Principio Precautorio en la Biotecnología

LEY Nº 27104, Ley de Prevención de Riesgos Derivados del uso de la Biotecnología señala que:

El Estado, a través de sus organismos competentes, evaluará los impactos negativos a la salud humana, al ambiente y a la diversidad biológica, que ocasione la liberación intencionada de un determinado OVM((ORGANISMO VIVO MODIFICADO) y, de existir amenazas, será desautorizada su liberación y uso, siempre que dicha medida sea técnicamente justificable y no constituya obstáculo técnico o restricción encubierta al comercio.

El CONFINAMIENTO es la PREVENCIÓN de la dispersión de organismos fuera de las instalaciones, que puede lograrse por medio de:

Confinamiento físico
1. Aplicación de prácticas de trabajo adecuadas,
2. Uso de equipo apropiado y
3. Buen diseño de las instalaciones) y/o

Confinamiento biológico
1. Empleo de organismos que tienen una capacidad reducida de sobrevivir o de reproducirse en el medio natural

La ley de PREVENCIÓN de Riesgos en la Biotecnología tiene como Finalidad:

1) Proteger la salud humana, el ambiente y la diversidad biológica;
2) Promover la seguridad en la investigación y desarrollo de la biotecnología ((aplicación de técnicas in vitro de ácido nucleico)en sus aplicaciones para la producción y prestación de servicios;
3) Regular, administrar y controlar los riesgos derivados del uso confinado y la liberación de los OVM,
4) Regular el intercambio y la comercialización, dentro del país y con el resto del mundo de OVM, facilitando la transferencia tecnológica internacional en concordancia con Ios acuerdos internacionales suscritos y que suscriba el país.

Como órganos Competentes encontramos a, el Consejo Nacional del Ambiente (CONAM), la Comisión Nacional sobre Diversidad Biológica (CONADIB), y la Dirección General o a la oficina especializada

Según el PROTOCOLO DE CARTAGENA SOBRE SEGURIDAD DE LA BIOTECNOLOGÍA DEL CONVENIO SOBRE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA sostiene:

*Cada Parte tomará las medidas oportunas para PREVENIR los movimientos transfronterizos involuntarios de organismos vivos modificados, incluidas medidas como la exigencia de que se realice una evaluación del riesgo antes de la primera liberación de un organismo vivo modificado.

*Cada Parte adoptará las medidas nacionales adecuadas encaminadas a PREVENIR y, si procede, penalizar los movimientos transfronterizos de organismos vivos modificados realizados en contravención de las medidas nacionales que rigen la aplicación del presente Protocolo. Esos movimientos se considerarán movimientos transfronterizos ilícitos.

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Conclusiones preventivas para los malos hábitos

En Washington, en 1911, conforme lo descrito por José Ingenieros se formularon conclusiones á fin de vencer los malos hábitos entre los niños de las grandes ciudades, entre ellas encontramos:
A
*Leyes que hagan responsables a los padres por los daños que cometieran sus hijos,
*Obligándolos a cumplir sus descuidados deberes o a
*Subvenir a las necesidades de los hijos, y
*Que permitan sacar a estos del hogar malsano para colocarlos en establecimientos
*Donde se les eduque y enseñen un oficio
.

B
*Mayor cooperación entre las autoridades escolares y el público;
*Mejor adaptación de la función escolar a los intereses y necesidades individuales de los niños;
*Más jardines de infantes y un mayor desarrollo de la enseñanza manual.

C
*El aumento de las plazas de juegos y centros de sana recreación,
*Gimnasios y campos atléticos (seguro, remedio de prevenir las infracciones y delitos de la infancia)
*Que los niños puedan aprender á soportar la derrota con valor y la victoria con modestia.

D
*Lecturas y conferencias para, los padres, sobre asuntos prácticos,
*Tendientes á lograr mejores y más felices hogares,
*Como el medio más sabio de preservar á los hijos de una vida de ociosidad y de vagancia.

E
*Contribución eficaz de la prensa y del clero, para guiar el sentimiento público y
*Hacer triunfar la idea de que el mejor escudo contra el delito es cuidar a los niños é impedir que se hagan vagos u ociosos.

MÁS DE UN SIGLO HA PASADO Y LAS CONCLUSIONES NO SE HAN CUMPLIDO EN EL PERU, QUE PASO?

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La Prevención en el Código de Ejecución Penal

En la EXPOSICION DE MOTIVOS del código
ANTECEDENTES encontramos que el código recoge las reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos aprobadas por el I Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente y sus modificatorias, así como las Reglas Mínimas adoptadas por el Consejo de Europa el 19 de enero de 1973. Y las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos aprobadas en Ginebra en 1955.

