Archivo por meses: enero 2011

17/01/11: El PJ abre proceso por caso Comunicore

Dictan comparecencia restringida contra 15 inculpados en el millonario pago edil . Castañeda fue excluido.
GESTION

La jueza Nelly Aranda abrió proceso penal bajo comparecencia restringida a 15 inculpados por el extraño pago de 35.9 millones de soles que la Municipalidad de Lima realizó a la empresa Comunicore durante la gestión de Luis Castañeda .

Según informa Perú21.pe, además se dispuso el levantamiento del secreto bancario de los procesados y el embargo preventivo de sus bienes, así como el pago de una caución (garantía judicial) que oscila entre 10,000 y 20,000 soles a cada uno.

Los procesados son Ángel Alfonso Pérez Rodas, Juan Gilberto Blest García, Carlos Manuel Chávez Málaga, Carlos Manuel Asmat Cyer, Ulises Rodolfo Merino Rojas. A ellos se les imputa la condición de coautores del delito de colusión desleal en agravio de la comuna limeña.

Asimismo, se investigará a Odilón Gaspar Amado Junior, Miguel Ángel Garro Barrera, Guillermo Alfonso Palacios Dodero, Rafael Santiago Ruiz Contreras y Henry Fernando Brachowicz Vela, como presuntos cómplices primarios del delito de colusión desleal.

Mientras que Sergio Guerra Castilllo, Daniel Julián Arias Donayre, José Luis Pinillos Broggi, Joule Handi Vila Vila y Gonzalo Arturo Noya Mesones serán procesados como presuntos cómplices secundarios del delito de colusión desleal en agravio de la Municipalidad de Lima.

Por último, Blest García y Merino Rojas afrontarán proceso por el delito de malversación de fondos, mientras que a Vila Vila también por el delito de falsificación de documentos públicos en agravio de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp).

Sobre el caso de Castañeda, la jueza indicó que la Fiscalía no aportó pruebas suficientes para incluirlo en el proceso. El ex burgomaestre capitalino había sido denunciado por la Fiscalía por los delitos de colusión desleal y malversación de fondos.

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15/01/11: Presidente del TC admite vacío que favorecería a empresario

Expreso

La Constitución no contempla la posibilidad de que se revoque un indulto presidencial.
Aun cuando no lo dijo expresamente, el presidente del Tribunal Constitucional, Carlos Mesía Ramírez, reconoció ayer la existencia de un vacío legal en la Constitución Política porque no contempla la revocatoria de un indulto presidencial, tal como es el caso de José Enrique Crousillat López Torres.

El tema del ex broadcaster ha cobrado vigencia precisamente por esos motivos, luego de que fuera recapturado el lunes último en la vivienda alquilada por una tercera persona, en la cuadra catorce de la avenida La Paz, en Miraflores.

Mesía Ramírez anunció que el veredicto del TC, en torno al hábeas corpus de Crousillat presentado contra la revocatoria de su indulto otorgado en el 2009 por el presidente Alan García, “se ajustará a los principios generales del derecho”.

Adelantó que el pronunciamiento deberá ser emitido en unos quince días, aun cuando los miembros del TC deberán conocer exactamente el estado de salud del empresario.

En buena cuenta, Mesía Ramírez indicó que la Constitución no contempla la revocatoria de cualquier indulto presidencial, situación que el pronunciamiento de los magistrados del TC

sobre el particular podría sentar un precedente jurídico para otros casos similares.
Hace unos días, Crousillat fue sometido a un examen cardiológico por médicos del Hospital Hipólito Unanue, cuyos resultados, según el pedido de la defensa del empresario, deberían ser de conocimiento de los integrantes del TC para que conozcan la verdadera condición física del empresario.

El dato
Crousillat fue condenado anteriormente a 8 años de cárcel por haber recibido dinero por parte de Vladimiro Montesinos, a cambio de la línea editorial de América Televisión.

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15/01/11: MTPE: el empleo crecería un 7% este año

GESTION

El estimado se realiza luego de conocer el resultado de noviembre, mes en el que se registró un avance del 5.4%, precisó el Ministerio de Trabajo.

