USO DE LA FUERZA Y SU PROPOSITO PREVENTIVO
En los abusos del uso de la fuerza policial, diversas tácticas y manuales incurren en una eufemización de la violencia, con eco pacificador de los hacedores consuetudinarios de los métodos de intervención policial sea por instinto, frustración o aprendizaje social, con sus códigos de silencio que aún persisten. ¿quiénes son los testigos de aquellas situaciones de tensión?, del desorden, de la turba, de las prácticas abusivas, de aquella demostración de fuerza que en el fragor del conflicto no vislumbra un escrutinio público real, eficiente, frente a la evanescencia de las pruebas. Es claro que el uso de la fuerza solo se activa cuando sea excepcionalmente necesario; pero hay una línea delgada, una arista proximal al contacto, pulsión, tendencia cuyas conductas exteriorizadas entre los miembros del orden y la ciudadanía, confluyen, dinamizan, en los contextos de conflictos, cuya interacción pone en riesgo inminente a la integridad de la personas involucradas, el fin del estado es el restablecimiento del orden con las facultades coercitivas, el fin de la protesta es ser escuchado, buscar un cambio, una exhalación frente al un estado desorganizado, incumplidor e indiferente.
El uso de la fuerza o instrumento de fuerza policial se puede dar para:
- garantizar el cumplimiento de las disposiciones legales
- prevenir un delito
- mantener el orden publico
- seguridad publica
- defender a una persona en peligro
- evitar un riego inminente de muerte o lesiones
- salvar una vida
- por seguridad nacional
- proteger los derechos y libertades de los demás
- protección de la salud
- restaurar el status quo
- Proteger la vida
- la amenaza no se concretice
- no haya victimas
- defenderse de un ataque directo
- evitar escape o fuga
- arrestar a sospechosos o en flagrancia
- para proteger su propia integridad
- emergencia publica
- peligro inmediato
- inestabilidad política interna
- contrarrestar una amenaza grupal
- disolver multitud violenta
- control de la oposición desbordada
- disuadir y no conlleve actos ilegítimos
- controlar la multitud
- Actuar ante algo inevitable
Mantenimiento PREVENTIVO y correctivo de los canales de atención de la Plataforma MAC – Mejor Atención al Ciudadano
El 04 de mayo mediante DECRETO SUPREMO
Nº 090-2019-PCM se publico la aprobacion
del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1211,
que aprueba medidas para
el fortalecimiento e implementación
de servicios integrados y servicios y
espacios compartidos
Objeto
establecer las disposiciones reglamentarias
que definan las funciones de las entidades,
desarrollar las etapas, procedimientos y
otros aspectos vinculados con la
implementación, operación y financiamiento
de los servicios integrados y servicios y
espacios compartidos,
a fin de mejorar la eficiencia, productividad y
la calidad de los servicios brindados
a las personas naturales y jurídicas,
tomando en consideración
sus particularidades socioculturales.
Administración Pública – Privada
La responsabilidad de proporcionar
las condiciones necesarias
para la implementación, operación, supervisión y
mantenimiento PREVENTIVO y correctivo
de los canales de atención de la Plataforma MAC
(Mejor Atención al Ciudadano)
está a cargo de una entidad privada,
que puede incluir el acondicionamiento
y mantenimiento de la infraestructura física
(interna y externa), la adquisición y mantenimiento de equipos
y mobiliario, la capacitación inicial y continua de los
servidores públicos, la adquisición y mantenimiento de los
sistemas de gestión, logística, limpieza y seguridad, entre
otros que determine la Secretaría de Gestión Pública de
la Presidencia del Consejo de Ministros.
La participación de las entidades privadas puede ser
parcial o total en las actividades antes señaladas.
La Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia
del Consejo de Ministros establece los parámetros de
funcionamiento y los niveles de calidad que el operador
privado debe adoptar para cumplir con el encargo
asumido.
Costos y gastos de operación y
mantenimiento de la Plataforma MAC
Los costos y gastos asociados a la operación y
mantenimiento de los canales de atención de la Plataforma
MAC que son asumidos entre todas las entidades públicas
incluyen los gastos de personal, alquiler de local, servicio
de limpieza, vigilancia, agua, energía eléctrica, telefonía fija,
Internet (línea dedicada), seguros, mantenimiento PREVENTIVO
y correctivo de mobiliario, equipamiento y reposición de
equipos de la plataforma, sistema de medición de la calidad,
útiles de oficina, insumos informáticos, artículos de limpieza,
uniformes, licencias de software, servicios de capacitación y
en general todo costo o gasto requerido para la adecuada
operación de cada uno de los canales de atención de la
Plataforma MAC.
