EL NUEVO MODELO PROCESAL TIENE COMO FINALIDAD ESENCIAL REDUCIR LA DURACIÓN DE LOS PROCESOS LABORALES, QUE ACTUALMENTE DEMORAN ENTRE 4 Y 8 AÑOS, A UN PROMEDIO DE SEIS MESES.
Y es que una de las grandes innovaciones procesales que tiene esta norma es el cambio de un sistema procesal laboral escrito a un sistema procesal laboral oral. Según el artículo I del Título Preliminar se instituye el principio de oralidad como inspirador del proceso laboral, mientras que el artículo 12 establece la oralidad en los procesos por audiencia.
Asimismo, esta nueva Ley Procesal del Trabajo (LPT) instaura cinco tipos de procesos laborales: el proceso ordinario laboral, el abreviado laboral, el impugnatorio de laudos arbitrales económicos, el cautelar y el de ejecución.