En el REGIMEN PENITENCIARIO La redención de la pena por el trabajo y la educación es una institución de prevención especial que permite reducir el tiempo de duración de la pena al interno que desempeñe una actividad laboral o educativa, bajo el control de la administración penitenciaria. ( 2×1 o 5×1) importantes en el proceso de tratamiento y como elemento despenalizador, contribuyendo de esta manera al descongestionamiento de los penales

Respecto a la SEGURIDAD Desde el Primer Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del delincuente, realizado en 1955, se recomienda que la seguridad integral de los establecimientos debe estar a cargo de personal civil.

El INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO es el organismo rector del Sistema Penitenciario Nacional dirigida por un órgano colegiado (Consejo Nacional Penitenciario) que tendrá como una de sus funciones principales elaborar la política de prevención del delito y tratamiento del delincuente.

EN TITULO PRELIMINAR del código

Artículo X.- Recomendaciones de las NN.UU..- El Sistema Penitenciario acoge las disposiciones, conclusiones y recomendaciones de las Naciones Unidas para la prevención del delito y tratamiento del delincuente.

En el CÓDIGO

Artículo 66º.- Organización del trabajo penitenciario.- La organización del trabajo penitenciario, sus métodos, horarios, medidas preventivas, de higiene y seguridad, se regulan por el Reglamento y por la legislación del trabajo, en cuanto ésta sea aplicable.

Artículo 76º.- Salud física y mental.- El interno tiene derecho a alcanzar, mantener o recuperar el bienestar físico y mental. La Administración Penitenciaria proveerá lo necesario para el desarrollo de las acciones de prevención, promoción y recuperación de la salud.

Artículo 135º.- Funciones del INPE.- Son funciones del Instituto Nacional Penitenciario:
*Realizar investigaciones sobre la criminalidad y elaborar la política de prevención del delito y tratamiento del delincuente.
*Ejercer representación del Estado ante los organismos y entidades nacionales e internacionales o en los eventos y congresos correspondientes sobre la prevención del delito y tratamiento del delincuente.

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Acciones Preventivas en las coordinaciones multisectoriales

Las coordinaciones entre la sociedad y los diferentes organismos del estado y sectores privados para la prevención y control del delito deben darse siguientes acciones:

*Armonizar los puntos comunes ya conocidos
*Ordenar las proposiciones consensuadas
*Acoplar acciones positivas de otros sectores no previstas en la propuesta inicial
*Organizar las estrategias según las prioridades
*Conservar su continuidad y estrictez en el desarrollo
*Concretizar y articular los procesos a ejecutar
*Complementar e implementar los cambios necesarios

A las posibles ocurrencias tomar en cuenta para preverlo:

*Advertir la posible desorganización causada por factores endógenos o exógenos

*Cuidar que el involucramiento cívico del plan motive a su vez exclusión

*Evitar el desorden por buscar celeridad

*Reconocer oportunamente los desaciertos y enmendarlos

*Verificficar la utilidad de las decisiones tomadas

*Preparar para lo inadvertido (desastre natural u otros) plan de contingencia

*Identificar alteraciones en el plan aportadas o inducidas por algún provecho personal u otro

*Estudiar si los primeros logros pueden conservar su continuación

*Tener una visión retrospectiva y prospectiva en la evaluación

*Registrar el avance y los factores que lo ponen en riesgo para su corrección o reformulación

*Evitar alguna secuela negativa en el desarrollo del programa

*Reconocer las acciones que incurren gasto y las que generan costo

*Tomar en cuenta los costos de oportunidad que puedan originarse

Autor: Pedro Eloy Del Carpio Soto (más…)

La Prevención en la BIBLIA

Traducción en lenguaje actual (TLA)
Proverbios 27:12
12 Prever el peligro y evitarlo es actuar con inteligencia; hay que ser muy tonto para no preverlo ni evitarlo.

Vale más prevenir que lamentar
19 Querido jovencito, antes de empezar a hablar, piensa lo que vas a decir. Cuida de tu salud si no quieres caer enfermo.

La Biblia de las Américas (LBLA)
Lucas 16:28
28pues tengo cinco hermanos, de modo que él los prevenga, para que ellos no vengan también a este lugar de tormento.”
Crónicas 16:1
1En el año treinta y seis del reinado de Asa, subió Baasa, rey de Israel, contra Judá y fortificó Ramá para prevenir que nadie saliera o entrara en ayuda de Asa, rey de Judá

Castilian (CST)
Colosenses 2:4
4 Os digo esto para preveniros y evitar que alguien os engañe con palabras persuasivas.
Pedro 3:17
17 Digo esto, amados hermanos, para que, sabiéndolo de antemano, estéis prevenidos y no os dejéis arrastrar por el error de esos perversos, ni perdáis la firme convicción de vuestras posiciones.

