SOBRE EL DERECHO DE PROPIEDAD DE LAS COMUNIDADES CAMPESINAS

[Visto: 2563 veces]

El respeto del derecho de propiedad de todo peruano, cual fuere la condición social o económica de su titular, es una responsabilidad ineludible de todo gobernante, así que pasar a dominio del Estado (sin previo procedimiento de expropiación y sin pago de justiprecio) tierras eriazas de las comunidades campesinas cuya titularidad el propio Estado les reconoce sin ser necesaria su inscripción en registros públicos, es una violación flagrante de la Constitución Política vigente, fueron mis expresiones sobre el Decreto Legislativo 994, en un Foro sobre Comunidades Campesinas realizado en la ciudad de Huamanga, Ayacucho, con motivo del “Día del Campesino” y el 30º aniversario de la institución organizadora del mismo, el Centro de Desarrollo Agropecuario – CEDAP.
Asimismo, la afectación del derecho de propiedad sin respetar el ordenamiento jurídico nacional no puede justificarse con el argumento de propiciar la inversión privada en tierras ociosas que los campesinos no pueden explotar, pues con ese mismo criterio, un nuevo gobernante, de signo ideológico opuesto al actual, podría dejar sin efecto sin respetar el procedimiento de ley los contratos de estabilidad tributaria suscritos entre el Estado y las grandes empresas solo por considerarlos lesivos a la soberanía nacional. La ley peruana debe ser respetada y ésta exige que se les consulte a las comunidades campesinas, que sea el Congreso con votación calificada el que tome la decisión de cambiar la ley de tierras comunales, y que se respete el principio de legitimidad y el principio de mayoría para vender las tierras comunales. Con esos argumentos señalé mi posición jurídica sobre el increíble Decreto Legislativo 1015 que permitía que un ínfimo número de comuneros y bastando un empate en el momento de votar pudiera decidir la venta de las tierras comunales sin límite alguno.
En dicha visita a Ayacucho, tierra y pueblo tan afectados por la guerra interna que sufrimos hace pocos años, no dejó de sorprenderme el pujante desarrollo de su capital y el interés de las comunidades campesinas de mejorar su productividad y competitividad pese a la indiferencia gubernamental.
En la foto con representantes de comunidades campesinas asistentes al evento.
NR. Días después el gobierno daría marcha atrás con los Decretos Legislativos 1064 y 1073.
Ayacucho

Puntuación: 2.60 / Votos: 5

Vicente Sánchez Vásquez

Presidente del Instituto de Neurociencias para el Liderazgo. Abogado y Magister en Gerencia Pública.

3 pensamientos en “SOBRE EL DERECHO DE PROPIEDAD DE LAS COMUNIDADES CAMPESINAS

  • 22 octubre, 2009 al 6:20 pm
    Permalink

    Municipalidad de San Borja inaugura moderna plataforma de atención al ciudadano
    La Municipalidad de San Borja inauguró su “Plataforma de Atención Integral al Ciudadano”, la misma que incluye una serie de servicios dirigido a sastifacer las necesidades de los ciudadanos y empresarios, dicha plataforma incluye los servicios de licencias y autorizaciones, formalización de empresa, servicios financieros, tributarios, de registros públicos, seguridad ciudadana, zonificación, entre otros. Asimismo, incorpora servicios de gobiernos eléctronicos en línea. Mayor información: Diario EL Peruano (21/10/09):

    Por otro lado, el gobierno promulgo el D.S de Urgencia Nº009-09, dicho dereto consideran días hábiles los días sábado, domingo y feriados no laborables, con el propósito de que la administració n pública brinde sus servicios de manera ininterrumpida. Asimismo, el documento precisa que estos días hábiles serán computados en los plazos de los procedimientos administrativos que realizan las entidades del Poder Ejecutivo, así como los gobiernos regionales y locales. Los alcances del decreto serán aplicables a los nuevos procedimientos que se inicien durante su vigencia, desde su publicación en el Diario Oficial El Peruano hasta el 31 de diciembre de 2010. Mayor Información: Diario El Peruano (22/10/09).

    El dereto supremo resolverá el problema de burocrático de los servicios de atención de los ciudadanos?? ??, veasé Diario Perú 21(22/10/09)

    Le adjunto una propuesta de implementació n de Plataforma Integral de Servicios Municipales, dicha experiencia se viene realizando desde el año 2004 a través del Centro Municipal de Servicios Empresariales – CEMSE en la Municipalidad distrital de Independencia, asimismo, se encuentra en implementació n en la Municipalidad distrital de San Martin de Porres, cabe considerar que dichas plataformas fueron financiada a través de proyectos de inversión pública (SNIP) a diferencia de otras municipalidades que fueren creadas a través de Proyecto PROPOLI.
    Mayor información veáse los documentos:

    Como implementar una plataforma virtual de servicios – CEMSE

    Asesoria para la implementació n de Oficina o Gerencia de Desarrollo Económico
    Presentación de la Experiencia Exitosa del CEMSE al ILPEL/CEPAL – SERDET

    Econ. Martín Moreno Z.
    Celular (51-1) 995 317 702
    Blog: http://cemse. blogspot. com/

    Responder
  • 23 enero, 2012 al 3:29 pm
    Permalink

    LO FELICITO DOCTOR SIGA ILUSTRANDONOS, ES LA MEJOR MANERA DE ENSEÑAR, PRECISAMENTE A TRAVES DE ESTOS MEDIOS DE COMUNICACION MASIVA, COMO ES EL INTERNET… Y SO RE TEMAS DE DERECHO.L

    Responder

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *