El 25 de febrero del 2020 se publicó
RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL
N° 012-2020-SUSALUD/GG
que aprueban Directiva
para la Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual
en la Superintendencia Nacional de Salud
La OGPER (oficina general de gestión de personas)
Sera la responsable de realizar
las ACCIONES DE PREVENCIÓN y
Difusión de conductas
que podrían configurar hostigamiento sexual
1.-Brindar una capacitación
al inicio de la relación laboral o Formativa y
una capacitación anual especializada para la
OGPER Y STPAD (Secretaria Técnica de los Órganos
Instructores del Procedimiento Administrativo ) y
los demás involucrados en la investigación
y sanción del hostigamiento sexual
2.-Realizar periódicamente campañas de difusión
para la prevención del hostigamiento sexual
que contenga como información mínima:
-Manifestaciones del hostigamiento sexual
-Canal de denuncia/queja interno y externo
-Acciones a cargo de SERVIR (orientación a los(as) denunciantes
y supervisión de los procedimientos de investigación y sanción
-Los formatos par la presentación de la denuncia/ queja y donde obtenerlos
-Identificación de los(as) servidores(as) designados(as) por la
entidad como responsables de la STPAD y OGPER para la atención de denuncias
-Información básica sobre el procedimiento de investigación y sanción del hostigamiento sexual
3.-Incluir en los contratos laborales y convenios
de prácticas a suscribirse Las siguientes clausulas
En obligaciones de las entidades públicas:
Adoptar medidas de prevención y sancionar los supuestos de hostigamiento sexual
Que involucren a algún servidor(a) civil o practicante de conformidad con la ley
En obligación del servidor(a) civil o practicante pre profesional o profesional:
Respetar las normas de integridad y ética publicas, así como las referidas al hostigamiento sexual