preventiva

Capacidad preventiva y sancionadora del Estado frente a los actos de corrupción

02 de marzo del 2020 se publico

DECRETO SUPREMO No 206-2019-PCM

que aprueba el IV Plan

de Acción de Gobierno Abierto Rumbo al

Bicentenario 2020 – 2021 y crea la Comisión

Multisectorial denominada Foro Multiactor

de Gobierno Abierto


Integridad y Lucha contra la Corrupción

Como parte de las reformas para fortalecer la integridad

pública y la lucha contra la corrupción, se creó la Secretaría

de Integridad Pública en la Presidencia del Consejo de

Ministros, la que lidera la Política Nacional de Integridad

y Lucha contra la Corrupción, que BUSCA AUMENTAR LA

CAPACIDAD PREVENTIVA y sancionadora del Estado frente

a actos de corrupción, a través de la implementación de

diversas herramientas para la identificación y gestión de

riesgos, conflictos de interés, entre otros.


La Contraloría General de la República,

el Ministerio de Economía y Finanzas y el Organismo Supervisor

de las Contrataciones del Estado,

de acuerdo a sus competencias y

a través de sus unidades orgánicas,

 

-fortalecerán sus sistemas de información

para mejorar la interoperabilidad,

contenidos y canales de difusión de la información

vinculadas a las obras de infraestructura pública

dirigidas a la ciudadanía,

así como promoverán la participación ciudadana

 en el control social para alertar,

PREVENIR y detectar posibles riesgos o

desviaciones en el uso de los recursos públicos

asignados a las obras públicas.


seguridad ciudadana a través de la página web del Observatorio Nacional de Seguridad Ciudadana

El Observatorio Nacional

de Seguridad Ciudadana

incluye una sección de mapas

que permita visualizar los hechos delictivos,

los factores de riesgo y

las acciones para

prevenir y controlar el delito

Separación preventiva al personal docente o administrativos implicados en delitos de terrorismo, violación de la libertad sexual y tráfico ilícito de drogas

 

El 13 e de febrero del 2020 se publicó el

Decreto Supremo N° 004-2020-MINEDU

que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29988,

que establece medidas extraordinarias

para el personal que presta servicios

en instituciones educativas públicas y

privadas implicado en diversos delitos;

(Terrorismo, violación sexual y trafico de licito de drogas)

crea el Registro de personas condenadas

o procesadas por los delitos establecidos

en la Ley N° 29988 y modifica los Artículos

36 y 38 del Código Penal; modificada por el

Decreto de Urgencia N° 019-2019


Separación preventiva: Medida extraordinaria

de carácter preventivo a través de la cual se separa

temporalmente de sus funciones al personal docente o

administrativo de cualquier instancia de gestión educativa

descentralizada, órganos, instituciones u organismos

señalados en el artículo 2 del presente Reglamento, que

tiene la condición de detenido en flagrancia, denunciado

o procesado por los delitos contemplados en la Ley. Su

aplicación se da de la siguiente manera:

Para el sector público, cuando corresponda, esta

persona se pone a disposición de la Oficina de Recursos

Humanos o la que haga sus veces para realizar las

labores que le sean asignadas, debiéndose asegurar

que no ejerza funciones en las áreas pedagógicas o de

gestión institucional.

 Para el sector privado, la separación preventiva

consiste en una suspensión perfecta del vínculo laboral

o medida similar. Por la suspensión perfecta del vínculo

laboral, cesa temporalmente la obligación del trabajador

de prestar el servicio para el cual fue contratado y la del

empleador de pagar la remuneración respectiva, sin que

desaparezca el vínculo laboral.


La medida de separación preventiva no

constituye sanción o demérito y no suspende el pago de

remuneraciones para el sector público, en tanto el personal

continúe prestando servicios. En caso el personal sujeto

a medida preventiva sea absuelto, podrá retornar al cargo

que ocupaba.


Separación definitiva o destitución automáticas:

Medida extraordinaria de carácter defi nitivo

a través de la cual se da término al vínculo laboral

o contractual del personal que presta servicios en

cualquier instancia de gestión educativa descentralizada,

órgano, institución u organismo señalado en el artículo 2

del presente Reglamento

que haya sido sentenciado, con resolución

condenatoria consentida o ejecutoriada,

por cualquiera de los delitos a que se refiere la Ley


Inhabilitación

Toda persona que ha sido sentenciada,

con resolución condenatoria consentida o ejecutoriada,

por cualquiera de los delitos a que se refiere la Ley,

se encuentra inhabilitada de manera definitiva

para ingresar o reingresar al servicio

en las instancias de gestión educativa descentralizada,

órganos, instituciones u organismos

señalados en el artículo 2 del presente Reglamento,

bajo cualquier régimen laboral o contractual.

La sanción de inhabilitación,

impuesta en el marco de lo establecido por la presente Ley,

impide el ejercicio profesional tanto en el sector público y privado.

