ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018. UN CHORRAZO DE REGLAMENTOS Y NORMAS DEL JNE

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El día 09 de febrero, El Peruano publicó una separata especial de 19 resoluciones del Jurado Nacional de Elecciones para normar las próximas elecciones regionales y municipales de octubre de 2018. No es usual esta cascada de normas en un solo día, así que la importancia y necesidad de conocerlas por parte de quienes quieren participar en dichas elecciones y de quienes quieren fiscalizar a los próximos políticos para tener un voto mejor informado, está descontada. Por ello, daré un breve resumen de todas las normas publicadas.

1.  Resolución 0061-2018-JNE. Norma que deja sin efecto el recurso extraordinario por afectación de los derechos al debido proceso y a la tutela procesal efectiva en contra de las resoluciones del JNE. No ha sido una decisión unánime: el voto fue 3 a 2. Es una decisión polémica y traerá cola. Mi opinión: debieron mantenerlo aunque haciéndolo más ágil.

2. Resolución 0075-2018-JNE. Reglamento sobre la participación de Personeros en procesos electorales. Esta sí era una norma necesaria, ya que los procesos electorales se hacen más complejos en cuanto a asegurar el respeto de la voluntad popular y el uso de las tecnologías de la información. Incluye la participación de los personeros en el extranjero.

3. Resolución 0076-2018-JNE. Reglamento del Procedimiento de Aplicación de Actas observadas, Actas con votos impugnados y Actas con solicitud de nulidad en elecciones regionales y municipales. Esta norma debe ser de lectura obligatoria para todo aquél que quiera ser un personero minucioso y tenaz defensor de los votos de su organización y candidatos. Tarea para las organizaciones políticas.

4.    Resolución 0077-2018-JNE. Reglamento sobre la Casilla Electrónica del JNE. Con esta norma se adopta el domicilio procesal electrónico y la firma y certificado digital para las notificaciones en materia electoral. Los personeros principales de los partidos tienen rápidamente que capacitarse y actualizarse en estos temas para que la rapidez y oportunidad de la información no termine siendo perjudicial para sus organizaciones.

5.   Resolución 0078-2018-JNE. Reglamento de Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en período electoral. En esta norma hay que leer sobre todo cuáles son las infracciones que se pueden cometer y las sanciones que pueden recibir, que incluyen multas y denuncias ante el Ministerio Público. En el caso de las multas llama la atención que no serán menores de 30 ni mayores de 100 UIT.

6. Resolución 0079-2018-JNE. Reglamento para la fiscalización y procedimiento sancionador sobre conducta prohibida en propaganda electoral, contemplado en el artículo 42 de la Ley de Organizaciones Políticas, Ley 28094. Refiere a la prohibición de entrega o promesa de entrega de dinero, regalos, dádivas, alimentos, medicina, agua, materiales de construcción u otros obsequios de naturaleza económica. En estos casos las sanciones pueden ser: multas de 30 UIT, exclusión por reincidencia, o exclusión inmediata.

7.   Resolución 0080-2018-JNE. Norma que regula el procedimiento para las solicitudes de renuncia o licencia por parte de funcionarios y trabajadores de los diversos organismos del Estado que postularán en las próximas elecciones regionales y municipales. Aquí es importante ver los plazos de presentación y los documentos que deben recabarse.

8. Resolución 0081-2018-JNE. Norma que regula los mecanismos de reemplazo de las autoridades regionales y municipales que renuncien o soliciten licencia para presentarse como candidatos. Si un gobernador quiere ser candidato a alcalde o viceversa, debe renunciar al cargo. Si es licencia por parte de autoridades regionales o municipales para ser candidatos, éstos se reintegran a sus labores al día siguiente de la fecha de elecciones, excepto los candidatos regionales que pueden ser hasta la proclamación de resultados o hasta la segunda vuelta, según el caso.

9. Resolución 0082-2018-JNE. Reglamento de inscripción de listas de candidatos para elecciones municipales. Esta norma debe ser de lectura esencial para cualquier candidato, ya que en anteriores elecciones se ha podido ver una gran cantidad de candidatos que han sido excluidos de las listas o no han podido inscribirse por omisiones o detalles que pudieron superarse fácilmente. Una recomendación para todo candidato: es mejor leer este reglamento que pensar: eso lo ve mi personero. Opinión aparte merece la Hoja de Vida: toda información que allí se ponga puede ser fiscalizable, así que mejor ponga lo verdadero, evite poner algún dato falso solo para aparentar.

10. Resolución 0083-2018-JNE. Reglamento de inscripción de fórmulas y listas de candidatos para elecciones regionales. Aquí vale lo dicho en el punto anterior.

