PREÁMBULO
AFIRMANDO
*Que los crímenes más graves de trascendencia
*Para la comunidad internacional en su conjunto
*No deben quedar sin castigo y que, a tal fin,
*Hay que adoptar medidas en el plano nacional
*E intensificar la cooperación internacional
*Para asegurar que sean efectivamente sometidos a la acción de la justicia,
DECIDIDOS
*A poner fin a la impunidad de los autores de esos crímenes y
*A contribuir así a la PREVENCIÓN de nuevos crímenes,
RESPONSABILIDAD DE LOS JEFES Y OTROS SUPERIORES
-Además de otras causales de responsabilidad penal
-de conformidad con el presente Estatuto por crímenes de la competencia de la Corte:
a) El jefe militar o el que actúe efectivamente como jefe militar
-será penalmente responsable por los crímenes de la competencia de la Corte
-que hubieren sido cometidos por fuerzas bajo su mando y control efectivo,
-o su autoridad y control efectivo,
-según sea el caso,
-en razón de no haber ejercido un control apropiado
-sobre esas fuerzas cuando:
*No hubiere adoptado todas las medidas necesarias y razonables a su alcance
*para PREVENIR o reprimir su comisión o
*para poner el asunto en conocimiento de las autoridades competentes
*a los efectos de su investigación y enjuiciamiento.
b) En lo que respecta a las relaciones entre superior y subordinado -distintas de las señaladas en el apartado a),
-el superior será penalmente responsable por los crímenes de la competencia de la Corte
-que hubieren sido cometidos por subordinados bajo su autoridad y control efectivo,
-en razón de no haber ejercido un control apropiado sobre esos subordinados, cuando:
-No hubiere adoptado todas las medidas necesarias y razonables a su alcance
*para PREVENIR o reprimir su comisión o
*para poner el asunto en conocimiento de las autoridades competentes
*a los efectos de su investigación y enjuiciamiento.