Se previene la vulneración de nuestros derechos protegidos por la constitución ante las acciones no autorizadas por la ley, como respuesta a la intromisión antijurídica.
La defensa busca repeler la agresión ilegitima que deber ser real, actual, grave seria, eminente que ponga en riesgo, de igual forma la defensa debe buscar impedir el ataque; el que portando un arma es víctima de un robo del cual el agresor porta un cuchillo, para defenderse cabria la pregunta tuvo otras alternativas menos dañosas antes de usar el arma para impedir el asalto, tenía un palo por ejemplo a la mano para defenderse y si portando el arma estaba en la capacidad racional de disparar al aire o al suelo o ultimo caso disparar para herir antes de hacerlo a quema ropa con la posibilidad latente de una muerte; por lo cual la provocación, el estimulo debe ser suficiente.

El código penal en su art 20.3, señala el que obra en defensa de bienes jurídicos (derecho garantizado o tutelado) propios o de terceros, siempre que concurran las circunstancias siguientes:

a) Agresión ilegítima

b) Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla.
-Se excluye para la valoración de este requisito el criterio de proporcionalidad de medios (si me atacan con cuchillo, la defensa con cuchillo; eso ya no se aplica)

-Considerándose en su lugar, entre otras circunstancias:
*La intensidad y peligrosidad de la agresión,
*La forma de proceder del agresor y
*Los medios de que se disponga para la defensa.

c) Falta de provocación suficiente de quien hace la defensa

Se debe tomar en cuenta lo siguiente:
Reglamento para la obtención de Licencia de Posesión y Uso de Armas de Fuego de Uso Civil. D.S. Nº 015-2002-IN.- (11/11/2002)

Artículo 12°.- DE LOS REQUISITOS PARA LA OBTENCION DE LICENCIA DE POSESION Y USO MANCOMUNADO DE ARMAS DE FUEGO PARA DEFENSA PERSONAL, CAZA O DEPORTE DE TIRO, POR EL CONYUGE, HIJOS Y PADRES DEL TITULAR DE LA LICENCIA DEL ARMA.
Para la obtención de licencia de posesión y uso mancomunado de armas de fuego para defensa personal por el cónyuge, hijos y padres del titular de la licencia siempre que residan en el mismo domicilio:
*Se debe presentar:
a. Solicitud en formulario impreso.
b. Copia del Documento Nacional de Identidad o de la Libreta Electoral o Carné de Extranjería vigentes.
c. Certificado de Antecedentes Penales.
d. Certificado de Antecedentes Judiciales.
e. Certificado de Antecedentes Policiales
f. Declaración jurada de residir en el mismo domicilio del titular de la licencia.
g. Certificado de Salud Mental expedido por establecimientos de salud públicos o privados autorizados por el Ministerio de Salud y registrados por la DICSCAMEC.
h. Carta del titular del arma autorizando el uso mancomunado de la misma, adjuntando copia del Documento Nacional de Identidad, Libreta Electoral o Carné de Extranjería vigente y licencia vigente de posesión y uso del arma.
i. Recibo de pago en el Banco de la Nación

*Aprobar los exámenes de manejo de arma y tiro.

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