Las demandas del SUTEP

Arte SUTEP
Gráfica tomada del Portal del SUTEP

POST SCRIPTUM: ayer SUTEP publicó un comunicado crítico a la “Ley de Reforma Magisterial” con mención destacada del concepto de derechos adquiridos. Quizás no debería sorprendernos, pero el SUTEP-CONARE tiene una percepción muy parecida sobre los derechos adquiridos que serían afectados por esta ley. Bajar una versión sute14 tablacomparativa – AQUÍ.(Añadido el 17/8/12)

¿Cuál es la plataforma de demandas del SUTEP? ¿Qué quiere el Sindicato respecto de la Ley del Profesorado? A pesar de su peso sobre el tema educativo no ha habido demasiado espacio público para conocer y debatir sus propuestas. Es probable que compartirlas permita entender mejor las rigideces que enfrenta el país para solucionar el problema de la educación definido como profesionalización del servicio educativo y mejora de los aprendizajes de los alumnos.

A continuación una breve descripción de las principales ideas de la propuesta del SUTEP, y en la sección de materiales algunos documentos descargados del portal web del SUTEP y del abigarrado blog del SUTEP provincial de Trujillo con acceso a de la plataforma actual del SUTEP y la propuesta de Ley del SUTEP y de las principales diferencias entre la propuesta del SUTEP y la propuesta del gobierno

Para comprender el planteamiento sindical conviene tener presente algunas ideas:
a) el concepto de derecho adquirido. Conviene que cada quién se forme una idea propia de qué significa, pero estas son algunas de las asociaciones que resultan de las propuestas. Si alguien recibe un certificado como educador pero no tiene las competencias que se requiere, prima el derecho adquirido del título. Si alguien tiene un nombramiento pero no tiene las capacidades para las tareas en las que se debe desempeñar, prima el derecho adquirido del nombramiento; ni despido ni reconversión laboral. Si alguien recibió una bonificación por haber trabajado en una escuela de área de menor desarrollo relativo, y es trasladado: mantiene la bonificación porque se ha convertido en un derecho adquirido…;
b) entre los derechos adquiridos ninguno tan fuerte como el de estabilidad laboral “en plaza, nivel, cargo, lugar y centro de trabajo”.
c) el concepto de profesor como educador profesional. Son educadores profesionales los que tienen título pedagógico, no importando si es de Instituto o de Universidad;
d) el concepto de Trabajador de la Educación. La Ley y el Sindicato se deben ocupar de todos los profesores: de la educación pública y de la educación privada; de los activos y de los cesantes y jubilados. Pero también de los auxiliares de educación;
e) el concepto de la reserva de los puestos del sistema educativo a los miembros del gremio. Solo pueden participar en el sistema educativo los educadores profesionales en todas las posiciones: enseñanza, administración, e investigación.
f) y, finalmente, el concepto del incremento justo de las remuneraciones (sin ceder derechos adquiridos, claro). Será justo si cubre las necesidades familiares con independencia de la calidad del servicio prestado.

MATERIALES
Propuesta de Ley del Profesorado SUTEP

Carta de remisión de la propuesta de Ley SUTEP al congreso realizada por el Colegio de Profesores del Perú – CPPe

Comunicado previo al discurso presidencial de 28 de julio, con principales puntos de la plataforma y antecedentes críticos a la propuesta de Ley de Desarrollo Docente no hecha pública

Cuadro comparativo entre la Ley de Reforma Magisterial y La Ley del Profesorado del SUTEP. El material del documento adjunto es un conjunto de documentos gráficos (uno por página) que hay que descargar de uno en uno en el blog del SUTE Trujillo. Para descargar el archivo completo en pdf hacer click comparacion_leyes_sutep_med – AQUÍ

Cuadro comparativo entre la ley del profesorado (1984/1990), la ley de la CPM (2011), y las propuestas de Ley de Reforma Magisterial y de Ley del Profesorado del SUTEP (2012).

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