Mediante RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 015-2007-DP se emitió los siguientes considerandos:

Considerando Segundo.- La inseguridad ciudadana como problema a enfrentar
-La extendida sensación de inseguridad y, la percepción de la ineficacia del Estado en lo que respecta a
*PREVENCIÓN y
*Represión de los delitos y
*Faltas,
*Constituyen factores que, entre otros, exigen políticas efectivas de seguridad para la población peruana.

Considerando Cuarto.- La Justicia de Paz Letrada en comisarías.
-La Justicia de Paz Letrada en comisarías en tanto componente del sistema penal,
*No sólo debe constituir un instrumento de tutela judicial de las víctimas y de los denunciados por faltas, sino, asimismo,
*Un instrumento de PREVENCIÓN EFICAZ de la delincuencia menor que
*Contribuya al mejoramiento de la situación de la seguridad ciudadana en el país.

Considerando Decimotercero.- Condiciones de la Justicia de Paz Letrada en comisarías
Los procesos que concluyeron con algún tipo de sentencia son pocos: en concreto,

-167 de un total de 1,720 expedientes revisados.
-Sólo el 10.3% de los casos recibió una sentencia condenatoria,
-Mientras que el 7.1% culminó con sentencia absolutoria y
-El 1.7% de los casos terminó con una sentencia con reserva del fallo condenatorio.
-En el caso de las sentencias condenatorias, su porcentaje resulta pequeño de cara al EFECTO PREVENTIVO DE LA PENA.

*En efecto, según el Informe Defensorial cabe recordar que la FUERZA PREVENTIVA E INTIMIDATORIA DE UNA PENA
*No estriba sólo en su presencia conminatoria en una norma penal,
*sino sobre todo en su imposición efectiva,
*pues este acto refuerza el mensaje conminativo de la norma penal en el sentido de que si no se cumple con su mandato (no lesionar, no hurtar) las posibilidades de que le sea aplicable una pena son elevadas.

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