La norma, que entrará en vigor a los 30 días de su publicación en la gaceta oficial, fue aprobada en el Congreso con 80 votos a favor en la primera votación y fue exonerada de la segunda.
El código considera como “cláusulas abusivas” en contratos a aquéllas que facultan al proveedor a suspender o resolver unilateralmente estos documentos sin que se comunique previamente o sin un plazo de antelación razonable.
Esta normativa, que establece sanciones en caso de incumplimiento por parte del proveedor, también obliga a los proveedores de servicios públicos a garantizar su continuidad y compensar a los usuarios en caso de que exista un desabastecimiento o interrupción de sus servicios.
La norma también obliga a los proveedores a dar información adecuada, prohíbe “la información falsa o que introduce al error al consumidor”, dar detalles sobre las limitaciones en el suministro de partes y accesorios, así como prohíbe la discriminación de los consumidores, entre otras medidas.■
FUENTE: El Comercio.pe