Prevción de Politica Criminal
Politica Criminal
Politica Criminal
Sin resultados
con el cambio de normas
incremento de logística
mayor presupuesto
no funciona
Las personas a cargo
no son las idóneas
no hay compromiso
no hay inteligencia
no hay estrategia diversificada por un determinado lugar
se prioriza la protección de empresas
que otorgan beneficios
las calles están desguarnecidas
las autoridades apelan a su horario de oficina
los operativos se realizan para cumplir metas cuantificables
sin importarles si realmente se previene la delincuencia
Las acciones policiales son previsibles, no hay sorpresa
la mayoría de los operativos se filtran
con amen de los que iban hacer intervenidos
y no se hace nada para descubrir que funcionario revelo tal acción,
delincuencia anticipada
Policía, fiscalía, serenazgo tienen agendas propias
que muchas veces colisionan entre si
la intervención a una persona con poder suele ser más condescendiente
una clara diferenciación a la dureza aplicada a los menos favorecidos
no se analiza el delito
no hay estudios de predicción delictiva
o identificación de patrones
para enfrentar con eficiencia la delincuencia
se obra como un mero tramite
la capacidad de respuesta
continua débil por décadas
no hay visos de cambio
todo sigue igual
piloto automático
no se deje engañar
Debe ser prioridad del estado
La determinación de una política criminal que se establezca como manifestación de un eficaz control social y solución de conflictos, dirigida hacia las acciones humana consideradas violentas o nocivas las que entorpecen el desarrollo armónico de nuestra sociedad
Política criminal
Conjunto de medidas dispuestas por el estado para enfrentar la criminalidad (delito-delincuente) y la criminalización (pena y función resocializadora) dedicadas especialmente a la :
*prevención
*represión y
*control del delito
Principio rectores
*Garantía de los derechos fundamentales y de la dignidad humana
*Principio de mínima intervención y subsidiariedad
*Principio de tolerancia
*Principio de humanidad de las sanciones penales
*Principio de acción multiagencial
*Principio de resocialización
*Principio de eficiencia y racionalidad
*Principio de legalidad
*Principio de proporcionalidad
*Coordinación horizontal entre las instituciones
Secretaria Técnica
*Diseñar y proponer el programa nacional de política criminal que incluya el plan de prevención del delito, así como las directivas y manuales necesarias para su aplicación
*Proponer los indicadores verificables con relación a la prevención y sanción de la criminalidad
*Informar sobre el cumplimiento del estado peruano e relación a los compromisos establecidos por convenios internacionales en materia de prevención del crimen y justicia penal
*Coordinar y asesorar a la policía nacional del Perú en la lucha y prevención del delito en el marco del programa nacional de política criminal
*Promover un sistema de educación en valores ciudadanos y una cultura de participación ciudadana como uno de los aspectos básicos para consolidar la política criminal estatal
Observaciones al reglamento
Se habla de eficacia, eficaz control, eficaz reforma, eficacia de políticas, eficacia del programa y sobre la eficiencia lo ubican como Principio rector; sin embargo
Conforme (Fernandez-Ballesteros, 1995, OMS,1981) encontramos:
Juicio sobre la EFICACIA
( si el Programa Preventivo ha alcanzado los objetivos perseguidos)
Juicio sobre la EFECTIVIDAD
( si el Programa Preventivo ha sido capaz de producir algún efecto)
Juicio sobre la EFICIENCIA
( si en el Programa Preventivo los resultados alcanzados justifican los esfuerzos realizados )
Se habla de estadísticas en materia criminal, pero no se hace mención al análisis delictual
Mediante ley Nº 29807 (29-11-11) se crea el Consejo Nacional de Política Criminal, cuyos Mandatos y atribuciones en relación a la prevención son las siguientes:
-Diseñar, aprobar y supervisar la ejecución del Programa Nacional de Política Criminal
*A partir de la información de la realidad nacional,
*De las conclusiones del Diagnóstico Nacional sobre las causas del delito y
*Los factores que inciden en su expansión, y
*Asumiendo con carácter vinculante las recomendaciones de los convenios internacionales en materia de PREVENCIÓN DEL CRIMEN y justicia penal.
-Formular políticas y directrices criminológicas que
*Deberán ser propuestas a los diversos sectores y
*Entidades involucradas en el sistema de control social, y,
*En particular, por aquellas que de manera directa se vinculan a la PREVENCIÓN, investigación y represión del delito, a la justicia penal y a
*La ejecución de penas y medidas de seguridad,
*Con la finalidad de establecer líneas de trabajo orientadas hacia un mismo objetivo.
-Establecer, junto con las diversas instancias y sectores involucrados
*Indicadores verificables con relación a la PREVENCIÓN y
*Sanción de la criminalidad
-Participar en los congresos de las Naciones Unidas, la Organización de Estados
Americanos u otros organismos internacionales,
Sobre PREVENCIÓN DEL CRIMEN y justicia penal.
– Evaluar el grado de cumplimiento del Estado peruano
*De los compromisos establecidos por los convenios internacionales en materia de PREVENCIÓN del crimen y justicia penal, y, de ser el caso,
*Coordinar las acciones que sean necesarias para su total adecuación.
EN MATERIA DE JUVENTUD
*Desarrollar planes, programas y proyectos que
*GARANTICEN LA PREVENCIÓN y rehabilitación de jóvenes
*Que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad,
*Atendiendo su heterogeneidad,
*En el marco de una cultura de paz, tolerancia y seguridad ciudadana.
EN MATERIA DE INCLUSIÓN
*Desarrollar programas destinados a
*Reducir la mortalidad infantil,
*PREVENIR LAS ENFERMEDADES crónicas y
*Mejorar la nutrición de los menores de edad.
EN MATERIA DE EXTENSIÓN TECNOLÓGICA, MEDIO AMBIENTE Y COMPETITIVIDAD
*Implementar las medidas de PREVENCIÓN DE RIESGOS y daños ambientales que sean necesarias.