El empleo formal en empresas de diez a más trabajadores se habría incrementado en 5% en el 2010, previéndose un incremento de 7% para este año, afirmó el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

El viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, Javier Barreda, indicó que estos estimados se realizan luego de conocer el resultado de noviembre, mes en el que el empleo creció 5.4%.

Asimismo, adelantó que el empleo habría crecido entre 5.6 y 5.8% en diciembre por las fiestas navideñas y de fin de año, luego de crecer 5.1 en agoto, 5.2% en setiembre y 5.4% en octubre.

Recordó que en el 2009 el empleo creció 3%, luego del estallido de la crisis global, y en el 2008 lo hizo en siete por ciento.

Dijo que según la Encuesta Permanente de Empleo de Lima Metropolitana del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), los ingresos totales de los trabajadores con educación técnica no universitaria se incrementaron en 9.5% en los últimos 12 meses (diciembre 2009 – noviembre 2010).

Asimismo, indicó que en el caso de los trabajadores que poseen educación universitaria se registró un leve descenso de 2.1% en similar lapso de tiempo. “El sector moderno está pagando mejor a los técnicos que tienen habilidades laborales mucho más funcionales al crecimiento de la economía, mientras que los universitarios demoran en incorporarse al ámbito laboral”, explicó.

Así, el viceministro mencionó que están creciendo muchísimo más los ingresos del sector técnico que de los universitarios.

Señaló que la población ocupada con educación no universitaria ascendió a 772 mil personas en el trimestre móvil setiembre – octubre – noviembre 2010, 6.2% más respecto al mismo trimestre móvil del año anterior; en tanto, la ocupación entre los universitarios se redujo en 3.6%.

Esta caída se explicaría por el contexto de post crisis que atraviesa la economía peruana, que incentiva en una primera etapa la contratación de técnicos entre las empresas y luego requiere profesionales universitarios, precisó.

En ese sentido, Barreda enfatizó la importancia de fortalecer la educación universitaria a fin de que brinde los requerimientos de la actual demanda del mercado de trabajo y hacerla más competitiva al mercado global.

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15/01/11: Poder Judicial dice que evitará más abusos de las medidas cautelares

ANUNCIAN DIRECTIVAS PARA QUE LOS JUECES NO AFECTEN LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN
El Comercio

Crean comisión para dar normas contra el mal uso de estas acciones
El Poder Judicial le pondrá candado a las medidas cautelares emitidas contra el desarrollo de las inversiones y los proyectos de desarrollo nacional.

César San Martín, presidente del Poder Judicial, afirmó que en breve se emitirán indicaciones a los jueces de todo el país para evitar la proliferación y abuso de las medidas cautelares. Este fue uno de los acuerdos adoptados durante una reunión de la Comisión de Alto Nivel

Anticorrupción (CAN), a la que además de San Martín asistieron el presidente del Tribunal Constitucional (TC), Carlos Mesía, y la ministra de Justicia, Rosario Fernández.

En dicha reunión también estuvieron el presidente del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), Edmundo Peláez, y el presidente de la Confederación de Instituciones Empresariales Privadas (Confiep), Ricardo Briceño, entre otras personalidades.
PUNTOS

San Martín afirmó que se enviarán mensajes precisos a todos los jueces del país sobre este tema. “Respetando la independencia de los jueces, voy a cursar una directiva para fijar algunos puntos que me parecen centrales, pues no se van a permitir este tipo de conductas”, subrayó.

Este Diario solicitó al Poder Judicial el detalle de los puntos que San Martín fijará en torno a las medidas cautelares. Sin embargo, los voceros de dicho poder del Estado prefirieron no hacer comentarios al respecto.

CASOS
Además, San Martín refirió que, en coordinación con su despacho, la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) está interviniendo con celeridad en los casos de los magistrados de Tacna, Sechura, Espinar y Lima, cuyas resoluciones han generado diversos cuestionamientos.

Sobre ello, aseguró que, de ser el caso, el Poder Judicial impondrá o solicitará las sanciones pertinentes contra estos jueces en proporción al daño que han generado con sus fallos.
A su turno, el presidente del CNM, Edmundo Peláez, dio cuenta de la resolución de no ratificación del juez de la provincia de Espinar (Cusco) que dispuso paralizar el proyecto Majes-Siguas II.

GRUPO DE TRABAJO
En tanto, el presidente de la Confiep, Ricardo Briceño, afirmó que, además de las directivas definidas por el Poder Judicial, se acordó formar un grupo de trabajo para elaborar iniciativas legislativas o administrativas que eviten la proliferación y mal uso de las medidas cautelares o de amparo.

“Se está generando la mala práctica de frenar inversiones recurriendo a medidas cautelares en lugar de llegar a acuerdos mediante las vías institucionales”, dijo el líder empresarial.
La propuesta de esta comisión será entregada el próximo 28 de enero, fecha en que se realizará la siguiente reunión de la CAN.

“El Poder Judicial no puede convertirse en una traba para las inversiones y así lo han entendido su presidente y los miembros de la CAN”, concluyó Briceño.

EN PUNTOS
Entre los casos ocurridos en los últimos meses destacan las medidas cautelares dadas en Tacna, que ampararon la importación de autos usados, y las de Sechura donde se lograron permisos de pesca por esta vía.

En Espinar se paralizó el proyecto Majes-Siguas II y en Lima, DP World logró una medida cautelar para participar en la licitación por el Muelle Norte del Callao.

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12/01/11: El camino al éxito no es solo cuesta arriba

LAS FALACIAS QUE PUEDEN FRUSTRAR UNA PROMETEDORA CARRERA
MONIKA HAMORI. PROFESORA DE RECURSOS HUMANOS EN IE BUSINESS SCHOOL EN MADRID
El Comercio

Ascender en la jerarquía de una empresa solía ser la recompensa por la lealtad. Pero en los años 80, a medida que las firmas eliminaban capas de gestión, los ascensos se volvieron más escasos y espaciados en el tiempo. Para subir, los ejecutivos empezaron a ir de una empresa a otra. Una encuesta del 2009 realizada por la red profesional ExecuNet reveló que los ejecutivos hoy permanecen en una organización durante un promedio de apenas 3,3 años antes de irse a otra firma. Los cambios de empresa duplican el número de cambios dentro de la compañía.

Pero, ¿acaso es verdad que los cambios frecuentes de empleadores ofrecen una vía rápida para los puestos altos? De acuerdo con mi investigación, la respuesta es no. De hecho, esa es una de las cuatro falacias sobre la carrera profesional que identifiqué en un estudio sobre cómo avanzan los ejecutivos. Comprender la realidad detrás de los cambios de trabajo le ayuda a los ejecutivos a planificar su futuro.


DE SALTO EN SALTO
La primera falacia es la idea de que se asciende más rápido al cambiar sucesivamente de empresa. Esta es reforzada por los consejeros de carrera, pero los datos muestran que los ejecutivos ‘errantes’ no suben más rápido que los que se quedan en una firma.

Mi análisis de las trayectorias profesionales de 1.001 presidentes ejecutivos [CEO] que dirigen grandes corporaciones en Europa y EE.UU. revela que estas personas, en promedio, han trabajado solo para tres empleadores en toda su carrera.
Y si bien el trabajo de por vida es cada vez menos común, un cuarto de los presidentes ejecutivos que estudié hizo toda su carrera en la misma firma. En general, mientras más tiempo pasaba una persona en una compañía, más rápido ascendía hacia la cima.

Los presidentes ejecutivos son un grupo especial, así que también estudié los cambios de trabajo de 14.000 personas que no tienen ese cargo y, nuevamente, los movimientos internos generaron un porcentaje mayor y un ritmo más rápido de ascensos.

Una posible razón de que les vaya mejor a los candidatos internos es que las empresas saben más sobre ellos; ascender a alguien de la firma es menos arriesgado que contratar a alguien de fuera, sin importar lo nutrido de su currículum ni las buenas referencias que tenga.

