PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR

El 23 de Noviembre del 2015 se publico la ley 30364  para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar

Objeto de la Ley

-prevenir, erradicar y sancionar

-toda forma de violencia producida en el ámbito público o privado

-contra las mujeres por su condición de tales, y

-contra los integrantes del grupo familiar;

-en especial, cuando se encuentran en situación de vulnerabilidad,

-por la edad o situación física

-como las niñas, niños, adolescentes,

-personas adultas mayores y personas con discapacidad.

Principios rectores

Principio de la debida diligencia

-El Estado adopta dilaciones, todas las políticas orientadas a

-PREVENIR, sancionar y erradicar

-toda forma de violencia contra las mujeres y

-los integrantes del grupo familiar.

Derecho a la asistencia y la protección integrales

-Las entidades que conforman el Sistema Nacional para la PREVENCIÓN,

-destinan recursos humanos especializados, logísticos y presupuestales

-con el objeto de detectar la violencia,

-atender a las víctimas, protegerlas y restablecer sus derechos.

Promoción, prevención y atención de salud

-La promoción, PREVENCIÓN, atención y

-recuperación integral de la salud física y mental

-de las víctimas de violencia contra las mujeres y

-los integrantes del grupo familiar es gratuita

-en cualquier establecimiento de salud del Estado e

– incluye la atención médica; exámenes de ayuda diagnóstica

-(laboratorio, imagenología y otros);

-hospitalización, medicamentos, tratamiento psicológico y psiquiátrico; y

-cualquier otra actividad necesaria o requerida para el restablecimiento de su salud.

Prevención de la Violencia, Atención y Recuperación de Víctimas

Servicios de promoción, prevención y recuperación de víctimas de violencia

-La protección de las mujeres y de los integrantes del grupo familiar

-contra actos de violencia es de interés público.

-El Estado es responsable de promover la PREVENCIÓN

-contra dichos actos y la recuperación de las víctimas.

-Es política del Estado

-la creación de servicios de atención y PREVENCIÓN contra la violencia.

-La creación y gestión de los hogares de refugio temporal,

-programas dirigidos a varones para PREVENIR conductas violentas y

-otros servicios de protección a favor de las víctimas de violencia contra la mujer

-e integrantes del grupo familiar estarán a cargo de los

-gobiernos locales, regionales y del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.

Valoración del riesgo de víctimas de violencia de pareja

-En casos de violencia de pareja,

-la Policía Nacional del Perú y el Ministerio Público

-aplican la ficha de valoración del riesgo

-en mujeres víctimas de violencia de pareja

-como medida de PREVENCIÓN del feminicidio.

Tratamiento penitenciario para la reinserción social de las personas agresoras privadas de libertad

-El Instituto Nacional Penitenciario

-incorpora el eje de PREVENCIÓN de la violencia contra las mujeres y

-los integrantes del grupo familiar

-dentro de los distintos programas de tratamiento penitenciario dirigidos a la población penal.

Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar

Creación, finalidad y competencia del sistema

-Créase el Sistema Nacional para la PREVENCIÓN,

-Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y

-los Integrantes del Grupo Familiar,

-a fin de coordinar, planificar, organizar y

-ejecutar acciones articuladas, integradas y

-complementarias para la acción del Estado en la PREVENCIÓN,

-atención, protección y reparación de la víctima,

-la sanción y reeducación del agresor,

Integrantes del sistema

-Integran el Sistema Nacional para la PREVENCIÓN,

-Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y

-los Integrantes del Grupo Familiar

-las entidades que integran la comisión multisectorial de alto nivel,

-que cuenta con una secretaría técnica, y las instancias

-regionales, provinciales y distritales de concertación

-para erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar.