Orientación preventiva para manejar problemas éticos en brotes de enfermedades infecciosas

Esta claro que para prevenir la expansión del Coronavirus

Existen claras recomendaciones del sector salud para evitarlas,

Por otro lado, existe una guía para manejar problemas éticos

en brotes de enfermedades infecciosas

según la OMS se basa en principios relevantes

comparto el link y su contenido

https://apps.who.int/iris/handle/10665/250580

cómo deberíamos vivir nuestras vidas, incluyendo

nuestras acciones, intenciones y nuestro habitual

comportamiento

 

Principios éticos relevantes

JUSTICIA:

la justicia o equidad abarca dos

diferentes conceptos El primero es la equidad,

que se refiere a la equidad en la DISTRIBUCIÓN

DE RECURSOS, OPORTUNIDADES Y RESULTADOS.

Los elementos clave de equidad incluyen tratar como

casos similares, evitando la discriminación y

explotación y ser sensible a las personas

que son especialmente vulnerables al daño o

injusticia. El segundo aspecto de la justicia es

justicia procesal, que se refiere a un justo

proceso para tomar decisiones importantes.

Los elementos de la justicia procesal incluyen el debido

proceso (notificación a los interesados

personas y una oportunidad para ser escuchados),

transparencia (proporcionando claridad y precisión

información sobre la base de las decisiones

y el proceso por el cual se hacen),

inclusión / compromiso comunitario

(asegurando que todas las partes interesadas relevantes puedan

participar en las decisiones), responsabilidad

(asignar y hacer cumplir la responsabilidad

para decisiones) y supervisión (asegurando

mecanismos apropiados para el monitoreo

y revisión).


BENEFICENCIA:

se refiere a actos

que se hacen en beneficio de otros,

como los esfuerzos para aliviar el dolor de las personas

y sufrimiento En el contexto de la salud pública,

El principio de beneficencia subyace

obligación de la sociedad de satisfacer las necesidades básicas

de individuos y comunidades, particularmente

NECESIDADES HUMANITARIAS COMO ALIMENTACIÓN,

REFUGIO, BUENA SALUD Y SEGURIDAD.


UTILIDAD:

que las acciones son correctas en la medida en que

PROMUEVAN EL BIENESTAR DE LAS PERSONAS o

Comunidades. Esfuerzos para maximizar la utilidad

requieren CONSIDERACIÓN DE PROPORCIONALIDAD

(equilibrando los beneficios potenciales de un

actividad contra cualquier riesgo de daño) y

EFICIENCIA (logrando los mayores beneficios en

El menor costo posible).


RESPETO A LAS PERSONAS:

se refiere al TRATAMIENTO DE INDIVIDUOS

DE MANERA ADECUADA e informada por

un reconocimiento de nuestra HUMANIDAD COMÚN,

DIGNIDAD y derechos inherentes. Un central

aspecto del respeto por las personas es respeto por

autonomía, que requiere dejar que las personas

tomar sus propias decisiones en función de su

valores y preferencias. Consentimiento informado,

un proceso en el que un individuo competente

autoriza un curso de acción basado en

suficiente información relevante, sin

coerción o inducción indebida, es uno

manera de operacionalizar este concepto. Dónde

los individuos carecen de capacidad de decisión,

puede ser necesario que otros sean acusados

con proteger sus intereses. Respeto a

las personas también incluyen prestar atención a

valores como la privacidad y confidencialidad, como

así como creencias sociales, religiosas y culturales

y relaciones importantes, incluyendo

Lazos familiares.  Finalmente, respeto a las personas.

requiere transparencia y decir la verdad en

el contexto de llevar a cabo la salud pública

y actividades de investigación.


LIBERTAD

incluye una amplia gama

de libertades sociales, religiosas y políticas,

como la libertad de movimiento, la libertad de

reunión pacífica y libertad de expresión.

Muchos aspectos de la libertad están protegidos como

derechos humanos fundamentales


RECIPROCIDAD:

consiste en haciendo un

“retorno apropiado y proporcional”

por las contribuciones que la gente ha hecho.

Las políticas que fomentan la reciprocidad pueden

ser un medio importante para promover el

principio de justicia, ya que pueden corregir

desigualdades injustas en la distribución de la

beneficios y cargas de la respuesta epidémica

esfuerzos


SOLIDARIDAD:

es una relación social.

en el que un grupo, comunidad, nación

o, potencialmente, stands

de la comunidad global juntos.

El principio de solidaridad justifica

ACCIÓN COLECTIVA FRENTE A LO COMÚN

Amenazas. También apoya los esfuerzos para superar

desigualdades que socavan el bienestar

de minorías y grupos que sufren de

discriminación.

Tutela Preventiva al Medio Ambiente

Segun (Lorensetti,2010,p147) tiene las siguientes caracteristicas:

*PROSPECTIVA

Orientacion hacia el futuro

Para recuperar el bien ambienal dañado


*FLEXIBLE

No hay precisiones exactas sobre el modo en que se puede evitar el daño futuro

Una decisión rigida esta destinada a quedar sin efecto cuando cambian las circunstancias


*EXPERIMENTALES

Debe adaptar al cambio de circuntacnias


*DESARROLLO INCREMENTAL DE SANCIONES

Las sentencias proveen de mecanismos de cumplimiento que se van incrementando al enfrentar dificultades a medida que avanza

(más…)