Dios Habla Hoy (DHH)
Job 33:17
16 Dios habla al oído de los hombres; los reprende y los llena de miedo,
17 para apartarlos de sus malas obras y prevenirlos contra el orgullo.
Eclesiástico 18:27
27 El sabio siempre está prevenido; si hay peligro de pecar, se aleja del mal.

Nueva Traducción Viviente (NTV)
Proverbios 7:5
5 Deja que ellas te prevengan de tener una aventura con una mujer inmoral y de escuchar las adulaciones de una mujer promiscua.

Nueva Versión Internacional (NVI)
Proverbios 10:5
5 El hijo prevenido se abastece en el verano, pero el sinvergüenza duerme en tiempo de cosecha.
Marcos 13:23
23 Así que tengan cuidado; los he prevenido de todo.

Reina Valera Contemporánea (RVC)
Cantares 3:8
8 Todos ellos son diestros soldados, y cada uno lleva su espada al cinto en prevención de peligros nocturnos.
Ezequiel 33:5
5 Puesto que oyó el toque de la trompeta y no se previno, será el responsable de su muerte; por el contrario, el que se prevenga pondrá a salvo su vida.
Ezequiel 33:7
7 Es a ti, hijo de hombre, a quien yo he puesto como atalaya para el pueblo de Israel. Tú oirás de mí mismo la advertencia, y les advertirás para que se prevengan.

Reina Valera Antigua (RVA)
Josué 1:11
Pasad por medio del campo, y mandad al pueblo, diciendo: Preveníos de comida; porque dentro de tres días pasaréis el Jordán, para que entréis á poseer la tierra que Jehová vuestro Dios os da para que la poseáis.
Crónicas 12:39
Y estuvieron allí con David tres días comiendo y bebiendo, porque sus hermanos habían prevenido para ellos.
Nehemías 8:10
Díjoles luego: Id, comed grosuras, y bebed vino dulce, y enviad porciones á los que no tienen prevenido; porque día santo es á nuestro Señor: y no os entristezcáis, porque el gozo de Jehová es vuestra fortaleza.
Salmos 59:10
El Dios de mi misericordia me prevendrá: Dios me hará ver en mis enemigos mi deseo.
Salmos 132:17
Allí haré reverdecer el cuerno de David: He prevenido lámpara á mi ungido.

Biblia de Jerusalén 1976
Gálatas 5
21 envidias, embriagueces, orgías y cosas semejantes, sobre las cuales os prevengo, como ya os previne, que quienes hacen tales cosas no heredarán el Reino de Dios.
Jeremías 41
9 La cisterna adonde echó Ismael todos los cadáveres de los hombres que mató, era la cisterna grande. Es la que hizo el rey Asá para prevenirse contra Basá, rey de Israel; Ismael, hijo de Netanías, la llenó de asesinados

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Modelos o formas de Prevención

Hay tres modelos de prevención:
(Según Peter Lejins)
a) Prevención punitiva que se fundamenta en la intimidación, en el desistimiento por medio de la amenaza penal.

b) Prevención mecánica. Trata de crear obstáculos que le cierren el camino al delincuente.

c) Prevención colectiva. Trata de detectar y eliminar si es posible, los factores criminógenos en la vida; se trata en una forma no penal la predelincuencia.

Tres formas de prevención:
(Según Canivell)
Prevención primaria. Toda actividad de carácter general que tiene un fin de saneamiento social que se espera evite o reduzca la incidencia de fenómenos delictivos y de los que producen riesgos a la comunidad.

Prevención secundaria.-Es la que se ejerce sobre personas de las que se pueda afirmar la posibilidad o la probabilidad de cometer delitos o de adoptar un género de vida que las pueda hacer especialmente peligrosas.

Prevención terciaria.-Es la que se propone evitar que personas que ya han delinquido o incurrido en actividades especialmente peligrosas, persistan en su conducta socialmente nociva.

