Francisco: Normas antiabusos para la Iglesia universal

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

4:00 p m| 10 may 19 (VN/RD).- El Papa promulgó un decreto con nuevos procedimientos para denunciar el acoso y la violencia, y asegurar que los obispos y los superiores religiosos asuman responsabilidades. La novedad del decreto es que todos los sacerdotes, religiosos y religiosas quedan obligados a informar cada caso que conozcan, no solo de abuso, sino también de acoso y encubrimiento, incluso antiguos.

Por otro lado, obliga a las diócesis de todo el mundo a contar para junio de 2020 con un sistema fácilmente accesible al público para recibir informes de abusos. Además, establece tiempos rápidos para que comience y concluya una investigación sobre un obispo (30 y 90 días, respectivamente) y se ratifica la obligación de colaboración con la justicia civil de cada país. No confundir con el decreto publicado en enero, que solo es para el territorio Vaticano.

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Andrea Tornielli ofrece las claves del nuevo decreto

“Vos estis lux mundi, ustedes son la luz del mundo… Nuestro Señor Jesucristo llama a cada creyente a ser un brillante ejemplo de virtud, integridad y santidad”. Tomado del Evangelio de Mateo son el título y las primeras palabras del nuevo Motu proprio de Francisco dedicado a la lucha contra los abusos sexuales cometidos por clérigos y religiosos, así como las acciones u omisiones de obispos y superiores religiosos “con la intención de interferir o evadir” las investigaciones de los abusos.

El Papa recuerda que “los crímenes de abuso sexual ofenden a Nuestro Señor, causan daños físicos, psicológicos y espirituales a las víctimas y dañan a la comunidad de los fieles”, y menciona la responsabilidad especial que tienen los sucesores de los apóstoles en la prevención de estos crímenes. El documento es un fruto más del encuentro sobre la protección de los menores celebrado en el Vaticano en febrero de 2019. En él se establecen nuevas normas de procedimiento para combatir los abusos sexuales y asegurar que los obispos y los superiores religiosos den cuenta de su trabajo. Es una normativa universal, que se aplica a toda la Iglesia Católica.

-Un “mostrador” para las quejas en cada diócesis

Entre las novedades previstas se encuentra la obligación para todas las diócesis del mundo de contar para junio de 2020 con “uno o más sistemas estables y fácilmente accesibles al público para presentar informes” sobre los abusos sexuales cometidos por clérigos y religiosos, el uso de pornografía infantil y la cobertura de los mismos abusos. La normativa no especifica en qué consisten estos “sistemas”, para dejar a las diócesis la opción operativa, que puede ser diferente dependiendo de las diferentes culturas y condiciones locales. Lo que se quiere es que las personas que han sufrido abusos puedan recurrir a la Iglesia local con la seguridad de que serán bien recibidas, que estarán protegidas de las represalias y que sus informes serán tratados con la máxima seriedad.

-Obligación de informar

Otra novedad se refierea la obligación de todos los clérigos, religiosos y religiosas, de “informar con prontitud” a la autoridad eclesiástica de todas las denuncias de abusos de las que tengan conocimiento, así como de las omisiones y encubrimiento en la gestión de los casos de abusos.

Si hasta ahora esta obligación se refería, en cierto sentido, sólo a la conciencia individual, a partir de ahora se convierte en un precepto legal universalmente establecido. La obligación como tal está sancionada sólo para los clérigos y religiosos, pero también todos los laicos pueden y son alentados a usar el sistema para denunciar el abuso y el acoso, a la autoridad eclesiástica competente.

-No sólo el abuso infantil

El documento abarca no sólo el acoso y la violencia contra los niños y los adultos vulnerables, sino también la violencia sexual y el acoso resultante del abuso de autoridad. Esta obligación también incluye cualquier caso de violencia contra las religiosas por parte de clérigos, así como el caso de acoso a seminaristas o novicios mayores de edad.

-Los “encubrimientos”

Uno de los elementos más importantes es la identificación, como categoría específica, de la denominada conducta de encubrimiento, consistente en “acciones u omisiones destinadas a interferir o evadir investigaciones civiles o investigaciones canónicas, administrativas o penales, contra un clérigo o religioso en relación con los delitos” de abuso sexual.

