04/04/20: Otorgan bonificación extraordinaria de S/ 720 a personal de salud que lucha contra COVID-19

Conforme a las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo N° 068-2020-EF, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, fue oficializada la bonificación extraordinaria de S/ 720,00 (SETECIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES). a favor del personal de la salud en el marco de las medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del Coronavirus (COVID-19) en nuestro país. Esta bonificación no tiene carácter remunerativo, compensatorio, ni pensionable y no está sujeta a cargas sociales.

Respecto a la oportunidad de la entrega de la bonificación extraordinaria, el decreto supremo establece que la implementación tiene carácter progresivo y está sujeta a que la propagación del COVID-19 demande un incremento en la oferta de servicios de salud a nivel nacional

El pago de la bonificación extraordinaria será mensual y tendrá  carácter excepcional en tanto dure la Emergencia Sanitaria a nivel nacional y hasta treinta (30) días posteriores al término de la misma. Precisa la norma que en  el caso de periodos menores a un mes, el pago de la bonificación extraordinaria será proporcional y sujeta a los días de servicio efectivamente laborados durante el mes que corresponda.

El otorgamiento de la bonificación será para los servidores de la salud que presten  servicios efectivos de alerta y respuesta en el marco de la existencia del COVID-19 en cuidados intensivos, hospitalización, vigilancia epidemiológica, que contempla actividades destinadas a la identificación clínica y de apoyo al diagnóstico de casos confirmados y sus contactos y a la gestión y manejo de residuos biocontaminados en los establecimientos de salud así como en los laboratorios de ámbito nacional y regional. Asimismo, para quienes realizan visitas domiciliarias, las cuales contemplan la identificación de casos sospechosos de COVID-19, el seguimiento de casos positivos que se encuentren en manejo ambulatorio, así como el manejo prehospitalario y traslado de casos positivos con complicaciones.

Todo el personal de la salud beneficiario debe encontrarse registrado en el Registro Nacional de Personal de la Salud (Aplicativo Informático INFORHUS del Ministerio de Salud)

Decreto Supremo 068-2020-EF

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