Los consultores en búsqueda también tienden a interpretar los frecuentes cambios de trabajo como una señal de mala toma de decisiones, mientras que estar mucho tiempo en una organización rara vez es percibido como carecer de perspectivas futuras.

Un reclutador de una firma de búsqueda en el sector financiero lo expresó de esta manera: “Nos gustan las personas que han pasado por dos o tres empresas. Y ahí empezamos a detectar los patrones: idealmente, 10 años con un empleador, dos o tres con el siguiente, pero después queremos ver que estuvo ocho años en el tercer empleo”. Muchas firmas de búsqueda quieren encontrar evidencia de que el ejecutivo es capaz de integrarse y es recompensado por las personas para las que trabaja.

NO SOLO HACIA ARRIBA
La segunda falacia es que el salto siempre debe ser ascendente. Un cambio de trabajo, sea este dentro o fuera de la empresa, no significa necesariamente un ascenso, a pesar de la percepción de que las carreras generalmente siguen esa dirección. En realidad, muchos cambios son de tipo lateral, incluso entre los ejecutivos relativamente exitosos.
En mi estudio, los cambios ascendentes satisfacían al menos uno de estos dos criterios: resultaron en un cargo más alto y más responsabilidad o llevaron al ejecutivo a una firma más grande. Estos cambios representaron el 40% del total de los datos.

Los cambios laterales –de división, lugar geográfico o sector– fueron igual de frecuentes. Y el 20% de las variaciones de trabajo fue descendente: un cargo más bajo o con menos responsabilidades, o un cambio lateral a una empresa más pequeña.

Descubrí que los grandes ascensos (es decir, saltos considerables en el cargo y en el tamaño del empleador) eran relativamente poco comunes: menos de 5%.

Si bien los cambios descendentes en general menoscaban los currículums, un cambio lateral de ninguna manera va a matar una carrera. De hecho puede resultar beneficioso en el largo plazo. Por ejemplo, un cambio lateral puede justificarse por la posibilidad de un ascenso en el futuro cercano.

Los cambios laterales a menudo mejoran un currículum cuando la empresa a la que se llega entrega valor de marca. Una variación lateral hacia otro sector también puede profundizar y ampliar su competencia.

Es importante notar que los saltos rápidos hacia arriba no aseguran un éxito en el largo plazo; a menudo lo que sí funciona es una mixtura de movimientos ascendentes y laterales.

Muchas firmas comparten la creencia de que una sólida mirada generalista del negocio (incluyendo conocimientos de finanzas, márketing y gestión de personas) es el factor determinante para llegar a los puestos ejecutivos más altos. Por eso, valoran a los empleados que cambian entre los cargos de gestión funcional y los de gestión general.

Es cierto que quienes se quedan en una sola función avanzarán más rápido al comienzo de sus carreras, pero pronto tocarán techo a causa de un exceso de especialización.

De otro lado, es fácil sentirse atraído por un cargo más alto, por tener más subordinados directos u otras tentaciones, pero cada vez que se cambia de trabajo se debe pensar siempre cuál será el movimiento siguiente y en qué medida el presente cambio ayudará o socavará nuestra capacidad de lograr las metas de largo plazo.

SOLO LOS GRANDES
La tercera falacia es que los peces grandes nadan en estanques grandes. Las empresas renombradas como Goldman Sachs y Morgan Stanley a menudo parece que ‘intercambiaran’ profesionales. Tienen culturas similares, por lo que la gente cree que están reclutando de su grupo de pares para obtener empleados de alta calidad. También buscan habilidades valiosas adquiridas en esas firmas.

Pero los datos muestran que cuando los ejecutivos dejan compañías muy conocidas suele ser para llegar a otra más pequeña y menos renombrada. En mis datos, 64% de los ejecutivos que dejaron una empresa admirada –medida por su presencia en la lista de las firmas más admiradas de “Fortune” u otras similares– se fue a otra que no estaba en la lista.