Se trata de aquellos que, investidos de posiciones de particular responsabilidad en la Iglesia, en lugar de perseguir los abusos cometidos por otros, los han ocultado, protegiendo al presunto infractor en lugar de proteger a las víctimas.

-Protección a las personas vulnerables

Vos estis lux mundi subraya la importancia de proteger a los menores (personas menores de 18 años) y a las personas vulnerables. De hecho, la noción de “persona vulnerable” es más amplia, ya que no se limita a las personas que no tienen “uso habitual” de la razón, sino que se amplía para incluir los casos ocasionales y transitorios de incapacidad para comprender y querer, así como las discapacidades físicas. A este respecto, el nuevo Motu proprio se hace eco de la reciente Ley del Vaticano (ccxcvii del 26 de marzo de 2019).

-Respeto de las leyes de los Estados

La obligación de informar al ordinario del lugar o al superior religioso no interfiere ni modifica ninguna otra obligación de informar que pueda existir en las leyes de los respectivos países: las normas, en efecto, “se aplican sin perjuicio de los derechos y obligaciones establecidos en cualquier lugar por las leyes del Estado, en particular las relativas a las obligaciones de información a las autoridades civiles competentes”.

-Protección de los denunciantes y de las víctimas

También son importantes los párrafos dedicados a la protección de quienes se presentan para informar. Aquellos que denuncian abusos, según las disposiciones del Motu proprio, no pueden ser objeto de “prejuicios, represalias o discriminación” a causa de lo que han informado.

Hay que atender el problema de las víctimas que en el pasado han sido reducidas al silencio: estas normas universales establecen que “no se les puede” imponer “ninguna obligación de silencio con respecto al contenido” del informe. Obviamente, el secreto confesional sigue siendo absoluto e inviolable y, por lo tanto, no se ve afectado en modo alguno por esta normativa.

Vos estis lux mundi también afirma que las víctimas y sus familias deben ser tratadas con dignidad y respeto y deben recibir asistencia espiritual, médica y psicológica adecuada.

-Investigaciones a cargo de los obispos

El Motu proprio regula las investigaciones de los obispos, cardenales, superiores religiosos y de todos aquellos que tienen, en diversos cargos y aunque sólo sea temporalmente, la dirección de una diócesis o de otra Iglesia particular.

Esta disciplina se observará no sólo si estas personas son investigadas por abusos sexuales cometidos directamente, sino también cuando se denuncie que han “encubierto” o que no han querido perseguir los abusos de los que han tenido conocimiento, y que era su deber contrarrestar.

-El papel del metropolitano

La novedad en cuanto a la participación del arzobispo metropolitano en la investigación previa es significativa, ya que recibe un mandato de la Santa Sede para investigar si la persona denunciada es un obispo. Su papel, tradicional en la Iglesia, se ve reforzado y atestigua su deseo de aprovechar los recursos locales también para las cuestiones relativas a la investigación de los obispos.

El responsable de la investigación después de treinta días envía a la Santa Sede “una relación informativa sobre el estado de las investigaciones”, que “debe concluirse en el plazo de noventa días” (son posibles prórrogas por “razones justas”). De este modo se establecen determinados plazos y, por primera vez, se exige a los departamentos interesados que actúen con prontitud.

-Implicación de los laicos

Citando el artículo del Código Canónico que subraya la preciosa contribución de los laicos, las normas del Motu proprio prevén que el metropolitano, en la realización de las investigaciones, puede recurrir a la ayuda de “personas cualificadas”, según “la necesidad del caso y, en particular, teniendo en cuenta la cooperación que pueden ofrecer los laicos”.

El Papa ha afirmado repetidamente que las especializaciones y capacidades profesionales de los laicos representan un recurso importante para la Iglesia. Las normas prevén ahora que las conferencias episcopales y las diócesis puedan preparar listas de personas cualificadas dispuestas a colaborar, pero la responsabilidad última de las investigaciones recae en el Metropolitano.

