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LEGITIMIDAD DE HEREDEROS EN SUCESIONES

Los herederos sí tienen legitimidad para demandar el pago de los intereses legales de un derecho que correspondió al causante porque después de su muerte a los legatarios les corresponde recibir los bienes, derechos y obligaciones que en vida le hubieran pertenecido.

La Corte Suprema estableció este criterio jurisprudencial mediante la sentencia recaída en la Casación N° 16826-2013-Huaura, que declara fundado dicho recurso interpuesto en el marco de un proceso especial de pago de intereses legales.

FUNDAMENTO

En el presente caso, dos herederas de un pensionista solicitaron que se les reconozca el pago de los intereses legales sobre los devengados que se generaron como consecuencia del reajuste de la pensión por jubilación de su padre difunto.

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