El 25 de febrero del 2020 se publicó

RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL

N° 012-2020-SUSALUD/GG

que aprueban Directiva

para la Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual

en la Superintendencia Nacional de Salud


La OGPER (oficina general de gestión de personas)

Sera la responsable de realizar

las ACCIONES DE PREVENCIÓN y

Difusión de conductas

que podrían configurar hostigamiento sexual

 

1.-Brindar una capacitación

al inicio de la relación laboral o Formativa y

una capacitación anual especializada para la

OGPER Y STPAD (Secretaria Técnica de los Órganos

Instructores del Procedimiento Administrativo ) y

los demás involucrados en la investigación

y sanción del hostigamiento sexual


2.-Realizar periódicamente campañas de difusión

para la prevención del hostigamiento sexual

que contenga como información mínima:

-Manifestaciones del hostigamiento sexual

-Canal de denuncia/queja interno y externo

-Acciones a cargo de SERVIR (orientación a los(as) denunciantes

y supervisión de los procedimientos de investigación y sanción

-Los formatos par la presentación de la denuncia/ queja y donde obtenerlos

-Identificación de los(as) servidores(as) designados(as) por la

entidad como responsables de la STPAD y OGPER para la atención de denuncias

-Información básica sobre el procedimiento de investigación y sanción del hostigamiento sexual


3.-Incluir en los contratos laborales y convenios

de prácticas a suscribirse Las siguientes clausulas

En obligaciones de las entidades públicas:

Adoptar medidas de prevención y sancionar los supuestos de hostigamiento sexual

Que involucren a algún servidor(a) civil o practicante de conformidad con la ley

En obligación del servidor(a) civil o practicante pre profesional o profesional:

Respetar las normas de integridad y ética publicas, así como las referidas al hostigamiento sexual

 

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