Los que se van a una compañía menos conocida o menos admirada a menudo ganan en términos de cargo o posición. En otras palabras, aprovechan el valor de marca del ex empleador. Por el otro lado, quienes se van a organizaciones con mayor reputación parecen más dispuestos a tener un cargo más bajo; es decir, a pagar el precio de adquirir valor de marca.

Si hay una lección que aprender es que uno debería irse a una firma menor solo si la oportunidad de carrera es muy atractiva, más allá del salto en el cargo y en el sueldo; si no, puede limitar sus posibilidades a futuro.

SIN MIEDO AL CAMBIO
Otra idea equivocada es que quienes cambian de carrera y sector son castigados. Aunque comúnmente se crea que emigrar de sector o de carrera (un cambio de función, por ejemplo) es un retroceso, quienes se cambian no ascienden menos que quienes se quedan en un solo campo o se especializan. Cambiarse a un área nueva es más o menos común: 29% de los cambios lleva a las personas a un nuevo sector y otro 23% a otros segmentos del mismo sector .

¿Por qué una empresa contrataría a alguien de otro sector? En algunos casos, simplemente porque otra industria ofrece capital humano de mejor calidad. Un consultor de una firma de búsqueda especializada en los sectores de hotelería, juegos y restaurantes dice que el 40% de su trabajo consiste en reclutar gente de otros sectores. “Busco empresas que siempre produzcan alta calidad. Si un cliente quiere a alguien con las habilidades clásicas de márketing, voy a Procter & Gamble. Si quiero una trayectoria de generación agresiva de utilidades, voy a PepsiCo”.

Lo que se debe hacer es buscar estratégicamente los sectores en los que nuestras capacidades sean un activo real. Algunos especialistas son muy difíciles de encontrar y quienes los buscan están dispuestos a pagar un sobreprecio. Por ejemplo, un ex piloto naval entró a trabajar como analista financiero en Sun Trust, con un sueldo 50% más alto (pese a su inexperiencia en el sector) porque la empresa buscaba conocimiento en el sector de defensa. Tres años después dirigía el departamento.

En líneas generales, hay que tener en cuenta que cada carrera es única y un cambio que puede ser el indicado para una persona puede ser desastroso para otra, incluso si tienen currículum y objetivos profesionales similares.

Más allá de estas falacias, puede ser el caso de que cambiar repetidamente de trabajo sea la forma más rápida de llegar a la cima. Lo importante es examinar cada cambio con una mirada crítica, dejando de lado la sabiduría convencional y los supuestos de otras personas para elegir la opción que calce mejor con las ambiciones de cada uno.

El valor de laborar para una gran empresa
Una recomendación importante es que los ejecutivos deben hacer todo lo posible para unirse a empresas bien consideradas cuanto antes en su carrera. La razón es que los futuros empleadores y las firmas de búsqueda de ejecutivos tienden a equiparar los nombres de las compañías con el conocimiento y las capacidades de sus empleados.

Un consultor de una gran multinacional dijo que se puede saber cuáles son las competencias de un ejecutivo experimentado con solo mirar dónde ha trabajado. Un ‘head hunter’ de una firma boutique más pequeña señaló que si sabes que una persona está en tal o cual empresa, ya has dado un paso en la dirección co-rrecta para calificarla.

En líneas generales, solo es recomendable irse a una firma menor si la oportunidad de carrera es muy atractiva en el mediano y largo plazo, más allá del salto inmediato en el cargo y en el sueldo; si no, uno puede limitar sus posibilidades de crecer a futuro.

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11/01/11: TC precisa derecho de los menores

Precedente. Ante el ejercicio de la autoridad cuando los padres se encuentren separados
Consagra el disfrute mutuo de la convivencia entre padres e hijos
Impedírselo sin justificación podría entorpecer crecimiento

EL PERUANO

El disfrute mutuo de la convivencia entre padres e hijos constituye una manifestación del derecho del niño a tener una familia y a no ser separado de ella. Por eso, aun cuando los padres estén separados, la autoridad que se les reconozca a ellos, no implicará que esta pueda ejercer un control arbitrario sobre el menor, que pudiera generar un daño para su bienestar, desarrollo, estabilidad, integridad y salud.

