De todo lo expresado en la ley No se hace mención al ANALISIS DELICTUAL, lo que hace advertir un vacio muy grande. Se debe convocar y seleccionar miembros de la Policía Nacional, Ministerio Publico y profesionales inmersos y comprometidos en dichas áreas para la labor preventiva, identificar el problema, conseguir información fiable, analizarla y una vez estudiada, formular estrategias, ojo, no copiar tácticas empleadas en otras lados, se debe aprender de lo que funciono como buena practica y pueda ser implementado no igual sino conforme a la realidad nacional; es decir INNOVAR, gestionar, liderar, respetando la inclusion social, los grupos de riesgo, lo que resulta sustentable en el tiempo, así que lo convenios deben advertir aquello.

Mediante ley Nº 29807 (29-11-11) se crea el Consejo Nacional de Política Criminal, cuyos Mandatos y atribuciones en relación a la prevención son las siguientes:

-Diseñar, aprobar y supervisar la ejecución del Programa Nacional de Política Criminal
*A partir de la información de la realidad nacional,
*De las conclusiones del Diagnóstico Nacional sobre las causas del delito y
*Los factores que inciden en su expansión, y
*Asumiendo con carácter vinculante las recomendaciones de los convenios internacionales en materia de PREVENCIÓN DEL CRIMEN y justicia penal.

-Formular políticas y directrices criminológicas que
*Deberán ser propuestas a los diversos sectores y
*Entidades involucradas en el sistema de control social, y,
*En particular, por aquellas que de manera directa se vinculan a la PREVENCIÓN, investigación y represión del delito, a la justicia penal y a
*La ejecución de penas y medidas de seguridad,
*Con la finalidad de establecer líneas de trabajo orientadas hacia un mismo objetivo.

-Establecer, junto con las diversas instancias y sectores involucrados
*Indicadores verificables con relación a la PREVENCIÓN y
*Sanción de la criminalidad

-Participar en los congresos de las Naciones Unidas, la Organización de Estados
Americanos u otros organismos internacionales,
Sobre PREVENCIÓN DEL CRIMEN y justicia penal.

– Evaluar el grado de cumplimiento del Estado peruano
*De los compromisos establecidos por los convenios internacionales en materia de PREVENCIÓN del crimen y justicia penal, y, de ser el caso,
*Coordinar las acciones que sean necesarias para su total adecuación.

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