11. Resolución 0084-2018-JNE. Norma que prueba el Formato Único de Declaración Jurada de Hoja de Vida de Candidato(a). Este nuevo formato incluye algunas novedades: se exige información más detallada de la formación académica, de la trayectoria política, de las sentencias condenatorias por delitos dolosos, por incumplimiento de obligaciones alimentarias, contractuales o laborales, o por violencia familiar; y especialmente de los ingresos de bienes y rentas que incluyen los datos de la sociedad de gananciales, de ser el caso.

12. Resolución 0085-2018-JNE. Reglamento de Observadores en Procesos Electorales. Estos pueden ser nacionales o internacionales. En el caso de las nacionales sólo pueden serlo las personas jurídicas nacionales de carácter civil en cuyo objeto figure la observación electoral y cumpla con los requisitos exigidos por las normas electorales.

13. Resolución 0086-2018-JNE. Norma que actualiza la regulación del trámite de solicitudes de nulidad de votación de mesa de sufragio y de nulidad de votación de elecciones. La nulidad puede invocarse por hechos en la mesa de sufragio o externos a ella. Hay que recordar que si no se presenta el comprobante original de la tasa se declara la improcedencia del pedido de nulidad. Esta norma es importante hacerla conocer a los personeros de mesa para que sepan cómo actuar tanto para plantear la nulidad como para defenderse de una nulidad en una mesa de sufragio. Varias elecciones se han definido por la nulidad de una o varias mesas de sufragio.

14. Resolución 0087-2018-JNE. Reglamento sobre el uso de la firma digital del Jurado Nacional de Elecciones. Regula el procedimiento para el uso de la firma digital en la tramitación de los recursos de impugnación en los procesos jurisdiccionales a cargo del JNE y de los JEE. Esta tecnología se ya se usa en otros organismos públicos peruanos, así que es una buena noticia que el principal organismo electoral lo haga suyo para una mayor celeridad y confianza en los procesos jurisdiccionales electorales.

15. Resolución 0088-2018-JNE. Norma que establece el número de consejeros regionales a ser elegidos en el proceso de elecciones regionales 2018, la aplicación de las cuotas de género, de jóvenes, y de comunidades nativas, campesinas y pueblos originarios. Aquí vale comentar que las listas de candidatos accesitarios a consejeros regionales deben cumplir con las cuotas electorales en las mismas proporciones que la lista de candidatos titulares. En todos los gobiernos regionales hay consejeros adicionales.

16. Resolución 0089-2018-JNE. Norma que establece el número de regidores provinciales y distritales a ser elegidos en el proceso de Elecciones Municipales 2018, la aplicación de las cuotas de género, de jóvenes, y de comunidades nativas, campesinas y pueblos originarios. Hay cambios en el número de regidores en varias provincias y distritos. Es bueno revisar.

17. Resolución 0090-2018-JNE. Reglamento de Audiencias Públicas del Jurado Nacional de Elecciones, que será de aplicación a las audiencias públicas cuya realización sea dispuesta en los procesos jurisdiccionales de competencia del Pleno del JNE. El reglamento también será aplicado por los Jurados Electorales Especiales – JEE en las audiencias públicas bajo su competencia en todo lo que sea pertinente.

18. Resolución 0554-2018-JNE. Norma que aprueba la Tabla de Tasas en materia electoral. La norma también indica quiénes se encuentran exonerados del pago de tasa, quiénes no se encuentran exonerados, quiénes pueden acceder al auxilio de justicia electoral, y cuáles son los procesos en materia electoral que se tramitan sin necesidad de pago de tasa.

19. Resolución 0091-2018-JNE. Norma que dispone remitir al diario oficial El Peruano los reglamentos y normas aprobadas por el Pleno del JNE, para su publicación y entrada en vigencia, y que serán aplicados en las Elecciones Regionales y Municipales 2018.

Como información adicional, hay que tener en cuenta que el JNE ya cuenta con la Ventanilla Única de Antecedentes para Uso Electoral, dispuesta por la Ley 303322 (E.P. 07/05/15), y su Reglamento, aprobado por D.S. 069-2015-PCM (E.P. 07/10/2015), para suministrar información a las organizaciones políticas sobre sentencias condenatorias, deudas tributarias, judiciales, municipales o alimentarias, órdenes de captura, o sobre bienes de sus posibles candidatos en los procesos electorales en los que participen.

Link: http://elperuano.pe/NormasElperuano/2018/02/09/1615360-1/1615360-1.htm.
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Vicente Sánchez Vásquez

Presidente del Instituto de Neurociencias para el Liderazgo. Abogado y Magister en Gerencia Pública.

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