Protocolo Base de Actuación Conjunta

-En PREVENCIÓN, atención, protección, detección precoz e

-intervención continuada, sanción y reeducación

-frente a la violencia contra las mujeres y

-los integrantes del grupo familiar

-contiene los lineamientos de articulación intersectorial

Responsabilidades sectoriales

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

-Disponer las medidas necesarias

-a fin de implementar acciones de PREVENCIÓN y

-atención de las víctimas de violencia en las zonas rurales del país y

-respecto de las víctimas en mayor situación de vulnerabilidad.

El MINEDU

-Incorporar en las guías dirigidas a la población escolar,

-contenidos sobre PREVENCIÓN del acoso y abuso sexual en niñas y niños.

El Ministerio del Interior

-Establecer, a través de sus órganos de línea,

-apoyo y control, las pautas y lineamientos técnicos

-para la adecuada ejecución, supervisión y control

-de las disposiciones de PREVENCIÓN, atención y protección

-contra la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar,

Los gobiernos regionales y locales

-Formular políticas, regular, dirigir, ejecutar, promover, supervisar y

controlar planes, políticas y programas regionales, locales y comunitarios,

para sensibilizar, PREVENIR, detectar y atender toda forma de violencia

contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar.

Obligaciones generales de los medios de comunicación

Los medios de comunicación, en la difusión de informaciones

relativas a la violencia sobre la mujer

garantizan, con la correspondiente objetividad informativa,

la defensa de los derechos humanos, la libertad y dignidad

de las mujeres víctimas de violencia y de sus hijos.

La prevención del acoso sexual en espacios Públicos

El 26 de Marzo del 2015 se publico la LEY PARA PREVENIR Y SANCIONAR EL ACOSO SEXUAL EN ESPACIOS PÚBLICOS – LEY 30314

Objeto de la Ley

prevenir y sancionar el acoso sexual

-producido en espacios públicos

-que afectan los derechos de las personas,

-en especial, los derechos de las mujeres.

Obligación de los gobiernos regionales, provinciales y locales para prevenir y sancionar el acoso sexual en espacios públicos

-Adoptan, mediante sus respectivas ordenanzas,

-las medidas contra el acoso sexual en espacios públicos

-Incorporan medidas de prevención y atención de actos de acoso sexual

-en espacios públicos en sus planes operativos institucionales.

Obligaciones del Ministerio de Educación

-Adopta, en todos los niveles educativos,

-las medidas contra el acoso sexual en espacios públicos

-Incluye en la malla curricular la enseñanza preventiva

-contra el acoso sexual en espacios públicos

-como forma de violación de derechos humanos.

Establece mecanismos de prevención del acoso sexual en espacios públicos.

-Desarrolla estrategias y acciones institucionales

-para que las Unidades de Gestión Educativa Local y

-las Direcciones Regionales de Educación a nivel nacional,

-incorporen las acciones establecidas por el Ministerio de Educación

-para la prevención y atención de los actos de acoso sexual en espacios públicos.

Obligaciones del Ministerio de Salud

-difunde y evalúa estrategias para el desarrollo de acciones

-a favor de la prevención y atención de casos de acoso sexual en espacios públicos e

-incorpora como parte de la atención de la salud mental

-en los servicios médicos a nivel nacional,

-la atención de casos derivados por esta causa.

Obligaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones

-adopta las medidas contra el acoso sexual en espacios públicos:

-Establece como medida de prevención en los servicios de transporte público a nivel nacional

-que se pegue un aviso en donde se señale

-que las conductas de acoso sexual se encuentran prohibidas y

-son objeto de denuncia y sanción.

Obligaciones del Ministerio del Interior

adopta las siguientes medidas contra el acoso sexual en espacios públicos:

Realiza acciones dirigidas a la prevención del acoso sexual en espacios públicos

dentro de las campañas que ejecuta la Dirección de Comunicación e Imagen de la Policía Nacional del Perú (DIRCIMA).

Prevención en el uso de las tecnologías para las niñas, niños y adolescentes

El 25 de Octubre del 2014 se publico la LEY 30254 -Ley de Promoción para el uso seguro y responsable de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones Por Niños, Niñas Y Adolescentes

Se constituyo una comisión especial que ademas de proponer y definir lineamientos, coordina políticas generales para la elaboración y difusión de campañas de información, prevención y educación; según la propia norma.

