Las personas mayores de 65 años que conviven en pareja y que han aportado a la Oficina Nacional de Pensiones (ONP), por más de 20 años entre ambos, podrán acceder a una pensión de jubilación que les permita tener un ingreso mensual para costear sus necesidades básicas, informaron las fiscales civiles Olenka Olivas, Yadira de la Cruz y María Rodríguez Fernández.
“Con esta modalidad de la ley 29451 es posible que sumado los años de aportes de los cónyugues o convivientes, que reúnan los 20 años exigidos que pueden ser en tiempos indistintos, puedan obtener una pensión con la concurrencia de otros requisitos más, que la ley ha previsto”, explicó Olivas.
Remarcó que para acceder a este tipo de pensión ninguno de los cónyugues o convivientes deberá percibir pensión alguna, pues la titularidad de la pensión es de ambos y ya no de uno solo. Por otro lado, la fiscal civil Yadira de la Cruz, remarcó que las personas que aportan a las AFP no alcanzan a este tipo de jubilación especial.
Fuente: La Primera