En tal sentido, el niño necesita para su crecimiento y bienestar del afecto de sus familiares, especialmente de sus padres, por lo que impedírselo o negárselo sin que existan razones determinantes en función del interés superior de aquel, entorpece su crecimiento y puede suprimirle los lazos afectivos necesarios para su tranquilidad y desarrollo integral, así como generar la violación de su derecho a tener una familia.

Así lo afirmó el Tribunal Constitucional (TC) al declarar fundada la demanda de hábeas corpus Nº 02892-2010-PHC/TC, interpuesta por la madre del menor con iniciales L.F.H., contra el padre del niño sobre la tenencia que le corresponde a ella; ordenando entregue de manera inmediata, al menor a su madre, bajo apercibimiento de aplicarse las medidas coercitivas del Código Procesal Constitucional y ser denunciado por resistencia a la autoridad.

Para el Colegiado, se trata de un derecho reconocido en la Convención sobre los Derechos del Niño y en el Código de los Niños y Adolescentes. El primero, refiere que “el niño para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, debe crecer en el seno de la familia, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión”, añade también que “los Estados Partes velarán porque el niño no sea separado de sus padres contra la voluntad de estos”. El segundo, remarca que “el niño y el adolescente tienen derecho a vivir, crecer y desarrollarse en el seno de su familia”.

El TC añade que la eficacia de este derecho pone de relieve la importancia de las relaciones parentales, toda vez que los padres son los primeros en dar protección y amor a sus hijos, así como en satisfacer sus derechos. Por ello, no puede impedirle ni restringirle su derecho a mantener de modo regular relaciones personales y contacto directo con el padre separado.

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10/01/11: Mejoran procedimiento de embargo

SUNAT. A TRAVÉS DE LAS COMPAÑÍAS OPERADORAS DE VISA, MASTERCARD, AMERICAN EXPRESS Y DINERS CLUB PERU

El Peruano
Medida se aplicará a empresas afiliadas a estos medios de pago
En ningún caso se afectará a los usuarios de las tarjetas de crédito

El nuevo procedimiento de embargo de deudas tributarias por medios telemáticos, que empezará a regir a partir de febrero, con la colaboración de las compañías operadoras de tarjetas de crédito y/o de débito, solo podrá afectar a las empresas afiliadas a estos medios de pago y en ningún caso se aplicará a los usuarios de las tarjetas de crédito.

Así lo precisó un vocero de la Sunat, quien dijo que esta medida dará cumplimiento a la RS Nº 344-2010-Sunat. Están consideradas como Empresas Operadoras de Tarjetas de Crédito y/o Débito: Compañía Peruana de Medios de Pago S.A.C. (vinculada a Visa), Procesos MC Perú (vinculada a MasterCard) Cía. de Servicios Conexos Expressnet S.A.C. (vinculada a American Express) y Diners Club Perú S.A.

Desde 1992, el ente fiscal está facultado a realizar medidas de embargo, siendo una de ellas, la retención que se efectúa al deudor a través de las empresas del sistema financiero. Luego, cuatro años después, se amplió está capacidad para incluir a empresas que no pertenecen al sistema financiero, como manufactureras, industriales, comerciales, así como las Empresas Operadoras de Tarjetas de Crédito y/o Débito.

En los últimos años, las notificaciones de las medidas de embargo se han realizado a través documentos físicos y se han cumplido con entregar los importes retenidos mediante cheques de gerencia. Pero, desde febrero próximo, el ente fiscal confía en mejorar sus estrategias de cobranza mediante la puesta en vigencia de la RS N° 344-2010/SUNAT, que elimina los tiempos de notificación por medios físicos, los gastos del servicio de mensajería y facilitará el control de las medidas de embargo.

La cobranza coactiva es la última instancia administrativa a que recurre la Sunat cuando un contribuyente no cumple con sus obligaciones fiscales. Así, dentro de dicho procedimiento se encuentra el embargo.