Tales campañas refiere la ley deben incluir una página web, elaborada para tal efecto por el Ministerio de Educación, publicaciones en medios de prensa radial, televisiva y escrita, charlas y material escrito en los colegios y talleres para padres y niños.

DECRETO SUPREMO N° 093-2019-PCM (14-05-2019) Aprueban el Reglamento de la Ley N° 30254, Ley de Promoción para el uso seguro y responsable de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones por Niños, Niñas y Adolescentes

Son funciones de la Comisión Especial

-Coordinar las políticas generales relacionadas

-al uso seguro y responsable de las TIC

-por niños, niñas y adolescentes

-para la elaboración y difusión de campañas de

-información, prevención y educación.

Las empresas operadoras del servicio de Internet, instituciones educativas privadas, entidades dedicadas a la protección de los niños, niñas y adolescentes y cualquier otra empresa o institución similar:

-participan de manera voluntaria

-en el desarrollo de campañas de información, prevención y educación

-en materia del uso seguro y responsable de las TIC

-por niños, niñas y adolescentes,

-a solicitud de las entidades públicas

-responsables del cumplimiento de los lineamientos y políticas

-emitidas por la Comisión Especial.

La Prevención de Violencia en la Actividad de Construcción Civil

EL 16 de agosto de 2015 se publico el DECRETO LEGISLATIVO N° 1187 en el cual se describe el objeto, alcance y finalidad de la norma.

Objeto

-establece las normas, las medidas de prevención y sanciones

-contra la violencia en la actividad de construcción civil.

Alcance

-Es de aplicación a las personas naturales y jurídicas,

-entidades públicas y privadas,

-organizaciones sindicales, dirigentes, trabajadores y

-otros afi nes que intervienen en la actividad de construcción civil.

Finalidad

a. PREVENIR la violencia y contrarrestar los delitos vinculados a la actividad de construcción civil.

b. Contribuir con la mejora de la seguridad ciudadana y el orden público en la actividad de construcción civil.

c. Promover mecanismos que aseguren la integridad física de los empleadores y trabajadores de la actividad de construcción civil.

d. Velar por el libre ejercicio de los derechos individuales y colectivos de los trabajadores de la actividad de construcción civil.

e. Articular acciones entre las autoridades de la administración pública que cumplen funciones vinculadas con la PREVENCIÓN y lucha contra la violencia en la actividad de construcción civil.

Acciones de Prevención y Control

a. La PNP realiza labores de PREVENCIÓN y patrullaje para coadyuvar a la reducción de la violencia a través de sus unidades especializadas a nivel nacional.

b. Los Gobiernos Locales deben comunicar a la comisaría del sector sobre todas las solicitudes de licencias y licencias para realizar edificaciones relacionadas a las actividades de construcción civil,

c. La autoridad competente del Sistema de Inspección del Trabajo realiza acciones de inspección en la actividad de construcción civil con la fi nalidad de velar por el cumplimiento de las normas sociolaborales y de seguridad y salud en el trabajo, contando para ello con el apoyo de la Policía Nacional del Perú.

d. El Ministerio Público, quien tiene a su cargo la dirección en toda la investigación penal, a través de sus FISCALÍAS DE PREVENCIÓN DEL DELITO, realiza acciones de PREVENCIÓN y control de delitos en coordinación con la PNP

Respuestas preventivas al delito ambiental

1. “Reconocer el papel de la delincuencia organizada: Actuar ahora,   diferente, mejor …”

2. “La corrupción es el elefante en la habitación y no decimos lo suficiente”

3. “Capturar los controladores, no el ejército de hormigas …”

4. “Aplicar  en recursos no estatales y trabajar mejor juntos”

5. “Si no actuamos ahora, vamos a perder …”

Comparto los cinco mensajes clave que concluyen los expertos de una red de profesionales como Iniciativa Mundial contra la Delincuencia Organizada Transnacional www.globalinitiative.net que se dedican a buscar estrategias para enfrentar la delincuencia organizada.

