EL 30 de diciembre del 2017 se publico en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO la LEY 30714 que regula el RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ

Objeto

Establecer las normas y procedimientos administrativo disciplinarios

destinados a PREVENIR, regular y sancionar las infracciones cometidas

por el personal de la Policía Nacional del Perú.

Medidas preventivas

-son disposiciones administrativas de carácter provisional, que se

imponen por la presunta comisión de infracciones muy graves

En los casos previstos en la ley.

-No constituyen demérito ni sanción administrativa.

Las medidas preventivas pueden ser:

1.-Separación temporal del cargo.

Se deberá tenerse en cuenta la presencia concurrente

de los siguientes elementos:

a. Existencia de elementos de juicio suficientes que hagan prever que se habría

cometido una infracción muy grave.

b. Riesgo de afectación a la labor de obtener o acceder a los medios probatorios,

posibilidad de coaccionar a los subordinados o

cualquier otra acción que puede perturbar

el desarrollo del procedimiento administrativo-disciplinario

2.-Cese temporal del empleo.

El cese temporal de empleo se impone cuando el investigado se encuentra privado de su

libertad,

3.-Suspensión temporal del servicio.

Deberá tenerse en cuenta la presencia de alguno de los siguientes elementos:

a. Existencia de elementos de juicio suficientes

que hagan prever la comisión de la infracción y el riesgo de afectación a

la labor de obtener o acceder a los medios probatorios,

posibilidad de coaccionar a los subordinados o cualquier otra acción

que puede perturbar el desarrollo del procedimiento administrativo-disciplinario.

b. Por detención policial en flagrante delito o por reincidencia o habitualidad en la

comisión de infracciones.

Adopción de medidas preventivas

Las medidas preventivas pueden ser ordenadas por los órganos disciplinarios

competentes siempre que exista presunción razonable de responsabilidad


TABLA DE INFRACCIONES Y SANCIONES MUY GRAVES

CONTRA LA DISCIPLINA

MG 1 Faltar a la verdad en documentos relacionados con

la investigación policial, beneficiando o afectando el

resultado de la investigación en su calidad de instructor.

De 6 meses a 1 año

de disponibilidad

MG 6 Utilizar o disponer indebidamente bienes o recursos de

propiedad del Estado.

De 6 meses a 1 año

de disponibilidad

MG 7 Apropiarse indebidamente de prendas, equipos o bienes

de otros miembros de la Policía Nacional del Perú.

De 6 meses a 1 año

de disponibilidad

MG 12 Ocultar o encubrir a miembros de la Policía Nacional del

Perú que hayan cometido infracción grave o muy grave

debidamente comprobada.

De 6 meses a 1 año

de disponibilidad

MG 13 Maltratar a los intervenidos una vez reducidos o

detenidos, causándoles lesiones.

De 6 meses a 1 año

de disponibilidad

MG 19 Emplear para usos particulares, a personal policial,

medios o recursos de la Institución o facilitarlos a un

tercero; salvo causa justificada.

De 6 meses a 1 año

de disponibilidad

MG 32 Realizar proposiciones indecentes, insinuaciones o

requerimientos con contenido sexual a cambio de

favorecer, otorgar ventajas, dar trato preferente o dar

cumplimiento a procedimientos establecidos, al personal

de la Policía Nacional del Perú, a los postulantes de las

escuelas de formación o a cualquier persona que tenga

interés en el resultado de una gestión o trámite realizado

ante una unidad u órgano policial.

De 1 a 2 años de

disponibilidad

MG 33 Consumir droga(s) ilegal(es) o bebidas alcohólicas

durante el servicio policial, salvo en este último caso,

que responda a situaciones protocolares.

Pase a la situación de

retiro

MG 42 Participar, favorecer o facilitar de manera individual o

grupal en hechos que afecten gravemente el orden

público y la seguridad de las personas o la comunidad

en su conjunto.

Pase a la situación de

retiro

MG 43 Organizar, dirigir, promover, participar o incitar a huelga,

paro, marcha u otras acciones de protesta de índole

policial, o intervenir en forma directa en actividades

políticas o sindicales.

Pase a la situación de

retiro

MG 44 Utilizar el cargo o el grado para inducir al subordinado o

a particulares a respaldar una campaña política o

participar en eventos de la misma naturaleza.

Pase a la situación de

retiro


CONTRA EL SERVICIO POLICIAL

MG 52 Contravenir deliberadamente los procedimientos

operativos y administrativos establecidos en los planes

de operaciones, órdenes de operaciones u otros

documentos relacionados con el cumplimiento del

servicio policial establecidos en la normatividad vigente.

De 6 meses a 1 año

de disponibilidad

MG 53 Hacer uso de la fuerza en forma innecesaria o

desproporcionada, en acto de servicio, ocasionando

lesiones graves.