LA PREVENCIÓN Y TRATAMIENTO DE LA ENFERMEDAD DE ALZHEIMER Y OTRAS DEMENCIAS
EL 18 DE JUNIO DE 2018 EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO SE PUBLICO LEY 30795 , LEY PARA LA PREVENCIÓN Y TRATAMIENTO DE LA ENFERMEDAD DE ALZHEIMER Y OTRAS DEMENCIAS
Objeto
La presente ley tiene por objeto establecer un marco legal para la protección integral del paciente con enfermedad de Alzheimer y otras demencias. Para el efecto, la ley considera medidas para la prevención, la evaluación, el diagnóstico y la promoción de un sistema de atención integral de salud, servicios sociales e investigación básica, que permita afrontar el tratamiento de las personas que padecen dichas enfermedades
Principios
a) Principio de universalidad: El acceso y prestación de los servicios de salud a que se refiere la presente ley se realizan sin discriminación.
b) Principio de participación y coordinación: LA PREVENCIÓN de la enfermedad de Alzheimer y otras demencias es responsabilidad conjunta del Estado, en todos sus niveles de gobierno, y de los ciudadanos. Para el efecto, las entidades públicas de los tres niveles de gobierno, dentro de sus competencias y en ejercicio de sus funciones, promueven la participación ciudadana.
c) Principio de oportunidad: Los establecimientos de salud, públicos y privados, llevan a cabo acciones de PREVENCIÓN y brindan información relacionada con la enfermedad de Alzheimer y otras demencias a los potenciales pacientes y a sus familiares y cuidadores. Asimismo, brindan atención oportuna frente a las primeras manifestaciones de la enfermedad y durante el desarrollo de ella.
d) Principio de atención progresiva: Conlleva la obligación del Estado de generar condiciones progresivas hacia la atención integral del paciente con enfermedad de Alzheimer y otras demencias, no permitiéndose ninguna forma de retroceso.
e) Principio de unidad: Las entidades del sector público, de los tres niveles de gobierno, así como las personas naturales y jurídicas se complementarán entre sí a efecto de dar cabal cumplimiento a lo establecido en la presente ley.
Coordinación y articulación de políticas sectoriales
El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud, y en coordinación con los sectores que lo conforman, desarrolla políticas y PROGRAMAS DE PREVENCIÓN de las enfermedades señaladas en esta ley, a través de estrategias intersectoriales que privilegien el envejecimiento activo, focalizando la atención en la educación a la comunidad y a los profesionales desde los colegios y las universidades.
Derechos de los pacientes
a) El CUIDADO PREVENTIVO, diagnóstico y cuidado progresivo, permanente e inmediato, que comprende la asistencia integral de su salud.
b) El adecuado tratamiento farmacológico y no farmacológico, debidamente prescrito.
c) La protección integral por parte del Estado en todas las etapas de la enfermedad, que incluye la protección contra el abandono por parte de la familia.
d) Otros que se establezca por ley.
Derechos de los familiares directos y cuidadores a cargo de la atención de los pacientes con enfermedad de Alzheimer y otras demencias
a) Recibir información especializada, PREVENTIVA y sobre los cuidados de los pacientes, en el establecimiento de salud en el que se atiende la persona con enfermedad de Alzheimer y otras demencias, sea el establecimiento público o privado
b) Solicitar y recibir, de común acuerdo con su empleador, las facilidades laborales extraordinarias que le permitan atender situaciones vinculadas con la evaluación y atención impostergable del paciente.
c) Participar en los programas y actividades que desarrollen las instituciones del sector público, para fortalecer su propia salud y equilibrio biopsicosocial y emocional.
d) A solicitar a su empleador hasta una jornada laboral de permiso remunerado al año, a fin de atender las necesidades del paciente.
