EL ROF Y LAS FUNCIONES ESTANDARIZADAS EN LOS SISTEMAS ADMINISTRATIVOS

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El viernes 22 de febrero de 2020 fue publicada en “El Peruano”, la Resolución de Secretaría del Gestión Pública N° 002-2020-PCM/SGP, que aprobó los Lineamientos “Funciones estandarizadas en el marco de los Sistemas Administrativos”, aplicable a todas las entidades que deben contar con un Reglamento de Organización y Funciones – ROF.

Finalidad de la norma y relación con el ROF.

La finalidad de los lineamientos es orientar a las entidades públicas en la asignación de las funciones vinculadas a los sistemas administrativos bajo rectoría del Poder Ejecutivo, a cargo de los órganos de administración interna y de defensa judicial del Estado. Es preciso aclarar que no se crean funciones sino se estandarizan aquellas funciones que la normativa respectiva ha dispuesto previamente. La vigencia de dichas funciones estandarizadas se supedita a las modificaciones o derogaciones que ellas puedan tener, y cada entidad, al momento de elaborar su Reglamento de Organización y Funciones, es responsable de revisar la base legal y determinar la vigencia de aquellas.

Relación vigente de Sistemas Administrativos.

La Ley Orgánica del Poder Ejecutivo dispone en su artículo 46, los sistemas administrativos de aplicación nacional:

  1. Gestión de Recursos Humanos
  2. Abastecimiento
  3. Presupuesto Público
  4. Tesorería
  5. Endeudamiento Público
  6. Contabilidad
  7. Inversión Pública (Programación Multianual y Gestión de Inversiones)
  8. Planeamiento Estratégico
  9. Defensa Judicial del Estado
  10. Control
  11. Modernización de la Gestión Pública.

Cada sistema administrativo presenta su ente rector, su finalidad, la ley especial que la regula y la unidad de organización a cargo de cumplir las normas que rigen cada sistema.

Sistemas Administrativos vinculados a Administración Interna.

De los once, hay 9 sistemas vinculados a funciones de Administración Interna. En primer lugar, los cinco Sistemas Administrativos orientados a dar soporte u apoyo administrativo a la gestión interna: Gestión de Recursos Humanos, Abastecimiento, Tesorería, Endeudamiento Público y Contabilidad. Y, en segundo lugar, los cuatro Sistemas Administrativos orientados a dar asesoramiento a la gestión interna: Presupuesto Público, PMGI, Planeamiento Estratégico y Modernización de la Gestión Pública.

Funciones Estandarizadas en cada Sistema.

En los capítulos 4 al 7 se precisan las diferentes funciones estandarizadas, en la siguiente forma:

Capítulo 4. Funciones Estandarizadas vinculadas a Sistemas Administrativos orientados a dar soporte, a cargo de la Oficina General / Oficina de Administración o la que haga sus veces.

Capítulo 5. Funciones Estandarizadas vinculadas a Sistemas Administrativos orientados a dar asesoramiento, a cargo de la Oficina General / Oficina / Gerencia de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces.

Capítulo 6. Funciones Estandarizadas por cada Sistema Administrativo orientado a dar Apoyo o Asesoramiento, asignadas a Unidades de Organización del Tercer Nivel Organizacional.

Capítulo 7. Funciones Estandarizadas asignadas a la Procuraduría Pública como órgano a cargo de la Defensa Judicial del Estado.

Respecto al Sistema Nacional de Control, cuya rectoría recae en la Contraloría General de la República como organismo constitucionalmente autónomo, las funciones del órgano de control institucional (OCI) de cada entidad, las determina dicho ente rector.

Conclusión.

Cada entidad pública y los gobiernos regionales y locales, al actualizar sus ROF, deben incluir estas disposiciones.

Email: vicentesanchezv@gmail.com.

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Vicente Sánchez Vásquez

Presidente del Instituto de Neurociencias para el Liderazgo. Abogado y Magister en Gerencia Pública.

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