De 6 meses a 1 año

de disponibilidad

MG 59 No prestar auxilio con urgencia en aquellos hechos o

circunstancias graves en que sea obligada su actuación.

De 1 a 2 años de

disponibilidad

MG 62 Actuar con negligencia en el ejercicio de la función en la

tramitación de denuncias en las que exista alto riesgo de

lesión grave o muerte para la víctima.

De 1 a 2 años de

disponibilidad

MG 64 Demostrar falta de celo en el cumplimiento de las

obligaciones del servicio o de la función policial, cuando

se trate de casos con alto riesgo de lesión grave o

muerte para la víctima.

De 1 a 2 años de

disponibilidad

MG 72 Practicar actos de tortura a las personas que se

encuentren bajo su custodia.

Pase a la situación de

retiro

MG 76 Solicitar o recibir dádivas o cualquier otra clase de

beneficio proveniente directa o indirectamente del

usuario del servicio o de cualquier persona que tenga

interés en el resultado de su gestión.

Pase a la situación de

retiro

MG 77 Ofrecer y/o entregar dádivas o cualquier otra clase de

beneficio proveniente directa o indirectamente del

usuario del servicio o de cualquier persona que tenga

interés en el resultado de la gestión.

Pase a la situación de

retiro

MG 78 Apropiarse o adulterar las evidencias de un ilícito penal,

alterando la cadena de custodia o diligencias

preliminares.

Pase a la situación de

retiro

MG 79 Tener relaciones sexuales o realizar actos contra el

pudor con el paciente, cadete o alumno(a) o persona que

esté detenida, retenida, bajo su cuidado o

responsabilidad.

Pase a la situación de

retiro

MG 80 Tener relaciones sexuales durante el servicio o en

instalaciones o vehículos policiales

Pase a la situación de

retiro

MG 84 Disponer, autorizar y/o facilitar que personal policial

brinde servicios de protección, seguridad privada y/o

asesoramiento a favor de terceros para tal fin, así como

cualquier servicio que no se encuentre regulado.

Pase a la situación de

retiro

MG 86 Usar, transferir, difundir o comercializar las grabaciones

de imágenes, videos o audios que constituyen indicio o

medio probatorio en una investigación.

Pase a la situación de

retiro


CONTRA LA IMAGEN INSTITUCIONAL

MG 89 Maltratar física o psicológicamente a los miembros del

grupo familiar de conformidad al inciso b) del artículo 7

de la Ley 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar

la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo

familiar; cuando se requiera entre 1 y 10 días de

asistencia facultativa o hasta 10 días de descanso

médico, o cuando se acredite la existencia de un nivel

moderado de daño psíquico.

De 6 meses a 1 año

MG 93 Maltratar física o psicológicamente a los miembros del

grupo familiar de conformidad al inciso b) del artículo 7

de la Ley 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar

la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo

familiar; cuando se requiera más de 10 días de

asistencia facultativa o más de 10 días de descanso

médico, o cuando se acredite la existencia de un nivel

grave o muy grave de daño psíquico.

Pase a la situación de

retiro


CONTRA LA ÉTICA

MG 95 Aceptar u otorgar obsequios que impliquen ventajas de

cualquier índole para beneficio propio o de terceros.

De 6 meses a 1 año

de disponibilidad

MG 96 Acercarse corporalmente con roces a otra persona,

ejecutar tocamientos u otra manifestación física de

naturaleza sexual.

De 6 meses a 1 año

de disponibilidad

MG 98 Emplear o ejercer influencia o recomendaciones

valiéndose del grado, cargo o función para obtener

ascensos, condecoraciones, felicitaciones, becas, cursos

y cualquier otra recompensa; así como, permisos,

destaques, cambios de colocación, comisiones o todo

aquello que signifique ventaja para sí o terceros, en

detrimento del servicio o de los derechos de otro.

De 6 meses a 1 año

de disponibilidad

MG 99 Actuar con parcialidad en los procedimientos

administrativo-disciplinarios en el acopio y valoración de

pruebas o pericias con la finalidad de favorecer o

perjudicar al presunto infractor.

De 1 a 2 años de

disponibilidad

MG 102 Distorsionar, adulterar o suscribir información falsa en

informe, certificado, peritaje u otro documento en

beneficio propio o de terceros.

Pase a la situación de

retiro

MG 109 Exigir, solicitar o recibir dinero, especies u otras dádivas,

en beneficio propio o de terceros para favorecer en el

proceso de admisión o ingreso a los centros de

formación de la Policía Nacional del Perú.

Pase a la situación de

retiro


TABLA DE INFRACCIONES Y SANCIONES GRAVES

CONTRA LA DISCIPLINA

G 8 Incumplir o alterar intencionalmente el orden o los plazos

en la recepción, trámite, emisión o remisión de

documentos, siempre que se cause perjuicios.

De 2 a 6 días de

sanción de rigor

G 11 No respetar o retrasar intencionalmente los

procedimientos establecidos para los trámites

administrativos internos del personal, previstos en las

normas legales y reglamentarias.

