Archivo por meses: mayo 2020

18/05/20: Desde hoy se podrá retirar hasta el 25% de las AFP: este es el cronograma para solicitar su dinero

Desde hoy se podrá retirar hasta el 25% de las AFP: este es el cronograma para solicitar su dinero

La Asociación de AFP dio a conocer el primer tramo del cronograma para la solicitud de retiro. Se habilitará primero a los clientes con cuentas en ciertas entidades bancarias.

La Asociación de AFP (AAFP) puso a disposición de los usuarios el primer tramo del cronograma para realizar la solicitud del retiro de hasta 25% de los fondos de las AFP, según la ley aprobada por el Congreso de la República.

En esta primera entrega, que irá del 18 de mayo al 12 de junio, se tomará en cuenta a los afiliados con cuenta bancaria en algunas de las siguientes entidades financieras:

Banco de la Nación, Banbif, BBVA, BCP, Caja Huancayo, Interbank, Banco Pichincha y Scotiabank, Banco de Comercio, Caja Arequipa, Caja Piura, Caja Sullana, Caja Tacna, CrediScotia, Banco Falabella y Banco GNB.

El trámite para el registro de solicitudes de retiro comienza el lunes 18 de mayo, es gratuito y 100% virtual. Se realizará a través de www.consultaretiroafp.pe de lunes a viernes en el horario de 8 a.m. a 8 p.m.

Los clientes de Banco de la Nación, Banbif, BBVA, BCP, Caja Huancayo, Interbank, Banco Pichincha y Scotiabank podrán solicitar el depósito del retiro de sus fondos con su número de cuenta bancaria.

En tanto, los usuarios de Banco de Comercio, Caja Arequipa, Caja Piura, Caja Sullana, Caja Tacna, CrediScotia, Banco Falabella y Banco GNB podrán solicitarlo con su código de cuenta interbancaria (CCI).

Cronograma

Si tu DNI termina en: Registra tu solicitud el:
0, letra u otro 18 y 19 de mayo
1 20 y 21 de mayo
2 22 y 25 de mayo
3 26 y 27 de mayo
4 28 y 29 de mayo
5 01 y 02 de junio
6 03 y 04 de junio
7 05 y 08 de junio
8 09 y 10 de junio
9 11 y 12 de junio

El segundo tramo para registrar la solicitud de retiro irá del 13 de junio hasta el 16 de julio.

¿Cómo registrar la solicitud?

  1. Ingrese a consultaretiroafp.pey seleccione la opción “25%”.
  2. Coloque el número de tu documento de identidad y tu fecha de nacimiento.
  3. Si coloca su DNI, se le pedirá consignar el dígito verificador (la web le mostrará un ejemplo para identificarlo).
  4. Marca la casilla del captcha para así comenzar con el registro de su solicitud.
  5. Complete su solicitud de retiro colocando su correo electrónico, teléfono, dirección, número de cuenta bancaria (sin espacios y guiones) y el monto a retirar.

¿Cuánto se puede retirar?

Considerando el saldo acumulado de tu fondo, podrá retirar desde S/4,300 (1 UIT), hasta el 25% del total de tu fondo, con un tope máximo de S/12,900 (3 UIT), de acuerdo con la Ley Nº 31017.

Saldo del fondo Monto a retirar Plazos y formas de pago
Hasta S/ 4,300 Hasta S/ 4,300 (100%) 1 sola armada, a 10 días de presentada la solicitud
De S/ 4,300 a S/ 17,200 S/ 4,300 50% en un plazo máximo de 10 días calendario después de presentada la solicitud. 50% a los 30 días calendario del primer desembolso
De S/ 17,200 a S/ 51,600 Hasta 25% 50% en un plazo máximo de 10 días calendario después de presentada la solicitud. 50% a los 30 días calendario del primer desembolso
Mayor a S/ 51,600 Hasta S/ 12,900 50% en un plazo máximo de 10 días calendario después de presentada la solicitud. 50% a los 30 días calendario del primer desembolso

La Asociación de AFP ha puesto a disposición de los usuarios los siguientes canales de atención y consulta:

https://gestion.pe/

11/05/20: Conoce los pasos para el retiro del 25% de fondos de AFP, tras aprobación de procedimiento

La AFP debe disponer la entrega de los fondos del 50% del monto solicitado dentro de los 10 días calendario siguientes de presentada la solicitud. Lo restante debe estar a disposición del afiliado dentro de los siguientes 30 días.

SBS aprobó procedimiento para iniciar el retiro del 25% de fondos de pensiones.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó el procedimiento operativo que permitirá el retiro extraordinario del 25% de los fondos de AFP, en un contexto de emergencia sanitaria por el coronavirus (Covid-19).

La Resolución SBS Nº 1352-2020, publicada en el diario El Peruano, entrará en vigencia el 18 de mayo del 2020.

Se dispone que los afiliados pueden ingresar la solicitud de retiro extraordinario facultativo de aportes obligatorios, por única vez, dentro del plazo máximo de 60 días calendario.

Las AFP establecerán los mecanismos de ordenamiento para garantizar la disponibilidad de los canales de atención de las solicitudes de los afiliados y lo difundirán de forma previa a la presentación de solicitudes

Asimismo, las AFP deben considerar como fecha de corte, la fecha de la presentación de la solicitud de retiro extraordinario por parte del afiliado ante la AFP.

La resolución dispone que la AFP debe disponer la entrega de los fondos del 50% del monto solicitado dentro de los 10 días calendario siguientes de presentada la solicitud, mientras que el saldo restante del 50% debe estar a disposición del afiliado dentro de los 30 días calendario, computados a partir del primer desembolso.

Los afiliados pueden retirar desde 1 UIT, o su equivalente a S/ 4,300, hasta el 25% del total registrado en su Cuenta Individual de Capitalización (CIC) de aportes obligatorios, estableciéndose como tope máximo de retiro el equivalente a 3 UIT, o el monto de hasta S/ 12,900, conforme a lo dispuesto por la Ley.

En caso el afiliado registre un saldo igual o menor a 1 UIT, o su equivalente a S/ 4,300 en su CIC de aportes obligatorios, el retiro corresponderá al 100% de esta hasta S/ 4,300 y se efectuará en un solo desembolso, en un plazo máximo de 10 días calendario, computados desde el día siguiente de presentada la solicitud.

La AFP es responsable de disponer el medio idóneo a fin de hacer efectivo el pago, buscando maximizar la cobertura de afiliados que solicitaron el retiro extraordinario, dadas las condiciones de la emergencia nacional.

Para tal efecto, las AFP podrán suscribir convenios con entidades del sistema financiero u otras que faciliten el pago.

Para los afiliados que se encuentren en el extranjero, las AFP son responsables de establecer los protocolos de verificación y contacto que les permitan identificar al titular solicitante que se encuentre en el extranjero o esté físicamente imposibilitado, a efectos de que ingrese la solicitud por los canales y formatos que se habiliten para tal fin, con miras a realizar el pago del retiro extraordinario facultativo.

Dichos protocolos deben ser difundidos por la AFP, de modo previo a la fecha de inicio de la presentación de solicitudes, en su sitio web y en otros medios de difusión que estimen necesario.

https://gestion.pe/