Se oficializó retiro de S/ 2,000 de las AFP para los no aportaron hace seis meses
El Ejecutivo publicó hoy día en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto de Urgencia N° 034-2020 que autoriza de manera extraordinaria el retiro parcial de los fondos de las AFP, en el marco del Estado de Emergencia vigente en nuestro país.
La citada norma dispone que los afiliados al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP), pueden realizar, por única vez, el retiro extraordinario de hasta S/ 2 000,00 (DOS MIL Y 00/100 SOLES) de su Cuenta Individual de Capitalización (CIC), siempre que, hasta el 31 de marzo de 2020, no cuenten con acreditación de aportes previsionales obligatorios a la referida cuenta, por al menos seis (06) meses consecutivos.
En ese sentido, los afiliados al SPP que cumplan con el referido requisito pueden presentar su solicitud, ante su Administradora Privada de Fondos de Pensiones (AFP), de manera remota o utilizando para ello los canales establecidos por cada AFP. Asimismo, las AFP deben cumplir con poner a disposición el pago del monto señalado en el mes de abril.
En caso la cuenta tenga un monto menor a S/ 2 000,00 (DOS MIL Y 00/100 SOLES), la AFP debe poner a disposición del afiliado, el íntegro de dicha cuenta, en el mes de abril.
Cabe precisar que se ha modificado la propuesta inicial de retiro de los fondos de las AFP que ahora abarcará a personas que no hayan aportado en los últimos seis meses, en lugar de 12 meses como había adelantado la titular del MEF.
El plazo de vigencia del decreto de urgencia es hasta el 31 de diciembre de 2020.