Cabe destacar que la terminología utilizada por Canivell proviene de la medicina en la prevención de la salud (más…)

MEDIDAS PREVENTIVAS en las normas de Transito

Conforme el reglamento de la ley 27181 el peatón goza del beneficio de la duda y de presunciones a su favor, en tanto no incurra en graves violaciones a las normas del tránsito, como:

*Cruzar la calzada en lugar prohibido
Infracción GRAVE – multa 1% de una UIT ( S/. 3600) = 360

*Pasar por delante de un vehículo detenido, parado ó estacionado habiendo tránsito libre en la vía respectiva
Infracción MUY GRAVE – multa 2% UIT

*Transitar bajo la influencia del alcohol, drogas o estupefacientes
Infracción MUY GRAVE – multa 2% UIT

*Cruzar intempestivamente o temerariamente la calzada
Infracción MUY GRAVE – multa 2% UIT

*Bajar o ingresar repentinamente a la calzada para intentar detener un vehículo; o subir o bajar de un vehículo en movimiento o por el lado izquierdo
Infracción GRAVE – multa 1% UIT

Los vehículos deben ser retirados de la circulación por la Autoridad competente, mediante la aplicación de la medida preventiva cuando:
-No reúnan las condiciones establecidas para circular,
-Entorpezcan el tránsito o
-Atenten contra la seguridad de los demás usuarios de la vía, contraviniendo lo dispuesto en el presente Reglamento y en el Reglamento Nacional de Vehículos

Entre las medidas preventivas encontramos:

1) Retención del vehículo: inmovilización del vehículo dispuesto por la Comisaría de la Policía Nacional del Perú que corresponda, por un lapso máximo de veinticuatro (24) horas

2) Remoción del Vehículo: Cambio de ubicación de un vehículo, dispuesto por la Policía Nacional del Perú encargada del control del tránsito, correspondiendo la remoción al propietario o al conductor o por cuenta de cualquiera de ellos.
Es también facultad del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, la remoción de un vehículo por razones de seguridad, solo en emergencias de su competencia.

3) Internamiento del Vehículo en el DMV: Ingreso del vehículo al DMV (Depósito Municipal de Vehículos) dispuesto por la Comisaría de la Policía Nacional del Perú, después de su retención sin haberse superado la deficiencia observada, salvo en los casos que la Autoridad Municipal Provincial competente disponga el ingreso directo del vehículo al DMV, sin que medie retención previa

4) Retención de la Licencia de Conducir: Acto de incautación del documento que autoriza la conducción del vehículo, realizado por un Efectivo de la Policía Nacional del Perú, encargado del control de tránsito, para la aplicación de la acción correspondiente.

-Las medidas preventivas pueden aplicarse de manera sucesiva o simultánea según lo establece el Reglamento.

-La Autoridad competente no puede hacer uso de medidas preventivas en situaciones no contempladas expresamente en el Reglamento.

Realmente si se cumpliera la ley otra seria la realidad!!!!!

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Se puede prevenir la violencia en los estadios?

Conforme el art 34 de la ley 28036 el “Deporte es para Todos”, impulsa el carácter promocional, participativo, preventivo para la salud y recreativo, sin embargo en el futbol esta se ha distorsionado porque:

*Genera lucro desmedido

*Forja lideres con intereses pecuniarios, nada deportivos

*Los estadios albergan visitantes que no busca recreación sino necesidad de expresión

*Profundiza las diferencias sociales creando rivales

*Los recintos se han convertidos en desahogo de frustraciones

*Las instalaciones deportivas del futbol han padecido por mucho tiempo de la falta de control ante la violencia expuesta y no se hace nada

*La venta de alcohol en los estadios distorsiona el fin del deporte, pero quien le discute a las empresas millonarias cerveceras? Sus logos no solo están plagados en las vestimentas de los futbolistas o dentro de la cancha, fuera de ella en la ciudad demuestran su hegemonía quien será el héroe!! que pretenda cambiar aquello, aunque ya sabemos dónde terminan nuestros héroes

*Los hinchas de cada equipo no se enfrentan por arengar la calidad deportiva de los jugadores, las contiendas no están en la cancha sino en la tribuna

*Los ídolos ya no los deportistas, los verdaderos protagonistas son la hinchada que proclaman violencia a todos sus seguidores

*Los estadios son lo que fueron los coliseos de roma, la violencia consentida, todo un espectáculo

*La Publicidad es ajena a la sana competencia deportiva

*Ausencia de los valores y conciencia nacional

*Medios periodísticos que incentivan la rivalidad, la violencia, venganza, represalia

*No coadyuva a la educación como disciplina deportiva, la distorsiona

*Pasividad de los dirigentes, incapacidad o no les conviene

*El Estado ausente, es fiel a su tradición

*Ha influenciado negativamente en la sociedad generando, sensación de inseguridad, inestabilidad emocional por los riesgos de violencia y latrocinios

*Cambiar lo descrito no deja de ser un reto ¡!acaso un desafio, y cómo no! propia de una noche desvelada donde uno se despierta enajenado por la sed de justicia, que no será vista como una búsqueda de equidad sino como actos propios de demencia

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Factores negativos que limitan la Prevención

*La desconexión social:
Causada por la insuficiencia educativa, e intereses contrapuestos en la población
Aletargada por la carencia de recursos, pérdida de identidad
Inducida por ciertos grupos de poder, con la exclusión buscan el dominio

*Las autoridades, dirigentes, poco o nada comprometidos

*La educación nacional en crisis, que repercute con mayor intensidad en las zonas vulnerables

*Los medios de difusión no educan, generan adictos a programas basura que potencializan la desunión, el individualismo, la pérdida de valores basada en una libertad irrestricta y sin control.