Notificación inmediata
El nuevo proceso de embargo de deudas tributarias por vía electrónica permitirá la notificación electrónica de las resoluciones de cobranza coactiva emitidas por Sunat de manera inmediata, y ya no por medios físicos. Además, la entrega de los importes retenidos, no será por cheques de gerencia, sino a través del Formulario Virtual Nº 1661, que inclusive permitirá la validación en línea del importe pendiente de pago, eliminándose la posibilidad de devolución de cheques como ocurre en la actualidad, que ante cualquier cambio del monto se debe anular el cheque y volver a gestionar uno nuevo.

Caso práctico
La Empresa “Friobar”, que tiene deuda tributaria pendiente de pago en cobranza coactiva, realiza una venta a su cliente “X”, quien cancela con su tarjeta de crédito, operación que es aprobada por la Empresa Operadora de Tarjeta de Crédito “Y”, entregándose luego el bien adquirido (comprado).

Por otro lado, el Ejecutor Coactivo de la Sunat ordena que se trabe una medida de embargo en forma de retención sobre los derechos de crédito del deudor tributario “Friobar” que está en posesión de la Empresa Operadora de Tarjeta Crédito “Y”.

En este caso, la Empresa Operadora de Tarjetas de Crédito “Y” retendrá el monto que debería de entregar a la empresa “Friobar” por las órdenes de pago o voucher que tuviera pendiente de cancelación, hasta por el importe ordenado por el Ejecutor Coactivo y lo entregará a la Sunat.

Importa precisar que, si el cliente “X” tuviera deuda tributaria pendiente de pago, la Sunat no le puede embargar con este tipo de operación, porque el beneficiario del pago del bien es la empresa “Friobar”, quien realizó la venta, a quien la Empresa Operadora de Tarjetas de Crédito debería efectuar la cancelación en su calidad de establecimiento afiliado, pero que por registrar una medida de embargo en forma de retención, procede a entregar el monto a la Sunat.

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05/01/11: TC reitera que el cobro de beneficios sociales no supone la aceptación del despido arbitrario

El Tribunal Constitucional mediante sentencia recaída en el Expediente N.° 02364-2010-PA/TC ha reiterado que el cobro de los beneficios sociales por parte del trabajador, no supone el consentimiento del despido arbitrario y, por ende, no debe considerarse como causal de improcedencia del amparo.

En efecto, considera que conforme a lo establecido en la STC N.º 03052-2009-PA/TC el cobro de los beneficios sociales como vacaciones truncas, gratificaciones truncas, remuneraciones devengadas, utilidades y otros que se adeuden el trabajador, no deben considerarse como una aceptación del accionar irregular del empleador; si no como el cobro directo de los beneficios pendientes de pago o adeudos laborales, que pertenecen al trabajador y que tienen naturaleza alimentaría. No son éstos pues, en estricto, cobros que se realizan como una forma de protección contra el despido arbitrario, sino conceptos que le corresponden al trabajador, y que simplemente no se habían cobrado en su debida oportunidad.

En el presente caso, no obstante lo caso lo sostenido por la demandada, se ha verificado que las actividades realizadas por el demandante no corresponden a las actividades propias de la Construcción Civil, por lo que habría existido simulación o fraude a las normas laborales para incluirlo en dicho régimen. En ese sentido, se ha determinado que sus labores son de naturaleza permanente y están enmarcadas en el régimen laboral de la actividad privada.

La demanda de amparo fue declarada fundada haberse acreditado la vulneración del derecho al trabajo y nulo el despido incausado del demandante.

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05/01/11: Despidos planificados en EEUU disminuyeron en el 2010

El total anual fue el menor desde 1997, según el reporte de la consultora Challenger, Gray & Christmas, Inc.
GESTION

NUEVA YORK.- El número de despidos planificados por las firmas estadounidenses cayó en diciembre a su nivel más bajo desde el año 2000, mientras que el total anual fue el menor desde 1997, dijo un reporte del miércoles.

