Archivo por meses: enero 2015

PRECEDENTE VINCULANTE PARA MEJOR SOLUCIÓN DE PROCESOS CONSTITUCIONALES

Tras revisar cientos de causas que se elevan para su conocimiento, el Pleno del Tribunal Constitucional (TC) deliberó en diversas sesiones sobre cómo debía proceder ante pretensiones que carecen de fundamento, las mismas que distraen su atención en perjuicio de una eficiente defensa de la Constitución y de los derechos fundamentales, en el marco del desempeño de sus funciones.

En ese sentido, teniendo un precedente vinculante, contenido en la STC 02877-2005-HC/TC, y al amparo de lo previsto en el artículo 11º de su propio Reglamento Normativo, el Pleno del TC ha resuelto por unanimidad los cuatro supuestos que, sin más trámite, justificarán una sentencia interlocutoria denegatoria.

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¿‘Retuitear’ expresiones o imágenes agraviantes, es delito?

En los últimos días, las conocidas licencias que se toma el ministro del Interior Daniel Urresti al utilizar su cuenta de Twitter han colmado de discusiones el escenario político. Esto, tras los diversos comentarios que el titular de la Policía Nacional transmitió por la red social con el afán de cuestionar a los líderes de oposición Alan García y Keiko Fujimori.

Una imagen en especial que el funcionario compartió fue el detonante de las críticas. Se trató de un ‘meme diseñado por un usuario desconocido, el cual fue compartido por el ministro para reforzar uno de sus más recientes y polémicos ‘tuits’ contra García.

La imagen está compuesta con los rostros y nombres de seis mujeres, a quienes se asigna una denominación ofensiva y agraviante, con la intención de vincularlas sentimentalmente al expresidente. Pese a que tres de ellas sí fueron sus parejas (las otras tres son periodistas conocidas), la composición de la imagen y los calificativos utilizados han generado una comprensible indignación en la opinión pública, pues se criticó la decisión del ministro a validar la foto y difundirla en la red social.

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CHOMSKY: AL ahora es más independiente de EEUU

Entrevista a NOAM CHOMSKY

Las teorías de este lingüista, filósofo y activista norteamericano son referentes desde hace medio siglo en varios campos, pero sobre todo en los del lenguaje y la crítica de la política exterior estadounidense. Sus críticas al sistema capitalista y al sistema de manipulación de masas son implacables. Aquí se enfoca en la política estadounidense y América Latina, el legado de violencia de las guerras civiles en Centroamérica, el juicio por genocidio en Guatemala y los movimientos de resistencia popular que están cambiando el balance de poder en toda la región.

Las teorías de Chomsky han revolucionado el campo de la lingüística, un marco científico que ha empleado para desarrollar sus teorías acerca de la propaganda y la manipulación de las masas a través de los medios de comunicación. Su abierta oposición a la Guerra de Vietnam en 1967 marcó el comienzo de su larga trayectoria de activismo político y, durante la década de los 80, se opuso con dureza a las intervenciones estadounidenses en Centroamérica a favor de las dictaduras militares.

Hoy, a sus 86 años, Chomsky luce relajado, afable y totalmente inconsciente de su estatus de celebridad.

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Por qué el CNM suspendió al Fiscal de la Nación

¿Cuáles fueron los argumentos jurídicos que determinaron y fundamentaron la suspensión del Fiscal de la Nación, Carlos Ramos Heredia? Aquí, en detalle, las razones legales por las cuales se decidió adoptar dicha medida cautelar.

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1.    Verosimilitud de las infracciones disciplinarias imputadas

El CNM señala que la suspensión impuesta a Ramos Heredia tiene su base en los hechos verificables en los cuatro procesos disciplinarios abiertos ante tal órgano, referidos al desempeño de sus funciones. Así, se le imputa destituir arbitrariamente a un fiscal e imponer sanciones a varios de ellos.

También se le atribuye haber emitido resoluciones irregulares, actuar con retardo injustificado y parcialización en el trámite de las denuncias y cuestionamientos a fiscales. Todas estas circunstancias evidenciaron, afirma el CNM, un patrón de conducta o comportamiento irregular por parte del procesado. Así, se mostraba riguroso y falto de objetividad y proporcionalidad con fiscales que investigaban a las autoridades de Ancash; mientras que actuaba de manera morosa y benigna con fiscales que eran conocidos públicamente por favorecimiento al ex presidente de Ancash, aseveró el Colegiado.

2.    Necesidad de asegurar la eficacia de la resolución sancionatoria 

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