Archivo por meses: mayo 2007

Una forma de ahorro muy cara

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¿Cómo explicar la existencia de los botaderos que ha identificado la DIGESA? Simplemente porque hay basura recolectada por las municipalidades que no se lleva a los rellenos sanitarios. Usarlos tiene un costo y muchas de ellas prefieren ‘ahorrárselo’, usando (directa o a través de terceros) los botaderos. Además los recolectores informales llevan la basura a estos mismos lugares. El ‘ahorro’, además de ilegal, es una ilusión: la factura llegará en forma de enfermedades y contaminación ambiental. Sigue leyendo

Más allá de los Límites Máximos Permisibles

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Una de las principales innovaciones de la Ley General del Ambiente es la vinculación que se ha hecho entre los Estándares de Calidad Ambiental y la aprobación de los Estudios de Impacto Ambiental (EIA) y los Programas de Adecuación y Manejo Ambiental. (PAMA). Conforme con el artículo 33, numeral 3 de la citada norma, no se puede otorgar la certificación ambiental establecida mediante la Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, cuando el respectivo EIA concluyera que la implementación de la actividad implicaría el incumplimiento de algún Estándar de Calidad Ambiental. Del mismo modo, los PAMA también deben considerar los Estándares de Calidad Ambiental al momento de establecer los compromisos respectivos. ¿Cuál es la importancia de esta disposición?
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6 años sin Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental

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El pasado mes de abril se han cumplido 6 años de la dación de la Ley del Sistema Nacional de Impacto Ambiental, Ley N° 27446, quizás la principal Ley en la materia dada por el Gobierno de Alejandro Toledo (la Ley del Sistema Nacional de Gestión Ambiental y la Ley General del Ambiente fueron promulgadas por el Congreso). Sin embargo a la fecha no se ha dictado su reglamento. El plazo para la dación de la norma era de 45 días útiles a partir de la vigencia de la norma.
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Una mala señal. Errores y ausencias en la nueva norma que regula la elaboración de los ECA y LMP

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Uno de los objetivos principales de la Ley General del Ambiente es dejar un modelo de gestión ambiental sectorial y centralizado, para pasar a otro transectorial y descentralizado de base territorial. Una de las formas de lograr esta meta es asignando funciones a la Autoridad Ambiental Nacional, el CONAM, que rompan con el esquema sectorial que encarga a los ministerios la regulación ambiental. Sigue leyendo