G 12 Presentarse a su servicio, dependencias de la Policía

Nacional o superiores jerárquicos, habiendo ingerido

bebidas alcohólicas.

De 4 a 8 días de

sanción de rigor

G 13 Perder, ocasionar daños o no adoptar las medidas de

seguridad con el armamento, vehículos, prendas,

equipos, locales, productos farmacéuticos, medicinas,

biomédicos, insumos u otros bienes de propiedad del

Estado, sin perjuicio de su reposición o reparación.

De 4 a 8 días de

sanción de rigor

G 14 Faltar al servicio policial en tres (3) oportunidades

durante un período de 30 días, sin causa justificada,

De 4 a 8 días de

sanción de rigor

G 19 Negar el conducto regular o impedir el trámite de un

reclamo o petición amparado en la normatividad vigente.

De 4 a 10 días de

sanción de rigor

G 21 Influir o valerse de influencias para que los órganos de

administración de personal omitan en forma parcial o

total, el cumplimiento de sus deberes en beneficio propio

o de terceros.

G 25 Ingerir bebidas alcohólicas en unidades policiales o

extrainstitucionales donde labora el personal policial;

salvo en este último caso, que responda a situaciones

protocolares.

De 11 a 15 días de

sanción de rigor

G 26 Incumplir directivas, reglamentos, guías de

procedimientos y protocolos reguladas por la

normatividad vigente, causando grave perjuicio a los

bienes jurídicos contemplados en la presente ley.

De 11 a 15 días de

sanción de rigor

G 27 Presionar al subordinado para que no efectúe reclamos

o peticiones cuando le asiste este derecho o incitarlo a

que interponga reclamos injustificados.

De 11 a 15 días de

sanción de rigor

G 29 Emplear términos vejatorios o irrespetuosos en el

contenido de los escritos o recursos para los trámites

internos o disciplinarios.

De 11 a 15 días de

sanción de rigor

G 30 Faltar a la verdad con la intención de perjudicar o

favorecer a un superior, subordinado o de igual grado.

De 11 a 15 días de

sanción de rigor

G 31 Actuar con motivo del ejercicio de su función,

discriminando por motivo de origen, raza, sexo, idioma,

religión, opinión, condición económica o de cualquier

otra índole

De 11 a 15 días de

sanción de rigor

G 32 Formular imputaciones tendenciosas o temerarias contra

cualquier miembro de la Policía Nacional del Perú.

De 11 a 15 días de

sanción de rigor

G 33 Permitir o no dar cuenta al tomar conocimiento de

relaciones sexuales o actos contra el pudor entre

personas que se encuentren bajo su responsabilidad o

custodia.

De 11 a 15 días de

sanción de rigor

G 35 Hacer insinuaciones, gestos, proposiciones obscenas o

usar términos de naturaleza o connotación sexual,

verbales o escritos o por cualquier otro medio, que

resulten ofensivos.

De 11 a 15 días de

sanción de rigor


CONTRA EL SERVICIO POLICIAL

G 38 Fracasar en el cumplimiento de la misión o incumplir la

responsabilidad funcional asignada, por desidia,

imprevisión o carencia de iniciativa.

De 4 a 10 días de

sanción de rigor

G 39 Negarse a recibir denuncia de competencia policial o no

registrarla en el sistema de denuncias respectivo.

De 4 a 10 días de

sanción de rigor

G 44 Disponer o aceptar la ejecución de actividades ajenas a

la función dentro de instalaciones policiales.

De 6 a 10 días de

sanción de rigor

G 46 Realizar acciones, operaciones o diligencias policiales

no autorizadas.

De 11 a 15 días de

sanción de rigor

G 48 Abandonar el servicio sin motivo justificado.

sanción de rigor

De 11 a 15 días de

sanción de rigor

G 49 Alejarse de su puesto de servicio al cual fue asignado

para realizar actividades ajenas al mismo y como

consecuencia de ello se produzcan hechos delictuosos o

consecuencias graves, salvo causa justificada.

De 11 a 15 días de

sanción de rigor

G 52 Coaccionar o amenazar por cualquier medio, al personal

de la Policía Nacional del Perú, intimidándolo o

presionándolo para que deje de cumplir con sus

obligaciones.

De 11 a 15 días de

sanción de rigor


CONTRA LA IMAGEN INSTITUCIONAL

G 54 Incumplir sus obligaciones familiares alimentarias.

De 2 a 6 días de

sanción de rigor


CONTRA LA ÉTICA

G 57 Ejercer la defensa legal en procedimientos

administrativos, así como en procesos judiciales contra

la Institución o sus representantes; salvo en causa

propia o en defensa del cónyuge, hijos, padres,

hermanos; o con autorización expresa del comando

institucional.

De 11 a 15 días de

sanción de rigor

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