Estrategias de prevención del suicidio en adolescentes

Es necesario abordar las estrategias para prevenir el suicidio en adolescentes, identificar las diversas conductas, la desvinculación social, angustia existencial, desencadenantes, autoinjurias , tendencia depresiva, impulsividad, estrés, sustancia adictivas entre otros, por lo que comparto con Ustedes el cuadro de modelo conceptual de las estrategias de prevención en el manejo de conducta suicida por (Castro,2009,p442)

PREDISPOSICIÓN INDIVIDUAL

  • Manejo de la depresión
  • manejo de la ira
  • prevención de la soledad
  • entrenamiento en al solución de problemas
  • incremento de la competencia de realizar tareas propia de su edad
  • habilidades para el abordaje de la crisis
  • adiestramiento en autoayuda o búsqueda de atención de la salud

ENTORNO SOCIAL

  • prevención de la deserción escolar
  • detección y referencia temprana de los casos con patología de los padres( enfermedad mental , maltrato, abuso)
  • buscar figuras sustitutorias
  • orientación utilizando los medios de comunicación masiva

AGENTES PROXIMALES

  • adiestramiento para el manejo de objetos y sustancias peligrosas(instrumentos, medicamentos, venenos y armas de fuego) para padres y pediatras
  • programas sobre riesgos de suicidio para el personal de salud y educación

Para prevenir debemos conocer el origen del derecho penal

Al analizar los comentarios de (Ferre,2014) se puede identificar oscuros orígenes de la ciencia del derecho penal que involucra a destacados penalistas de los tiempos, cuya linea de ideas alarmarían en nuestra actualidad, ellos, los “otros” tenían que ser exterminados, esterilizados, masacrados sistemáticamente, la eugenesia, como actos de liberación!

A QUIENES?

Los que resultaban inconvenientes

Los de raza malhechores

Gitanos

Pródigos, sin profesión

Viciosos

Los llamados “extraños”

Prostitutas, en general asociales

Marginales,

Pequeños delincuentes,

Extraños a la comunidad

Asociales

Mendigos

Tachados de incapaces,

Epilépticos,

Dementes,

Degenerados,

Alcohólicos crónicos,

Los que padecían de síndrome de down,

Discapacitados físicos, psíquicos,

Los que padecían anormalidad mental,

Vidas improductivas

Enfermos,

Incapaces

Intelectualmente retrasados

Niños inviables o feos,

Enfermizos, deformes

Los desprovistos de valor vital

Los racialmente distintos

Los Judíos,

 

segregar, matar, exonerando de pena a sus autores, eran las pautas, la higiene racial para que no se propague la degeneración de la especie humana, condenas que debían cumplirse hasta alcanzar la corrección, búsqueda de la pureza , las castas, aberraciones en clara violación sistemática de los derechos fundamentales fueron en su momento sostenidos por dichos autores: Edmund Mezger , Binding y Hoche, Welzel , Balmes, Jimenes de Azua, Platon y otros; ocultamiento de obras que refiere Ferre es preciso reexaminar señalando que el pasado pervive con el derecho penal del enemigo.

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La prevención en los Protocolos de Trabajo Forzoso

Mediante Decreto supremo 011-2014-TR (03-10-14) se publico el Protocolo Intersectorial contra el Trabajo Forzoso, del cual se identifica 5 fases de acuerdo a la normativa vigente: promoción, prevención, detección, atención y recuperación; de los cuales haré una descripción de las actividades preventivas señaladas en la norma.

