Se oficializa prórroga del PCGE hasta el 1 de enero del año 2011
Tal como era previsible, se oficializa la prórroga de la vigencia del PCGE hasta el año 2011,
pudiendo obtar por su aplicación facultativa a partir del año 2010, ahora solo queda esperar
la prórroga de los Libros y Registros vinculados con asuntos tributarios.
A continuación se presenta el texto completo de la resolución del Consejo Normativo de Contabilidad:
Lima, 11 de noviembre de 2009 Resolución Nº 042-2009-EF/94
VISTO:
Los documentos de Presidencia de la Cámara de Comercio de Lima N°
P/184.07.09/GL y CONFIEP PRE-453/09 referente a prorrogar la entrada en vigencia
obligatoria del Plan Contable General Empresarial
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 40º de la Ley Nº 28112 Ley Marco de la Administración
Financiera del Sector Público, establece que el Sistema Nacional de Contabilidad es el
conjunto de órganos, políticas, principios, normas y procedimientos de contabilidad de
los sectores público y privado, de aceptación general y aplicados a las entidades y
órganos que los conforman y que contribuyen al cumplimiento de sus fines y objetivos;
Que, el artículo 10° de la Ley Nº 28708, señala que las atribuciones del
Consejo Normativo de Contabilidad son estudiar, analizar y opinar sobre las
propuestas de normas relativas a la contabilidad de los sectores público y privado;
emitir resoluciones dictando y aprobando las normas de contabilidad para las
entidades del sector privado; y absolver consultas en materia de su competencia;
Que, el artículo 16º inciso 16.3) de la Ley Nº 28708 Ley General del Sistema
Nacional de Contabilidad señala que las Entidades del sector privado efectuarán el
registro contable de sus transacciones con sujeción a las normas y procedimientos
dictados y aprobados por el Consejo Normativo de Contabilidad;
Que, mediante Resolución Nº 041-2008-EF/94 del Consejo Normativo de
Contabilidad se aprobó el uso obligatorio del Plan Contable General Empresarial
(PCGE), que entrará en vigencia a partir del 01 de enero del año 2010,
recomendándose su aplicación anticipada en el año 2009;
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 10º de la Ley Nº 28708
Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Difiérase el uso obligatorio del Plan Contable General
Empresarial hasta el 1 de enero del año 2011, con aplicación optativa en el año 2010.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CPC. Oscar A. Pajuelo Ramírez
Presidente
Consejo Normativo de Contabilidad
CPC. Jorge L. De Velazco Borda
Representante de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria
CPC. Carmen Green Zevallos
Representante del Banco Central de Reserva del Perú
CPC. María E. Hernández Pastor
Representante de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas
CPC. Víctor H. Cáceres Ascencio
Representante de las Facultades de Ciencias Contables de las Universidades del País
CPC. Eugenio Araujo Apaclla
Representante del Instituto Nacional de Estadística e Informática
CPC. María L. Ríos Diestro
Representante de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de
Fondos de Pensiones
CPC. Gregorio M. Ramírez Rojas
Representante de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores
Fuente: Dirección Nacional de Contabilidad Pública
Bacan, espero compartir opiniones, mejoremos el nivel de apacitación, compartamos experiencias.saludos.