y deseando llevar paz a sus conciencias”.

Todo esto, señaló el Papa, “requiere dos grandes virtudes: la prudencia y la justicia, que deben estar informadas por la caridad. Existe una íntima conexión entre prudencia y justicia, ya que el ejercicio de la prudentia iuris tiene por objeto saber lo que es justo en el caso concreto (Discurso a la Rota Romana, 25 de enero de 2024)”.


Labor de discernimiento

“Todo protagonista del proceso se acerca a la realidad conyugal y familiar con veneración”, subrayó el Pontífice al final de su reflexión. “Porque la familia es reflejo vivo de la comunión de amor que es Dios Trinidad (cf. Amoris laetitia, 11). Además, los esposos unidos en matrimonio han recibido el don de la indisolubilidad, que no es una meta a alcanzar por su propio esfuerzo, ni siquiera una limitación a su libertad, sino una promesa de Dios, cuya fidelidad hace posible el ser humano”.

“Su labor de discernimiento sobre la existencia o no de un matrimonio válido”, manifestó el Papa a los prelados auditores, “es un servicio a la salus animarum, pues permite a los fieles conocer y aceptar la verdad de su realidad personal. En efecto, ‘todo juicio justo sobre la validez o la nulidad de un matrimonio es una contribución a la cultura de la indisolubilidad, tanto en la Iglesia como en el mundo’ (Juan Pablo II, Discurso a la Rota Romana, 29 de enero de 2002)”.

LEER. Discurso completo del Papa al Tribunal de la Rota Romana

VIDEO. 10 años de la reforma de la nulidad matrimonial

Reforma de las nulidades: Aplicación parcial en España 10 años después

En su intervención, el Pontífice se lamentó de que “es triste saber que los fieles” desconocen todas las posibilidades que la Iglesia ofrece como la gratuidad, además de destacar el hecho de que las diócesis han de contar con tribunal propio, con personas “bien formadas”, compuesto tanto por clérigos como por laicos.

Esta preocupación del Obispo de Roma podría traducirse en cierta desidia en las Iglesias locales. ¿También en España? “El espíritu de la reforma sí va calando, pero no se está desarrollando en plenitud, en algunos puntos se aplica parcialmente”, asegura a la revista Vida Nueva Carmen Peña, catedrática de Derecho Canónico de la Universidad Pontificia Comillas y presidente de la Asociación Española de Canonistas.

Así, echa mano de un sondeo realizado hace un par de años por la Asociación que apuntaba que un tercio de las diócesis españolas reconocían que algunos aspectos de los motu proprio papales no se habrían aplicado. Eso sí, Peña advierte de que este estudio es meramente orientativo, sin validez estadística definitiva, en tanto que la mitad de los tribunales no contestaron a la petición hecha por la asociación.


Resistencia apriorística

La principal objeción para aterrizar la reforma bergogliana se encontraría en las dificultades para materializar el proceso breve para conceder nulidades, que son aquellas en las que se trata de casos evidentes y de mutuo acuerdo. “Es llamativo que en algunas diócesis no se haya tramitado ni un solo proceso por esta vía rápida”, expone la catedrática, que defiende que “está perfectamente regulada y con todas las garantías”.

“Si se cumplen los requisitos para aplicar el proceso breve, no debería haber una resistencia apriorística”, apostilla. ¿Habría una oposición ideológica detrás de esta falta de implicación? “No lo creo”, asevera, abordando la ecuación desde otros factores.

Otras fuentes eclesiales consultadas por Vida Nueva apuntan que “los obispos tienen miedo al proceso rápido porque no son canonistas y, antes de meterse en un lío porque son los últimos responsables de cada caso, huyen de la vía y, para no mojarse, continúan apostando por el proceso ordinario, con la pérdida de tiempo y recursos que conlleva”.

“No se atreven, no porque vayan contra el Papa ni por mala voluntad”, insiste este experto que asegura, tras consultar a algunos de ellos, que “se ven impotentes para hacer frente a un asunto tan específico sobre el que no saben cómo resolver, les da pavor declarar nulo un matrimonio sin que hayan conocido hasta el último detalle (…) para solventar este hándicap sería tan fácil como rodearse de un buen equipo y confiar”, apostilla el canonista consultado.

“Tienen que asumir que la administración de justicia es esencial en su ministerio, no es una actividad más que se debe obviar o esquinar”, señala otro canonista que propone a los obispos crear una comisión al respecto para saberse respaldados y asesorados.

Otra vía para solventar este temor es crear, a la manera italiana, tribunales regionales interdiocesanos para concentrar recursos y permitir que no se acumulen causas. En línea con esta reflexión, Peña considera que haría falta más inversión en formación para que los miembros de los tribunales se actualicen en todos los pormenores que implican las novedades introducidas por la Santa Sede para que “conozcan a fondo las nuevas leyes y se aplique con el espíritu que requiere”.

“Para ello, es necesario una implicación del obispo y del vicario judicial para dotar de medios”, apunta la especialista. A la par, también reclama un especial tino en el proceso de selección de los componentes de los tribunales para que, además de la pericia técnica y el conocimiento canónico que se precisa, “también aporten sensibilidad pastoral”.

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Fuentes

Omnes Magazine / Revista Vida Nueva / Video: Rome Reports / Foto: Uriel Molina (La Prensa)

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