Responsabilidades del Estado
Son responsabilidades del Estado, a través del Ministerio de Salud:
a) Garantizar los derechos de los pacientes, especialmente con lo que se relacionan con su DIGNIDAD PERSONAL.
b) Mantener en el sistema nacional de salud los servicios que procuren MEDIDAS DE PREVENCIÓN y atención integral a los pacientes con enfermedad de Alzheimer y otras demencias.
c) Promover la investigación básica y aplicada a través de las universidades, centros de INVESTIGACIÓN e instituciones vinculadas con la enfermedad.
d) Garantizar el acceso a un protocolo de evaluación que facilite el DIAGNÓSTICO Y EL TRATAMIENTO del paciente.
e) Formular y fomentar CAMPAÑAS DE PREVENCIÓN PRIMARIA, a nivel nacional, regional y local para la detección temprana y atención oportuna.
f) Fomentar la formación de RECURSOS HUMANOS especializados para la evaluación, diagnóstico y tratamiento de los pacientes.
g) Fomentar la ARTICULACIÓN DE REDES DE CENTROS DE SALUD, áreas especializadas, especialistas y familiares y cuidadores, a fin de potenciar la capacitación, difusión de información y atención y ayuda psicológica a familiares y cuidadores.
PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN DEL MAR POR VERTIMIENTO DE DESECHOS Y OTRAS MATERIAS
EL 16 de MAYO de 2018 en el diario oficial el peruano se publico la resolución legislativa 30766 que aprueba el protocolo de 1996 relativo al convenio sobre la PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN DEL MAR POR VERTIMIENTO DE DESECHOS Y OTRAS MATERIAS, 1972
El Perú no autoriza el vertimiento de los siguientes desechos u otras materias:
A.- Fangos cloacales (Anexo 1 del Protocolo Ítem 1.2).
B.- Desechos de pescado o materiales resultantes de la elaboración de pescado
(Anexo 1 del Protocolo Ítem 1.3).
C.- Flujos de dióxido de carbono resultante de los procesos de captura de dióxido de
carbono para su secuestro (Anexo 1 del Protocolo Ítem 1.8).
LOS OBJETIVOS del PROTOCOLO de 1996 relativo al convenio sobre la prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias, 1972
Las Partes Contratantes, individual y colectivamente, protegerán y preservarán el medio marino contra todas las fuentes de contaminación y adoptarán medidas eficaces, según su capacidad científica, técnica y económica, para PREVENIR, reducir y, cuando sea factible, eliminar la contaminación causada por el vertimiento o la incineración en el mar de desechos u otras materias. Cuando proceda, las Partes Contratantes armonizarán sus políticas a este respecto.
Obligaciones generales
Al implantar el presente Protocolo, las Partes Contratantes aplicarán un PLANTEAMIENTO PREVENTIVO DE LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE contra el vertimiento de desechos u otras materias, en virtud del cual se adoptarán las MEDIDAS PREVENTIVAS procedentes cuando haya motivos para creer que los desechos u otras materias introducidos en el medio marino pueden ocasionar daños aun cuando no haya pruebas definitivas que demuestren una relación causal entre los aportes y sus efectos.
Nuevo ROF de las Fiscalías de Prevención del delito
Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación 3377-2016-MP-FN del 02 de agosto del 2016 publicado en el diario oficial El Peruano el 04 de agosto del 2016 se APROBO el nuevo Reglamento de las Fiscalías de Prevención del Delito, que consta de 29 artículos, y DEJAN SIN EFECTO la Resolución de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público N° 539-99-MP-CEMP, de fecha 19 de julio de 1999, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de las Fiscalías Especiales de Prevención del Delito, así como todas aquellas disposiciones que se contrapongan con la presente resolución
Las Fiscalías de Prevención del Delito:
tiene competencia:
para conocer acciones destinadas a
prevenir el delito
sin que ello signifique inicio de diligencias
preliminares, preparatoria o de otra índole
( notarial, administrativo, civil , laboral, etc)
tiene funciones de:
recibir calificar las solicitudes preventivas formuladas,
diciendo si se justifica la intervención
del Ministerio publico
en razón del riesgo efectivo
de la posible comisión del delito.
El inicio del procedimiento preventivo:
se puede promover de oficio, a solicitud de la parte,
a pedido de las instituciones publicas o entidades privadas
sobre hechos que guarden relación
en el ámbito de su competencia.
El fiscal dispondrá el inicio del procedimiento preventivo:
cuando considere que existe un riesgo efectivo
de la posible comisión de un delito o
cuando los hechos revistan magnitud o
repercusión social en materia de prevención del delito.
