Aprueban pago diferido del IGV para las MYPES
No todo es malo en el Congreso, esta vez se aprobó el proyecto que busca estimular el desarrollo de las MYPES en nuestro país, para lo cual se permitirá diferir el pago del Impuesto General a las Ventas cuando se realice la cancelación de la factura y no al momento de su emisión.
La aprobación por parte del pleno del Congreso, con 73 votos a favor, dispone la modificación del artículo cuarto de la Ley del IGV y del ISC relacionado con el nacimiento de la obligación tributaria, así como de los servicios prestados por no domiciliados, los servicios de energía eléctrica, agua potable, teléfono, télex y telegráficos, y venta de bienes a crédito realizadas por las MYPES.
Es importante señalar que en el proyecto se establece que las fechas de pago del impuesto se de en las de vencimiento que se indique en el comprobante de pago respectivo.
Esta es una modificación importante en la legislación del IGV, esperemos que contribuya efectivamente en el desarrollo de las MYPES y que sea empleado de manera correcta, sin sacar provecho irregular de este beneficio.
Fuente: Diario Gestión del 09 de abril del 2010