*Se ejercita la solidaridad por benevolencia más que por una verdadera adhesión.

*La desigualdad social, la marginación, barrios desarticulados

*La impunidad de las autoridades generando conformismo, validación y emulación de actos ilegales

*La discriminación muy vigente sin atisbos de cambio

*Lo fragmentado de la sociedad, hacinamiento familiar

*Lo Burocrático y engorroso de los trámites

*Políticas sesgadas sin vínculo con la sociedad, solo se busca votos o enriquecimiento ilícito

*Gobierno local, regional debilitado poco fiable

*Los proyectos resultan ser costosos y no resulta atractivo porque no genera renta, sino expectativas.

* Se recurre fácilmente al miedo punitivo más que una práctica preventiva que demanda más labor

*Cultura incívica arraigada, o normas internas conculcadoras hechas hábito, la población se resigna frente a la pasividad del estado que no hace nada o poco para resolverlo

*Reducido número de profesionales y técnicos comprometidos al cambio

*Es un problema histórico que por su permanencia desmotiva a muchos sectores
Autor: Pedro Eloy Del Carpio Soto (más…)

La Seguridad Ciudadana en la constitución Política del Perú

Podemos referir los artículos de la constitución Política del Perú -1993 que describen y tienen relación con la seguridad ciudadana en el Perú

Artículo 1°.
La defensa de la persona humana y
-El respeto de su dignidad
Son el fin supremo de la sociedad y del Estado.

Artículo 2°.
Toda persona tiene derecho:
*A la libertad y a la seguridad personales. En consecuencia:

*Nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda, ni impedido de hacer lo que ella no prohíbe.

*No se permite forma alguna de restricción de la libertad personal, salvo en los casos previstos por la ley. Están prohibidas la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos en cualquiera de sus formas.

*No hay prisión por deudas. Este principio no limita el mandato judicial por incumplimiento de deberes alimentarios.

*Nadie será procesado ni condenado por acto u omisión que al tiempo de cometerse no esté previamente calificado en la ley, de manera expresa e inequívoca, como infracción punible; ni sancionado con pena no prevista en la ley.

*Toda persona es considerada inocente mientras no se haya declarado judicialmente su responsabilidad.

*Nadie puede ser detenido sino por mandamiento escrito y motivado del juez o por las autoridades policiales en caso de flagrante delito. El detenido debe ser puesto a disposición del juzgado correspondiente, dentro de las veinticuatro horas o en el término de la distancia.

Artículo 44°.
Son deberes primordiales del Estado:
-Defender la soberanía nacional;
-Garantizar la plena vigencia de los derechos humanos;
-Proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; y
-Promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación.

Asimismo, es deber del Estado

-Establecer y ejecutar la política de fronteras y
-Promover la integración, particularmente latinoamericana, así como
-El desarrollo y la cohesión de las zonas fronterizas, en concordancia con la política exterior.

Artículo 118°.
Corresponde al Presidente de la República:
-Velar por el orden interno y la seguridad exterior de la República.

Artículo 137°.
El Presidente de la República, con acuerdo del Consejo de Ministros, puede decretar, los estados de:

Estado de emergencia, en caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación. En esta eventualidad, puede restringirse o suspenderse el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio comprendidos en los incisos 9, 11 y 12 del artículo 2° y en el inciso 24, apartado f del mismo artículo. En ninguna circunstancia se puede desterrar a nadie.

Estado de sitio, en caso de invasión, guerra exterior, guerra civil, o peligro inminente de que se produzcan, con mención de los derechos fundamentales cuyo ejercicio no se restringe o suspende.

Artículo 166°.
La Policía Nacional tiene por finalidad fundamental:
-Garantizar, mantener y restablecer el orden interno.
-Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad.
-Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y del privado.
-Previene, investiga y combate la delincuencia.
-Vigila y controla las fronteras.

Artículo 197°.
La ley regula la cooperación de la Policía Nacional con las municipalidades en materia de seguridad ciudadana.

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