-Presunción de inocencia

Se reafirma el principio de la presunción de inocencia de la persona acusada y se le informará de la existencia de la investigación cuando así lo solicite el Dicasterio competente. La acusación sólo debe ser notificada si se abre un procedimiento formal y,si se considera apropiado para garantizar la integridad de la investigación o de las pruebas, puede omitirse en la fase preliminar.

-Conclusión de la investigación

El Motu proprio no hace cambios en las penas por delitos, pero establece el procedimiento para reportar y llevar a cabo la investigación previa. Al final de la investigación, el Metropolitano (o, en algunos casos, el obispo de la diócesis sufragánea con mayor antigüedad de nombramiento) remite los resultados al Dicasterio competente del Vaticano y, por lo tanto, cesa su tarea.

El Dicasterio competente procede entonces “de acuerdo con la ley según lo previsto en el caso concreto”, actuando así sobre la base de las normas canónicas ya existentes. Sobre la base de los resultados de la investigación previa, la Santa Sede puede imponer inmediatamente medidas preventivas y restrictivas a la persona investigada.

-Compromiso concreto

Con este nuevo instrumento jurídico querido por Francisco, la Iglesia Católica da un paso nuevo e incisivo en la prevención y lucha contra los abusos que pone el énfasis en acciones concretas.

Como escribe el Papa al principio del documento: “Para que estos casos, en todas sus formas, no ocurran más, es necesaria una conversión continua y profunda de los corazones, atestiguada por acciones concretas y eficaces que involucren a todos en la la Iglesia”.

ENLACE: Carta Apostólica en forma de “Motu proprio” del Sumo Pontífice Francisco “Vos estis lux mundi” (completo)

 

Presentación del decreto y comentario de Mons. Charles Scicluna

“Ahora tenemos una ley universal que determina los pasos fundamentales para la investigación de un miembro de una congregación, obispo o superior mayor, religioso o religiosa, lo que es una clara señal de que incluso el liderazgo está supeditado no solo a la ley de Dios sino también a la canónica”, ha dicho el cardenal Charles Scicluna en un encuentro con la prensa hoy para presentar la carta apostólica en forma de motu proprio ‘Vos estis lux mundi’ (vosotros sois la luz del mundo), promulgada hoy, 9 de mayo, por el Papa Francisco. En el encuentro ha participado también Juan Ignacio Arrieta, secretario general del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos.

De esta manera, si bien “no se puede decir que antes de esto no se hicieran investigaciones”, Scicluna ha subrayado que el documento supone que cualquiera dentro de la jerarquía eclesial debe “responder de sus crímenes”, por lo que “no hay inmunidad, nadie, ni siquiera en un puesto de liderazgo, está por encima de la ley”. Por su parte, Arrieta ha apuntado el “coraje” que ha mostrado Francisco con este texto y con sus actos para desenmascarar los abusos en la Iglesia.

Arrieta ha reiterado que el texto es una “ley pontificia universal” que, si bien no introduce nuevos tipos de delitos, busca “formas seguras de abordar informaciones potencialmente criminales” y “verificarlas sin demora por medio de una investigación adecuada, para iniciar los procedimientos apropiados”. Y es que, como ha añadido Scicluna, “no se trata de inventar la rueda o hacer un comentario a las leyes que ya tenemos, sino de proporcionar procedimientos sobre lo que se necesita hacer para denunciar y luego para la investigación”. En opinión del purpurado, esto “es muy importante” porque el documento, que entrará en vigencia el 1 de junio de este año, “es el resultado del compromiso de potenciar el liderazgo, pero también es un compromiso con la transparencia”.

-Métodos de escucha activa

“Una de las cosas más importantes del motu proprio es que establece la obligación de los obispos de establecer de manera estable, accesible y segura en su diócesis uno o más sistemas para recibir informes, siguiendo las indicaciones de su respectiva Conferencia Episcopal”, ha apuntado Arrieta, a lo que ha añadido la novedad de la obligación de clérigos y religiosos de “informar si tienen noticias o razones para creer que la conducta de algún miembro de la Iglesia” es susceptible de ser investigada. Y es que, en esta etapa del proceso, “es importante la protección de las víctimas”.

