Modifican normas que regulan el uso obligatorio del Sistema de Emisión Electrónica Operador de Servicios Electrónicos y del Sistema de Emisión Electrónica SUNAT Operaciones en Línea

[Visto: 654 veces]

A continuación se transcriben los considerandos de la Resolución. Pueden acceder al texto completo en las Normas Legales del Diario El Peruano.

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 044-2019/SUNAT

MODIFICAN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 239-2018/SUNAT, QUE
ESTABLECE EL USO OBLIGATORIO DEL SISTEMA DE EMISIÓN ELECTRÓNICA OPERADOR DE
SERVICIOS ELECTRÓNICOS Y DEL SISTEMA DE EMISIÓN ELECTRÓNICA SUNAT OPERACIONES
EN LÍNEA Y MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 117-2017/SUNAT
Lima, 27 de febrero de 2019

CONSIDERANDO:
Que el artículo único de la Resolución de Superintendencia Nº 239-2018/SUNAT dispone que los
emisores electrónicos del Sistema de Emisión Electrónica (SEE) designados por la SUNAT o por elección, respecto de la emisión de facturas electrónicas, boletas de
venta electrónicas y notas electrónicas vinculadas a aquellas, están obligados a utilizar el SEE – Operador de Servicios Electrónicos (SEE – OSE) y/o el SEE – SUNAT
Operaciones en Línea (SEE – SOL) estableciendo los sujetos y las fechas desde las que deben emitir en alguno de esos sistemas;

Que, según el citado artículo, los emisores electrónicos que al 31 de diciembre de 2018 tengan la calidad de principales contribuyentes nacionales, principales contribuyentes de la Intendencia Lima, principales contribuyentes de las intendencias regionales y oficinas
zonales o agentes de retención o agentes de percepción del impuesto general a las ventas (IGV) deben cumplir con la obligación referida en el considerando anterior desde el
1 de marzo de 2019; mientras que los sujetos en los que, a partir del 1 de enero de 2019, concurran las calidades de emisor electrónico y de principal contribuyente
nacional, principal contribuyente de la Intendencia Lima, principal contribuyente de intendencia regional u oficina zonal o agente de retención o agente de percepción del
IGV deben cumpli r la citada obligación desde el primer día calendario del cuarto mes siguiente a aquel en que concurran las calidades mencionadas;

Que, a fin de otorgar un mayor tiempo de adecuación a los emisores electrónicos para la
emisión obligatoria a través del SEE – OSE y/o el SEE – SOL, se ha estimado conveniente que la obligación de utilizar dichos sistemas sea progresiva, motivo por el cual se reduce el universo de sujetos obligados, y se establece que estos puedan seguir usando el SEE
desarrollado desde los sistemas del contribuyente (SEE – Del Contribuyente) y/o el SEE Facturador SUNAT (SEE – SFS) por un plazo adicional;

En uso de las facultades conferidas por el artículo 3 del Decreto Ley Nº 25632 y normas modificatorias; el artículo 11 del Decreto Legislativo Nº 501, Ley General
de la SUNAT y normas modificatorias; el artículo 5 de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y normas modificatorias, y el inciso o) del artículo 8 del
Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 122- 2014/SUNAT y normas modificatorias;

 

Puntuación: 0 / Votos: 0

Díaz Becerra, Oscar

• Contador Público y Bachiller en Ciencias Administrativas por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP). Magister en Contabilidad de Gestión por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. • Se ha desempeñado como Contador General y Asesor Contable en empresas nacionales y extranjeras. • Representante de las Facultades de Ciencias Contables de las Universidades del País ante el Consejo Normativo de Contabilidad para el periodo 2017-2020 y 2021-2024. • Director Nacional por Perú ante la Asociación Interamericana de Contabilidad (AIC) para el periodo 2019-2021 y 2022-2023. • Presidente del Comité Técnico Nacional Permanente de la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú para el periodo 2018-2020. • Miembro Asociado del Instituto Peruano de Investigación y Desarrollo Tributario e integrante de la Junta Directiva para el periodo 2012-2014. • Ha sido miembro de la Comisión Ad Hoc en la Oficina Descentralizada del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI). • Ha participado en investigaciones individuales y grupales. Diploma a mejor Ponencia en el VI Congreso Iberoamericano de Administración Empresarial y Contabilidad en España 2010, en el VIII Congreso Iberoamericano de Administración Empresarial y Contabilidad en Perú 2012 y en el IX Congreso Iberoamericano de Administración Empresarial y Contabilidad en España 2013. • Premio a la investigación “Roberto Casas Alatriste” 2017 otorgado por la Asociación Interamericana de Contabilidad (AIC) en la XXXII Conferencia Interamericana de Contabilidad. • Expositor en Congresos, conferencias y otros eventos académicos nacionales e internacionales. • Fundador y Director de la revista Contabilidad y Negocios de la PUCP del 2006 a 2021. • Miembro del Consejo de redacción de la Revista Iberoamericana de Contabilidad de Gestión editada por la Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas (AECA) y la Asociación Interamericana de Contabilidad (AIC). • Miembro del Cuerpo Editorial de la revista Pensar Contábil editada por el Consejo Regional de Contabilidad del Estado de Rio de Janeiro (Brasil). • Miembro del Consejo Editorial de la revista Investigación en ciencia, gestión, sustentabilidad y tecnología editada por la Facultad de Negocios de la Universidad La Salle (México). • Presidente de la Asociación Iberoamericana de Control de Gestión - AICOGestión para Perú. • Reconocimiento a la Investigación 2010, 2012, 2014, 2016, 2017, 2018 y 2020 otorgado por la PUCP. • Árbitro en revistas científicas y congresos internacionales. • Presidente del Comité Técnico Nacional de Investigación Contable de la Junta de Decanos de los Colegios de Contadores Públicos del Perú para el periodo 2014 al 2016. • Miembro de la Comisión Técnica Interamericana de Investigación Contable de la Asociación Interamericana de Contabilidad (AIC) para el periodo 2013-2015 y 2016-2017. • Miembro de la Comisión Técnica Interamericana de Educación de la Asociación Interamericana de Contabilidad (AIC) para el periodo 2018-2019, 2020-2021 y 2022-2023. • Autor de artículos publicados en revistas académicas y de divulgación profesional, nacionales y extranjeras. • Premio a la Responsabilidad social 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016 otorgado por la Dirección Académica de Responsabilidad Social de la PUCP. • Profesor Asociado del Departamento Académico de Ciencias Contables de la PUCP. • Doctor Honoris Causa por la Universidad Nacional de Huancavelica • Profesor Honorario en la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo. • Profesor Honorario y profesor Visitante en la Universidad Particular de Chiclayo. • Coordinador de la Sección de Contabilidad del Departamento Académico de Ciencias Administrativas de la PUCP durante el periodo 2002-2005 y 2005-2008. • Jefe del Departamento Académico de Ciencias Administrativas de la PUCP durante el periodo 2008-2011. • Decano de la Facultad de Ciencias Contables de la PUCP para el periodo 2011-2014 y 2014-2017.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *