Archivo de la categoría: Derecho Ambiental

¿Cómo se aplican los principios de prevención, precaución y cuando estamos frente a la simple falta de información?

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declaracion

Hace poco me pidieron explicara la aplicación de los principios de prevención y precautorio recogidos en el Título Preliminar de la Ley General del Ambiente. Para muchos, en particular para los no especialistas, se hace difícil entender la diferencia, en especial la referencia a lo que se denomina “incertidumbre científica”. Por dicha razón, se me ocurrió un ejemplo que espero ayude a clarificar el punto.

Imaginemos que la investigación científica sobre las relaciones amorosas mostrara que cuando una persona se declara pueden pasar sólo dos cosas: o la persona a quien te declaras te corresponde o ella te lanza una cachetada. Y la probabilidad de que ocurra cualquiera de las dos opciones es de 50%. Es el equivalente a lanzar una moneda al aire, o cara o cruz. En este supuesto podemos decir que nos encontramos en una situación de riesgo.
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La Ley General del Ambiente 5 años después

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Ley General del Ambiente

Hoy se cumplen 5 años de la dación de la Ley General del Ambiente. A diferencia de lo ocurrido con la creación del Ministerio del Ambiente, esta norma fue impulsada principalmente por actores internos en un proceso que se extendió por más de 3 años. Los actores claves fueron, por un lado, miembros de una burocracia técnica y con un grado importante de independencia perteneciente al ya desaparecido Consejo Nacional del Ambiente, sosteniendo sus puntos de vista incluso frente a otros sectores del Poder Ejecutivo. De otro, el Congreso de la República, a partir de las figuras de Fabiola Morales y Walter Alejos, provenientes, además, de distintos lugares del espectro político. Morales Castillo lideró el proceso de elaboración del proyecto. Por su parte Walter Alejos tuvo un papel destacado en la defensa de la norma antes de su aprobación.

Otro elemento significativo es que esta Ley fue resultado de un importante debate, en primer lugar técnico aunque bastante inclusivo (estuvieron presentes además de los actores estatales, ONGs ambientales, gremios empresariales, académicos, etc.), luego político (en el Congreso) y finalmente público y mediático (oposición de los gremios empresariales a algunas normas del proyecto). Es por ello que la norma resultante reflejó los consensos existentes en materia de la política ambiental, con sus aspectos positivos y negativos. Es importante recordar que la norma fue finalmente promulgada por el Congreso, y no por el Poder Ejecutivo, que había observado la autógrafa de la Ley.
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Blog Day 2010 – Blogs ambientales iberoamericanos

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BlogDay2010

Cumpliendo con la tarea del Blog Day, les alcanzo direcciones de 5 blogs ambientales que les pueden ser de mucha utilidad. He elegido blogs Iberoamericanos, incluyendo a Argentina, Colombia, Chile, España y Brasil.

Ivan Lanegra

Ecológico. Blog administrado por Laura Rocha, periodista del Diario La Nación de Argentina. Comenta noticias relevantes en materia ambiental.

Ambientalesco. Blog de Camilo Ordoñez, con notas sobre la política ambiental colombiana. Miren su reciente post sobre los desafíos de la agenda ambiental que deberá encarar el Presidente Santos.

Centro de Derecho Ambiental. Blog del centro del mismo nombre de la Universidad de Chile. Comenta y discute la actualidad ambiental chilena.

Ecolab. Laboratorio Ambiental. Es un didáctico y entretenido blog sobre distintos problemas prácticos ambientales. Lo administra el periodista español Clemente Alvárez.

AmbienteBrasil. Blog con importante información de la política ambiental brasileña. Sigue leyendo

¿Qué pensamos del cambio climático?

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En una reciente encuesta realizada en Lima y Callao se ha registrado la percepción que tienen los ciudadanos a propósito del cambio climático global y del papel de las instituciones llamadas a atender sus causas y consecuencias.

Los recientes desastres naturales de origen climático y la cobertura mediática de ellos han contribuido a que se genere una mayor información y una renovada conciencia respecto del problema. Así, el 64,1% de los encuestados afirma estar informado o muy informado sobre dicho fenómeno, en tanto que el 91% sostiene que está afectando mucho o bastante al país.

Nos encontramos frente a un tema de creciente relevancia pública, lo que ha originado, al mismo tiempo, el surgimiento de una demanda de acción dirigida a las autoridades, a los medios de comunicación y a la población en general. No obstante, aquí se advierte un gran contraste.

Apenas el 6,8% de los encuestados señala que las autoridades le confieren mucha o bastante importancia al tema, mientras la cifra llega apenas al 19,5% si se trata de la población. Bastante mejor aparecen los medios, con un 38,5%.

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Copenhague: nuestro futuro, nuestros derechos – Blog de la Defensoría del Pueblo

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COP 15 Copenhague

La Defensoría del Pueblo abordará en su blog durante los próximos días la agenda del cambio climático y los derechos humanos, a raíz del inicio de la COP 15 en Copenhague. Los invito a visitar el blog de la Defensoría y leer el primer post sobre el tema: Copenhague, nuestro futuro, nuestros derechos, el cual incluye links a las principales fuentes de información sobre el tema.

Ivan Lanegra

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El “daño ambiental”

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Uno de los conceptos cuya comprensión genera muchas dificultades es el de “daño ambiental”. La Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611, lo define como “…todo menoscabo material que sufre el ambiente y/o alguno de sus componentes, que puede ser causado contraviniendo o no disposición jurídica, y que genera efectos negativos actuales o potenciales” (Artículo 142.2). ¿Qué significa esto?

En primer lugar debemos distinguir el daño ambiental del daño que se origina a otros bienes jurídicos a través del ambiente, por ejemplo la salud, la vida, o la propiedad. Incluso derechos colectivos como la identidad cultural pueden ser afectados como consecuencia del daño ambiental. Pero no son parte de él.

El daño ambiental lo sufre el ambiente o sus componentes, y representa por lo tanto un “menoscabo material”. Sus efectos pueden incluir daños “no materiales”, pero, nuevamente, ellos no forman parte de aquel. ¿Qué es el ambiente y sus componentes? La Ley General del Ambiente señala que lo comprenden “…los elementos físicos, químicos y biológicos de origen natural o antropogénico que, en forma individual o asociada, conforman el medio en el que se desarrolla la vida”. Pero son muchos los elementos que conforman el medio. Por ello la Ley precisa que son “…los factores que aseguran la salud individual y colectiva de las personas y la conservación de los recursos naturales, la diversidad biológica y el patrimonio cultural asociado a ellos, entre otros.” (Artículo 2.3). Así, cuando uno introduce un contaminante al ambiente que tuviera la posibilidad de modificar el medio humano y dañar su salud, está generando un daño ambiental. También lo hará si contamina una laguna, destruyendo un ecosistema, aunque no se afecte la salud de ninguna persona. Sigue leyendo

Compendio de la Legislacion Ambiental Peruana

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Compendio Legislacion Ambiental

El Ministerio del Ambiente ha puesto a disposición de todos y todas los 9 volúmenes de lo que ha denominado “Compendio de la Legislación Ambiental del Peruana”. Aunque todavía aparecen como “Documentos Preliminares” (incluyendo errores de tipeo) es un documento bastante útil y extenso, que incluye prácticamente toda la legislación ambiental del país. Este será un documento muy apreciado por quienes se inician en el estudio del Derecho Ambiental, y en general por toda persona interesada conocer más de nuestra normativa.

Los 9 volúmenes tocan los siguientes temas:

VOLUMEN I Marco Normativo General

VOLUMEN II Institucionalidad Ambiental

VOLUMEN III Gestion Ambiental

VOLUMEN IV Aprovechamiento de RRNN

VOLUMEN V Calidad Ambiental

VOLUMEN VI Legislacion Ambiental Sectorial

VOLUMEN VII Defensa de los Derechos Ambientales

VOLUMEN VIII Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental

VOLUMEN IX Areas Naturales Protegidas

Excelente iniciativa del Ministerio del Ambiente, y esperamos pronto pongan a disposición las versiones finales de esta importante herramienta. Y de pasada también respondo una constante inquietud de los visitantes de este blog que siempre me solicitaban distintas normas ambientales. Servidos.

Ivan Lanegra
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Retomando el Blog: el azufre en el diesel

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TransporteLimaDP

Hoy retorno, después de un largo tiempo, a la tarea de escribirles a través de este pequeño espacio de diálogo y debate. Durante los últimos meses han ocurrido múltiples cambios en las políticas y normas ambientales, y creo que es tiempo de empezar a discutir con ustedes estos cambios. Empezaré por la reciente decisión del Poder Ejecutivo respecto de la comercialización de combustible Diesel con altos niveles de azufre.

En marzo del 2006 se dictó la Ley Nº 28694, Ley que regula el contenido de azufre en el combustible diesel. Esta norma estableció tres cosas.

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El círculo vicioso de La Oroya

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La Oroya

En 1996 se fijaron por primera vez objetivos de desempeño ambiental específicos para la minería: los límites máximos permisibles. El Complejo Metalúrgico de La Oroya, estatizado en 1974, formaba parte de la empresa estatal Centromín Perú y se encontraba, en 1996, muy lejos de dicha meta legal, por lo que requería un Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) para planificar su cumplimiento. El PAMA fue aprobado el mismo año y debía cumplirse en un plazo máximo de 10 años.

Un año después, el Estado vendió el complejo (con su PAMA) a Doe Run Resources y Renco Group (EE.UU.), luego Doe Run Perú. La obligación de reparar los pasivos ambientales acumulados en dicho momento luego de décadas de operaciones quedó con el Estado.

Trece años después de aprobarse el PAMA, tras cuatro modificaciones y una “prórroga excepcional”, obtenida mediante una norma que solo se aplicó a Doe Run Perú, no se ha cerrado la brecha ambiental. Por ello, la salud de las personas, en especial la de los más vulnerables, sigue en riesgo. Es evidente que la regulación ambiental en este caso ha sido ineficaz. Sigue leyendo

Gracias y un nuevo desafío

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Durante el último mes no he podido actualizar el blog. ¿La razón? Simplemente un cambio laboral. Después de año y nueve meses dejé la Gerencia de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Junín. Ha sito un trabajo muy intenso, que permitió culminar con el desarrollo de los principales instrumentos de política y planificación ambiental, consolidar el Sistema Regional de Gestión Ambiental y generar una cartera de proyectos de inversión pública que atienda las prioridades identificadas. No tengo sino expresiones de agradecimiento para las autoridades y ciudadanos y ciudadanas de Junín.

A partir del 1° de noviembre he asumido el cargo de Adjunto de la Defensora del Pueblo en Medio Ambiente, Servicios Públicos y Pueblos Indígenas. Ahora, nos toca defender los derechos ambientales de las personas, supervisar a la administración pública, y velar por el acceso universal a servicios públicos de calidad. Desde luego, seguiré con mis actividades académicas y espero poder seguir con este Blog, que ha tenido hasta la fecha bastante acogida, considerando su carácter especializado. Y seguir el interesante momento que vivimos en el desarrollo de la institucionalidad ambiental.

Ivan Lanegra Sigue leyendo