“No solo se trata de la obligación de informar, sino de convertir las iglesias locales en instalaciones para escuchar”, ha apostillado Scicluna, para quien aceptar la denuncia tiene que ver, además, con “la aceptación y atención a la dignidad de las víctimas”.

-Mayor cercanía a las víctimas

Para los dos prelados, lo más innovador del motu proprio se encuentra en la “forma de gestionar las posibles informaciones” de casos de abusos por parte de los obispos y otros consagrados de los que sean informados mientras “ocupan altos cargos”. De esta manera, toda persona dentro de la Iglesia tiene la “obligación de informar inmediatamente” sobre los casos de abusos de los que sea notificado a la autoridad eclesial.

En cuanto a los procedimientos, si bien “existen métodos ya establecidos a lo largo de los siglos para investigar y posiblemente castigar a los obispos diocesanos, haciendo uso de la asistencia de las Nunciaturas Apostólicas y de las visitas canónicas” y esto va a continuar de la misma manera, Arrieta ha explicado que lo que establece el documento es que el sistema se lleve a cabo desde una “mayor cercanía a los lugares donde se hicieron los hechos para favorecer la contextualización y un mejor conocimiento de las circunstancias o incluso las necesidades específicas de las comunidades”.

Por otra parte, Arrieta ha subrayado que las investigaciones se deben llevar a cabo adoptando “métodos apropiados en caso de escuchar el testimonio de menores o personas vulnerables”, así como “respetando la presunción de inocencia hasta que se demuestre su culpabilidad y haciendo uso de la ayuda de personas adecuadas, incluso fieles laicos”. Además, Arrieta ha apuntado que las investigaciones “deben concluirse en 90 días”, durante los cuales el obispo de la localidad donde se esté llevando a cabo debe informar de forma mensual a la Santa Sede.

 

Las víctimas avalan las medidas antiabuso del Papa

“Es un buen primer paso. Estamos contentos. Ahora sólo falta que los obispos españoles cumplan las órdenes del Papa”. Juan Cuatrecasas, presidente de Infancia Robada, saluda el Motu Proprio publicado hoy por Francisco en el que da un año de plazo a los episcopados de todo el mundo para que establezcan cauces para permitir que todas las víctimas de abusos puedan denunciar, y da un plazo de 90 días para que se realice la investigación.

“Es importante que se vayan a investigar todos los casos que lleguen, independientemente de si han prescrito o no”, añade Cuatrecasas, quien observa “pasos adelante” en la intención del Papa Francisco de acabar con la pederastia en la Iglesia. La exigencia de un fondo para hacer posible estos cauces, y que sean las diócesis las que paguen la asistencia médica, espiritual o psicológica de las víctimas, también ha sido bien acogida.

-Transparencia y no papel mojado

Por su parte, otra de las víctimas, Miguel Ángel Hurtado, ha exigido “transparencia” en el sistema de denuncia de casos de abusos y el “obligado cumplimiento” de las normas establecidas en el Motu proprio ‘Vos estis lux mundi’.

“Todas las normas, no solamente en la Iglesia sino fuera de ella, pueden quedar muy bien en papel, pero lo más importante en la aplicación práctica que se hace. El Vaticano lleva 30 años anunciando reformas, protocolos, nuevas iniciativas que luego, en la práctica, no se llevan a cabo y quedan en papel mojado”, ha criticado en declaraciones a Europa Press Miguel Hurtado.

Para Hurtado, la consecuencia directa de ello es que “los sacerdotes pederastas no son sancionados adecuadamente y los obispos encubridores conservan su puesto de trabajo”. Así, Hurtado ha defendido que las normas tienen que ser “de obligado cumplimiento y tienen que tener unas consecuencias seguras, que haya una alta probabilidad de que los que cometan transgresiones sean castigados”.

 

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Fuentes:

L’Osservatore Romano / Religión Digital / La Nación / Vatican News

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