MINCETUR

-capacitar al personal

-elaboración y difusión del material de sensibilización

MIMP

-apoyan , orientan y desarrollan acciones de prevención

-factores de riesgo en niños, niñas y adolescentes

MINEDU

-Insertar actualizaciones profesionales

-integrar diseños en la curricula , contenidos sobre prevención

-incluir a los padres de familia acciones de mensaje sobre prevención

MININTER

-acciones contra la Trata

-mensaje y contenidos preventivos

MINSA

-desarrollo de competencias en factores de riesgo

-identificación de consecuencias

-estilo y entorno de vida saludable

-de acuerdo a la zona geográfica y cultural

-acciones promocionales

MTPE – Sunafil

-capacitaciones a inspectores de trabajo con enfoques en derechos y factores de riesgo

-concepto y lenguaje en intervención homogénea

MPFN

-temática en el programa de fiscales escolares

-incorporar programa de TV sobre el tema, los canales de denuncia

PJ

Desarrollar un curso anual sobre prevención de trabajo forzoso dirigido a magistrados

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Unión civil ? Interrogantes en la prevención social

Fraternidad universal?

Transformación social?

Abolición de géneros?

Nuevas masculinidades?

Feminidades alternativas?

Categorías estereotipadas?

Supresión de roles sexuales?

Solo anatomía sexual?

Expectativas abiertas?

Practicas cambiantes?

La cultura se convierte en destino?

Humanismo de la persona liberada de los grilletes del sexo?

Aparato reproductivo, signo de identidad?

El cuerpo, superficie de una inscripción cultural?

Diferencias físicas genitales, atributo simbólico?

Genero, fantasía instaurada?

Reificación del genero e identidad?

Se coarta la libre elección del individuo?

Normas instauradas y perpetuas socialmente?

Identidad abierta, en construcción?

Imaginario social?

Encrucijada sexual?

Homogeneización de la realidad humana?

 

Lo natural?, anatómico?, cromosómico? u hormonal?

Continuidad biológica?

Natural, inmutable, intemporal?

Quien determina la forma de pensar, actuar, sentir, vivir y ser?

 

Realidad normativa?

Parámetros morales establecidos y cambiantes?

Las sentencias bíblicas?

aislamiento secular?

Lenguaje misógino , homofóbico, lesfóbico o transfóbico?

Marginalidad sexual?

Influencia cultural hegemónica actual?

 

Lo descrito ha sido resumido y analizado a partir de la reflexión de (Arisó y M. Merida , 2010) en “Los Géneros de la violencia”; por la cual esquematizo las interrogantes, las acciones de expulsión o repulsión manifiestas, la visión etnocentrica o eurocentrica; el falogocentrismo o poder heterosexista, la identidad transgénero, trasexualidad, los mitos, el control, la subordinación y/o sumisión que crea vida inteligible, discontinuidades del genero y una actitud parcial, sectaria, intolerante y dominadora, que genera una etapa de insubordinación y la posibilidad de subvertir los patrones establecidos.

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Prevención en los Centros Comerciales

El 27-05-14 se publico la ley LEY N° 30200 que promueve el auxilio oportuno al público en los centros comerciales, en el cual señalan lo que deben contar asi como la inobservancia del mismo, el cual paso a describir 

Todo proveedor ( Centros Comercial) debe contar con

-un botiquín de primeros auxilios

-para atender las emergencias

-que se presenten en la salud de los consumidores

-que ingresan a su establecimiento abierto al público.

Además del botiquín de primeros auxilios, deben contar con:

un espacio adecuado para dar los primeros auxilios y estar dotado con:
a) Equipamiento y medicamentos
b) Un sistema de comunicación interna de alerta de la emergencia.
c) Un servicio de ambulancia para el traslado de pacientes

La Ley promueve el auxilio oportuno de las personas

-en los establecimientos comerciales abiertos al público,

-que se encuentren en circunstancia

-de una condición repentina o inesperada

-que requieran atención inmediata

-al poner en peligro inminente su vida.

La inobservancia de lo establecido

sera sancionado por el Código de Protección y Defensa del Consumidor.

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