El fiscal dispondrá NO HA LUGAR al inicio del procedimiento preventivo cuando:
1.- no concurran los presupuestos de riesgo efectivo o
que revistan repercusión social
2.- cuando los hechos denunciados se encuentran
vinculados con un proceso judicial o
administrativo en tramite,
cualquiera fuese su naturaleza
3.- cuando se trate de hechos
que presuntamente constituyen delito
sujetos al ejercicio de la acción penal pública
4.-Cuando se trate de hechos sujetos a
ejercicio de la acción penal privada y faltas
5.- cuando se solicite el otorgamiento
de garantías personales o posesorias.
12 CONSEJOS PREVENTIVOS para navegar por INTERNET
Según la DIVINROB – DIRINCRI – PNP (Policia Nacional del Peú) propone lo siguiente:
1. Si laguna información te hace sentir incomodo hazle sentir a tus padres
2. Cuida y protege tus claves, alguien las puede obtener en tu perjuicio
3. No aceptes correos desconocidos, podrían traer virus y troyanos que puedan espiarte
4. Evitar proporcionar fotos y videos, pueden ser mal utilizados
5. Busca cabinas seguras y confiables, no permitas que miren tu pantalla
6. Si encuentras un mensaje grosero, elimina el contacto y comunícalo a una persona mayor de confianza
7. Si conoces gente por internet y te proponen un encuentro personal, consúltalo con tus padres
8. Si te invitan a tomarte fotos por webcam, no lo permitas porque tu imagen pude ser mal utilizada
9. En las cabinas de preferencia, reinicia la maquina antes y después de usarla
10. Proporcionar datos personales es peligroso, si alguien insiste en pedírtelos, comunícalo a tus padres
11. Periódicamente cambia tus claves
12. No hagas click en cualquier aviso
Visita la página http://www.policiainformatica.gob.pe/
La Dirección de Investigación criminal y de apoyo a la justicia nos pone en conocimiento las siguientes ESTAFAS:
Cuento de la Lotería.- Le indican a la víctima que ha ganado y le piden un monto de dinero para entregarle el premio.
Cuento del Visitante numero X .- Abre una página y le sale un mensaje que es el visitante número 1’000,000 y por ello le van a dar un premio y proceden solicitándole dinero para entregarle el premio mayor.
Cuento nigeriano .- Un príncipe o esposa de príncipe le dice que su país tienen problemas políticas y han tenido que huir del país y que tienen una cuenta millonaria pero que no pueden sacar dinero sin previo trámite, posibilitando una transferencia a una cuenta distinta pero antes hay que dejar una garantía mediante transferencia electrónica.
Cuento del empleo .-Le ofrecen empleo en otro país y muy bien pagado le solicitan sus datos y empieza una comunicación fluida hasta ganar la confianza y luego le piden dinero para canalizar su puesto de trabajo.
Cuento del viaje.- Le dicen que ha ganado un viaje por barco con todo pagado y le muestran todas las ventajas y que para hacer efectivo los boletos tienen que hacer un pago previo y luego todo le sale gratis.
Cuento del Terrorista.- Le dicen que pertenecen a un grupo terrorista y que son encargados de de la parte técnica y que dentro de su base de datos esta su nombre y otros datos de su familia figurando como futuros objetivos terroristas, ofreciendo sacarlo de esa lista previo pago de dinero.
Cuento de la Venta.-Le ofrecen un producto y al pagarlo nunca recibe nada.
Cuento de la Compra.-Le ofrecen comprarle un producto, van a su domicilio y van con un técnico para chequear el producto y reciben una llamada telefónica que lo apuran y le piden rebaja por el apuro, luego del pago resultan los billetes falsos.
Cuento del modelaje.- Ofrecen empleo de modelo y para ello le piden mucha información e inclusive mostrando partes de su cuerpo para luego aprovechar vendiendo las foros o chantajeándola.
Cuento del médico para hacer adelgazar.- Le dicen que son médicos y citan mediante Chat, indicando que para situar el tratamiento necesitan ver el cuerpo, la víctima accede y venden el material o lo utilizan o para chantajear.
Cuento del Desaparecido.-Obtienen datos de desaparecidos en Internet y se comunican con los familiares, indicándole que el desaparecido está encerrado y está sufriendo en otros país y que ellos pueden rescatarlo y enviarlo a su país de origen, pidiendo mucho dinero para eso.
Cuento del correo.- Le dicen que el correo tiene sobresaturación y que si no se chequea le van a suspender su cuenta, le aparece una ventana que le pide ingresar su cuenta y su clave. Allí la víctima regala su clave.
! ESTAMOS ADVERTIDOS !
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