El 26-07-2016 se publico el Decreto Supremo Nº 009-2016-MIMP que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar

De las autoridades investidas por mandato constitucional

Todas las autoridades, incluyendo aquellas que pertenecen a la jurisdicción especial, y responsables sectoriales contemplados en la Ley, independientemente de su ámbito funcional, identidad étnica y cultural, o modalidad de acceso al cargo, tienen la RESPONSABILIDAD DE PREVENIR, sancionar y erradicar la VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES y quienes integran el grupo familiar en el marco de sus competencias,

Ficha de Valoración del Riesgo (FVR)

Es un instrumento que aplican quienes operan las instituciones de la administración de justicia y tiene como finalidad detectar y medir los riesgos a los que está expuesta una víctima respecto de la persona denunciada. Su aplicación y valoración está orientada a otorgar medidas de protección con la finalidad de PREVENIR NUEVOS ACTOS DE VIOLENCIA, entre ellos, el feminicidio.

Atención especializada en casos de violencia

LAS PERSONAS QUE INTERVIENEN EN LA PREVENCIÓN, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, TIENEN CONOCIMIENTOS ESPECIALIZADOS EN LA TEMÁTICA DE VIOLENCIA contra las mujeres e integrantes del grupo familiar o han participado en programas, talleres o capacitaciones sobre el tema.

EN LAS ZONAS RURALES – Alcance y ámbito

El Estado, dentro del marco de la lucha contra toda forma de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, establece en las zonas rurales del país, las medidas necesarias que implementen acciones de PREVENCIÓN, protección, atención, sanción y recuperación.


PREVENCIÓN Y ATENCIÓN – Lineamientos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables tiene a su cargo la implementación de políticas, programas y acciones de PREVENCIÓN y atención de todas las modalidades de violencia hacia las mujeres e integrantes del grupo familiar; incluyendo el PROGRAMA DE PREVENCIÓN DIRIGIDO A VARONES y personas agresoras. La implementación de los programas y acciones de atención es coordinada y articulada con gobiernos locales y regionales.

Lineamientos del Ministerio de Salud

El Ministerio de Salud aprueba lineamientos de política en salud pública para la PREVENCIÓN, atención y recuperación INTEGRAL DE LAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA, así como la atención relacionada con el tratamiento y rehabilitación de personas agresoras.

El Ministerio de Salud cuenta con lineamientos para el abordaje de la violencia familiar y el maltrato infantil en los diferentes niveles de atención del Sector Salud, contribuyendo a la PREVENCIÓN Y RECUPERACIÓN DE LA SALUD DE LAS PERSONAS en situación de violencia familiar y maltrato infantil. Asimismo, articula sus servicios al Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar”.


Lineamientos del Ministerio de Educación para la PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA LA VIOLENCIA

El Ministerio de Educación elabora una ruta para la intervención y derivación de situaciones de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar detectada en las instituciones educativas,

Instituciones involucradas en los servicios de reeducación

El Ministerio de Salud aprueba lineamientos de POLÍTICA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN y atención relacionada con el tratamiento y rehabilitación de personas agresoras. Los gobiernos regionales tienen la responsabilidad de implementar dichos servicios y programas.


LA PREVENCIÓN, SANCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES E INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR – DEL SISTEMA NACIONAL – Definición

El Sistema Nacional para la PREVENCIÓN, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del grupo familiar, es un sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en materia de PREVENCIÓN, atención, protección y reparación de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, con el fin de garantizar el derecho a una vida libre de violencia y de discriminación.

Objetivos del sistema

Hacer seguimiento y monitoreo de las políticas, planes, programas y acciones multisectoriales orientadas a la PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA contra las mujeres e integrantes del grupo familiar.

Promover, coordinar y articular la participación de las diferentes instituciones públicas, sociedad civil organizada, sector privado y medios de comunicación a fin de garantizar la PREVENCIÓN, sanción y erradicación DE LA VIOLENCIA contra las mujeres e integrantes del grupo familiar.


Principios aplicables

Son principios que rigen el Sistema Nacional, los siguientes:

a.Especialización.-Brindar atención diferenciada y especializada de acuerdo a las necesidades y circunstancias específicas de las mujeres e integrantes del grupo familiar o de riesgo, como es el caso de niñas, niños, adolescentes, personas adultos mayores y personas con discapacidad.

b.Intersectorialidad.-Desarrollar acciones de coordinación, cooperación y apoyo mutuo, en forma continua, articulando entre las instituciones del Estado y en los tres niveles de gobierno, que conforman el Sistema Nacional para la PREVENCIÓN, Atención y Erradicación de la Violencia hacia las Mujeres e Integrantes del grupo familiar.

c.Participación ciudadana.-Responsabilidad integral de la sociedad civil, incluidos entre otros, el sector empresarial, asociaciones no gubernamentales, organizaciones sociales, y medios de comunicación, en la PREVENCIÓN y atención de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar.


Funciones de la Instancia Regional de Concertación

1.Proponer en los instrumentos de gestión y en particular en el Plan de Desarrollo Concertado (PDC), en el Plan Operativo Institucional (POI) y en el Presupuesto Participativo (PP); metas, indicadores, y acciones que respondan a la problemática de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar.

2.Promover la adopción de políticas, planes, programas, acciones y presupuestos específicos para la PREVENCIÓN, atención, protección y recuperación de las víctimas; y sanción y rehabilitación de las personas agresoras, dando cumplimiento a la Ley.

Funciones de la Instancia Provincial de Concertación

1.Proponer en los instrumentos de gestión y en particular en el Plan de Desarrollo Concertado (PDC), en el Plan Operativo Institucional (POI) y en el Presupuesto Participativo (PP); metas, indicadores, y acciones que respondan a la problemática de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar.

2.Promover la adopción de políticas, planes, programas, acciones y presupuestos específicos para la PREVENCIÓN, atención, protección y recuperación de las víctimas; y sanción y rehabilitación de las personas agresoras, dando cumplimiento a la Ley.

Funciones de la Instancia Distrital de Concertación

1.Proponer en los instrumentos de gestión y en particular en el Plan de Desarrollo Concertado (PDC), en el Plan Operativo Institucional (POI), y en el Presupuesto Participativo (PP); metas, indicadores, y acciones que respondan a la problemática de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar.

2.Promover la adopción de políticas, planes, programas, acciones y presupuestos específicos para la PREVENCIÓN, atención, protección y recuperación de las víctimas; y sanción y rehabilitación de las personas agresoras, dando cumplimiento a la Ley


INSTRUMENTOS Y MECANISMOS DEL SISTEMA – Ámbitos de actuación

Ámbito de la PREVENCIÓN, que incluye la acción intersectorial e intergubernamental dirigida a promover en la ciudadanía el cambio de patrones socioculturales que reproducen relaciones desiguales y exacerban la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar.

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