Los empleadores anunciaron 32.004 recortes de empleos planeados el mes pasado, una caída del 34 por ciento desde noviembre y del 29 por ciento con respecto a igual periodo del año anterior, según el reporte de la consultora Challenger, Gray & Christmas , Inc.

Este fue el total mensual más bajo desde junio del 2000, cuando los empleadores redujeron su personal en 17,241 personas.
Los despidos del 2010 totalizaron 529,973, una disminución de un 59 por ciento con respecto al 2009. El total del 2010 fue el más bajo desde los 434,350 recortes de empleo de 1997.

“La fase de reducción de la recesión llegó realmente a su fin en el 2009. Los recortes de empleos cayeron de manera dramática en el segundo semestre del año”, comentó en un comunicado John Challenger, presidente ejecutivo de Challenger, Gray & Christmas.

“La fase de recorte de personal siguió frenándose en el 2010 a niveles que no veíamos desde antes de la recesión del 2001”, añadió.

El reporte se conoce dos días antes del informe oficial de empleo de Estados Unidos, en el que se espera una fuerte alza en las nóminas. El reporte debe conocerse a las 1230 GMT del viernes.

Se eliminaron menos empleos en casi todas las industrias relevantes en el 2010, mencionó el reporte. Los despidos en el sector automotor llegaron a 16,001, con una caída del 91 por ciento desde el año previo.

Los empleadores minoristas anunciaron 38,751 despidos en el 2010, una disminución de casi dos tercios.
El Gobierno y las sociedades sin fines de lucro, los sectores que más redujeron empleos en el año, experimentaron un declive de un 17 por ciento en los despidos con respecto al 2009, señaló el reporte.
Sin embargo, Challenger indicó que espera que el sector experimente dolorosos recortes en el 2011, debido a los déficits presupuestarios.

“El sector podría registrar un aumento en los despidos en el 2011, ya que las agencias locales y estatales, que tuvieron las mayores reducciones el año pasado, enfrentan el mismo panorama que las agencias federales en cuanto a las crecientes presiones de un Congreso decidido a recortar gastos”, expresó.

Los consultados en un sondeo de Reuters pronostican un aumento en las nóminas públicas y privadas de unos 140.000 puestos de trabajo en diciembre, frente a los 39,000 de noviembre.

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05/01/11: San Martín cambia a gerente general del Poder Judicial

Titular de la Corte Suprema también juramentó a tres jueces supremos provisionales
El Comercio

Como para que no quede la menor duda de que realmente impondrá un nuevo rumbo al Poder Judicial, el flamante titular de la Corte Suprema de Justicia, César San Martín Castro, dio por concluida la designación del ingeniero Hugo Suero Ludeña en la Gerencia General del Poder Judicial.

La medida fue adoptada ayer por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial presidido por San Martín. A través de una resolución administrativa se da las gracias a Suero por los servicios prestados y se encarga, momentáneamente, su cargo al abogado Jaime Gómez Valverde, actual gerente de personal y escalafón judicial, hasta que sea designado el nuevo gerente general.
Suero, cuya gestión despertó algunos cuestionamientos en los últimos años, estuvo en ese importante cargo de confianza desde abril del 2003. En las administraciones de Francisco Távara y Javier Villa Stein, se llegó a decir que sería cambiado, pero logró mantenerse inamovible hasta que llegó San Martín, quien ha prometido mejorar la imagen del Poder Judicial. El Consejo Ejecutivo ha encargado a San Martín presentar una propuesta para designar al nuevo gerente general.

JURAN JUECES PROVISIONALES
El titular del Poder Judicial tomó ayer juramento de ley a tres jueces supremos provisionales que formarán diferentes salas especializadas de la Corte Suprema durante el 2011. Ellos han sido promovidos de jueces superiores a supremos.
Uno de ellos es César Hinostroza Pariachi, quien integrará la Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria. Hasta el lunes dicho magistrado se desempeñó como presidente de la Corte de Justicia del Callao.

Los otros jueces son César Castañeda Serrano, quien conformará la Sala Civil Permanente, y Ana María Valcárcel Saldaña, quien despachará en la Sala Civil Transitoria.

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