El Ministerio de Trabajo precisó que las sanciones llegan hasta S/.1,980. Medida comprende a empleadores y dueños de establecimientos.

El Ministerio de Trabajo señaló que dará asesoría gratuita llamando al 0800-1-6872. (USI)
Aquellos empleadores que obliguen a sus trabajadoras del hogar a utilizar uniforme fuera de la vivienda donde prestan servicios, incurren en un acto de discriminación, el cual puede merecer una multa de mil 980 nuevos soles, informó el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

El Decreto Supremo 004-2009-TR establece que no se puede condicionarse al empleado del hogar a usar uniforme, mandil, delantal o cualquier otra vestimenta identificatoria o distintivo en espacios o establecimientos públicos como parques, playas, restaurantes, hoteles, locales comerciales, clubes sociales y similares.

También podrían ser multados los responsables de establecimientos públicos y privados cuyos mecanismos, regulaciones, servicios o acciones tengan como finalidad o resultado la constitución de un acto discriminatorio contra las trabajadoras del hogar.

Durante todo el año, el MTPE realiza una serie de campañas de orientación y difusión de la legislación laboral relativa a las trabajadoras del hogar para evitar la vulneración de sus derechos.

DATOS

◦El MTPE brinda asesoría gratuita llamando al 0800-1-6872.

◦Desde el 2007 a la fecha, el MTPE emitió 96 órdenes de inspección laboral en Lima para verificar actos de discriminación laboral, directa o indirecta.

Fuente: Peru21

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